RAWSON, 09 DICIEMBRE 2015.-
VISTO Y
CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la Ley de Ministerios de la Provincia del Chubut; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 03 de diciembre de 2015 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:

Téngase por Ley de la Provincia: I N° 566

Cúmplase, comuniqúese y publíquese en el Boletín Oficial

DECRETO Nº 1699