RAWSON, 30 MAY 2014 VISTO:
El Expediente N° 1202/14 - M.S.; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se gestiona el traslado de las personas que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, de los cargos que en cada caso se indica, ambos de Planta Permanente a Nivel Central del Ministerio de Salud, por aplicación del Artículo 19° del Decreto Ley IN°74;
Que de acuerdo a constancias obrantes en las presentes actuaciones la señora CURILLAN - GIORDANELLA, Matilde Haydee, registra al 31 de diciembre de 2013 en la Administración Pública Provincial una actividad de 8 años, 6 meses y 3 días y el señor DOMÍNGUEZ, Claudio Esteban, registra una actividad de 11 años, 1 mes y 19 días, la que corresponde tener en cuenta a los efectos del cumplimiento de los requisitos para el ingreso y encuadre en el escalafón;
Que asimismo se propone la reubicación de las personas que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y régimen horario que en cada caso se indica, Convenio Colectivo de Trabajo de Salud;
Que conforme surge de las presentes actuaciones, la señora CURILLAN -GIORDANELLA, Matilde Haydee, se encuentra actualmente cumpliendo funciones yen Nivel Central del Ministerio de Salud;
Que se cuenta con vacantes para las incorporaciones solicitadas;
Que asimismo se solicita la designación del señor DOMÍNGUEZ, Claudio Esteban, para desempeñarse a cargo de la Sección Provincial Registro y Archivo de Legislación dependiente de la Subsecretaría de Gestión Institucional de Nivel Central del Ministerio de Salud, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que corresponde abonar al señor DOMÍNGUEZ, Claudio Esteban, la diferencia salarial existente entre el cargo de Jefe de la Sección Provincial Registro y Archivo de Legislación dependiente de la Subsecretaría de Gestión Institucional de Nivel Central del Ministerio de Salud, subrogando la Jerarquía 6, Categoría 10 con 30 horas semanales de labor y su cargo de revista Agrupamiento C, Clase II, Grado IV, Categoría 7 con 30 horas semanales de labor, Convenio Colectivo de Trabajo de Salud, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que resulta necesario proceder a modificar la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 70 - Programa 01 - Conducción del Ministerio de Salud -Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Salud;
Que la Ley II N° 159 en su Artículo 12° Inciso 1 Apartado 1) Punto 5 faculta al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones en las Plantas de Personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no de un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 159;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha efectuado el control de legalidad que le compete;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo Io.- Modifícase el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 70 - Programa 01 - Conducción del Ministerio de Salud - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Salud, de acuerdo al Anexo I (Planillas 1) que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2o.- Modifícase el Plantel Básico del Ministerio de Salud, eliminándose un (1) cargo Agrupamiento C, Categoría 8 y creándose un (1) cargo Agolpamiento C, Categoría 6, en la Planta Permanente del Programa 01 -Conducción del Ministerio de Salud - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Salud.
Artículo 3°.- Trasládase y reubícase a partir de la fecha del presente Decreto, a las personas que se detallan en el Anexo II, del cargo que en cada caso se indica, ambos de Planta Permanente, Decreto Ley I N° 74, al cargo Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y régimen horario que se detalla en el mismo, Convenio Colectivo de Trabajo de Salud, para cumplir funciones como administrativos en Nivel Central del Ministerio de Salud.
Artículo 4°.- Desígnase al señor DOMÍNGUEZ, Claudio Esteban (Clase 1976-M.I. N° 25.280.934) para desempeñarse a cargo de la Sección Provincial Registro y Archivo de Legislación dependiente de la Subsecretaría de Gestión Institucional de Nivel Central del Ministerio de Salud, a partir de la fecha del presente Decreto.
Artículo 5°.- Abónese al señor DOMÍNGUEZ, Claudio Esteban (Clase 1976 - M.I.
N° 25.280.934) la diferencia salarial existente entre el cargo de Jefe
Sección Provincial Registro y Archivo de Legislación dependiente de la Subsecretaría
de Gestión Institucional de Nivel Central del Ministerio de Salud, subrogando la Jerarquía 6, Categoría 10 con 30 horas semanales de labor, y su cargo de revista Agrupamiento C, Clase II, Grado IV, Categoría 7 con 30 horas semanales de labor, Convenio Colectivo de Trabajo de Salud, a partir de la fecha del presente Decreto. Artículo 6°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud - Partida Principal 1.0.0 - Gastos en Personal - Partida Parcial 1.1.0 Personal Permanente, del Servicio Administrativo Financiero 70 - Programa 01 - Conducción del Ministerio de Salud - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Salud, del Presupuesto para el año 2014. Artículo 7°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Coordinación de Gabinete, Economía y Crédito Público y de Salud.
Artículo 8°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO N°604
ANEXO II
APELLIDO Y NOMBRE M.I. N° CLASE FUNCIÓN TRASLADAR DEPENDENCIA RE UBICAR REG. HOR. DEPENDENCIA
CURILLAN - GIORDANELLA, Matilde H. 16.616.067 1963 Administrativa Oficial Adm. - Código 3-002 - Clase II - Agrup. Per.Tec.Adm. Ministerio de la Familia y Promoción Social C-II-III-6 30 Horas Nivel Central
DOMÍNGUEZ, Claudio Esteban 25.280.934 1976 Administrativo Oficial Sup. Adm. - Código 3-001 -Nivel I- Agrup. Per.Tec.Adm. Ministerio de Economía y Crédito Público C-IUV-7 Jer. 6 - Cat. 10 30 Horas c/ Ded. Func. Nivel Central