RAWSON, 1 0 MAR 2006
VISTO:
El Expediente N° 2364 -MP/06; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, se solicita dejar sin efecto, a partir del 28 de Febrero del 2006, la designación corno Interventor de la Administración Portuaria de Puerto Madryn, del señor Juan Roberto OSPITAL, efectuada mediante Decreto N° 957/04;
Que asimismo, se propone la designación como Interventor de la Administración Portuaria de Puerto Madryn al Ingeniero Civil Luis Daniel ROMÁN, a partir del 10 de Marzo del 2006;
Que se deberá exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad establecido en el Artículo 32° del Decreto Ley N° 920, por aplicación del punto 3) de la misma norma legal;
Que la Asesoría Legal del Ministerio de la Producción, se ha expedido favorablemente;
Que la Dirección General de Administración de Personal del Ministerio de Coordinación de Gabinete, ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Exceptúase el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el Artículo 32° del Decreto Ley N° 920, por aplicación del punto 3) del mismo Artículo y norma legal.-
Artículo 2°.- Déjase sin efecto, a partir del 28 de Febrero del 2006, la designación como Administrador de Puertos de la Administración Portuaria de Puerto Madryn, del señor Juan Roberto OSPITAL, (M.I.N0 8.309147 - Clase 1950), efectuada mediante Decreto N° 957/04.-
Artículo 3°.- Desígnase, a partir del 10 de Marzo del 2006, como Administrador de Puertos de la Administración Portuaria de Puerto Madryn, al Ingeniero Civil, Luis Daniel ROMÁN, (M.l. N° 8.396.892 - Clase: 1951).-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de la Producción y de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 255