RAWSON 14 MAR 2016
VISTO:
El Expediente N° 0175 -MFyPS-2016 y el Decreto N° 105/15; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 105/15 se procedió a dejar sin efecto incorporaciones, mensualizaciones, nombramientos, recategorizaciones y/o reubicaciones escalafonarias del personal de planta operado dentro de los seis (06) meses contados con anterioridad al dictado del presente, retrotrayendo todos los casos, de proceder, a su situación jurídica anterior;
Que el presente Decreto encuentra sustento legal en lo dispuesto en el Artículo 6o de la Ley I N° 74 y su Decreto Reglamentario I N° 1330/81;
Que en virtud de lo expuesto procede dejar sin efecto la mensualización de la señora Roxana Elizabeth URTIZBEREA, en el cargo Auxiliar Administrativo - Código 3-003 Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Clase III de la Ley I N° 74, dependiente del Ministerio de la Familia y Promoción Social, efectuada mediante el Anexo III (hoja 2) del Decreto N° 684/15;
Que la presente medida se dicta dentro de los principios de legalidad y razonabilidad a los que debe sujetarse toda actuación administrativa;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto a partir de la notificación del presente Decreto, la mensualización de la señora Roxana Elizabeth URTIZBEREA (M.I. N° 29.562.780 - Clase 1982) en el cargo Auxiliar Administrativo - Código 3-003 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Clase III de la Ley I N° 74, dependiente del Ministerio de la Familia y Promoción Social, efectuada mediante el Anexo III (hoja 2) del Decreto N° 684/15, por aplicación del Decreto N° 105/15 y según lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretaria de Estado en el Departamento de la Familia y Promoción Social y por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 278