RAWSON; 11 dic 2015
VISTO:
El Expediente N° 27-MCG-16; y CONSIDERANDO:
Que mediante Ley l - N" 566 se procede a modificar la estructura de las áreas ministeriales y secretariales que componen la Administración Central, creando y readecuando las competencias asignadas a cada área;
Que por la mencionada Ley se eliminan las Secretarías de Medios e Información Publica y Planeamiento Estratégico y Desarrollo;
Que en este sentido, y para lograr una adecuada articulación entre los organismos existentes, los creados mediante el dictado de la Ley I - N° 566 y una ordenada prestación de las tareas encomendadas, resulta necesario establecer la estructura orgánica del Ministerio de Coordinación de Gabinete;
Que es necesaria la modificación de las Estructuras aprobadas mediante los Decretos Nros. 09/14, 546/14, 563/14, 57/12, 830/14, 641/15 y 1149/15 las Plantas Presupuestaría de Personal, del Plantel Básico del Ministerio de Coordinación de Gabinete, las ex Secretarias de Medios e Información Pública y Planeamiento Estratégico y Desarrollo y ta Subsecretaría de Relaciones Institucionales del ex Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Transporte, como así también realizar transferencias, cambios de denominación y creaciones, las cuales tendrán vigencia a partir de la fecha del presente Decreto;
Que se transfiere del ex Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Transporte, la Subsecretaría de Relaciones Institucionales con sus Direcciones Generales: Imagen Pública, Relaciones Institucionales y Control de Gestión y Asuntos Indígenas, sus Direcciones: Relaciones Comarcales, Fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil., Panificación, Diversidad e igualdad e imagen Pública, y (os Departamentos: Administrativo y Diseño, a la órbita del Ministerio de Coordinación de Gabinete - Secretaria General de Coordinación de Gabinete , las cuales se denominaran: Dirección General de "Relaciones Institucionales y Control de Gestión"; "Dirección General de Difusión de las Organizaciones de la Sociedad Civil" con su "Departamento Diseño"; "Dirección General de Fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil"; las Direcciones: "de Asuntos Indígenas", "de Recursos y Enlace Administrativo"; "de Diversidad e Igualdad"; "de Registro y Asesoramiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil", "de Organizaciones Culturales y Deportivas"; y "Departamento Administrativo" dependiente de la Subsecretaría respectivamente;
Que se procede a la creación de la Dirección de Culto y Asociaciones Vecinales" dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales - Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete;
Que se transfiere de la ex Secretaria de Planeamiento Estratégico y Desarrollo, la Dirección General de Estadísticas y Censos, con su estructura orgánica funcional, Recursos Humanos y Patrimonio, a la órbita de la Subsecretaría de Logística - Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete;
Que se establece que la ex Secretaria de Medios e Información Pública, pasara a depender del Ministerio de Coordinación de Gabinete bajo la denominación Subsecretaría de Información Pública - Secretaria General de Coordinación de Gabinete, eje la cual dependerá la Dirección General de Prensa , la Dirección General de Administración de Medios, la "Dirección General de Publicidad", la "Dirección General de Canal 7" con sus Direcciones "Noticias", "Programación y Contenidos" y "Técnica", eliminándose los Departamentos "Delegación Esquel" y "Difusión", creándose la Dirección de Publicidad dependiente de la Dirección General de Publicidad;
Que continuarán bajo la órbita de la Dirección General de Prensa, la "Dirección efe1 Prensa"; y los Departamentos "Evaluación y Control", "Delegación Buenos Aires?', "Delegación Comodoro Rivadavia" y "Delegación Madryn"; respectivamente;
Que se procede a la creación de "la Dirección de Administración" dependiente de (a Dirección General de Administración de Medios de la Subsecretaría de Información Pública"
Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete;
Que continuaran dependiendo de la Dirección General de Administración de Medios", los Departamentos "Patrimonio y Rendiciones "Contabilidad y Presupuesto" y "Tesorería" y "Compras" y de la "División Mesa de Entradas y Salidas";
Que se procede a la eliminación de la "Subsecretaría Unidad Gestión e Inversión de Proyectos Estratégicos" del Ministerio de Coordinación de Gabinete:
Que dependerán de la Secretaria General de Coordinación de Gabinete las Direcciones Generales "Gestión de Proyectos Estratégicos" y "Análisis de Proyectas Estratégicos"; como así también la Asesoría Genera) de Gobierno y la Dirección General de Despacho y Privada;
Que mediante el presente Decreto se promueve la eliminación de la Subsecretaría de Coordinación y Enlace Interministerial y la creación de la "Subsecretaría de Logística dependiente de la Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete;
Que atento a lo mencionado en el considerando que antecede dependerán de la Subsecretaría de Logística "Dirección General de Administración ", "Dirección General cié Administración de Personal" , Dirección General de Registro, Seguimiento y Control eje Convenios y Bienes Regístrables" la "Dirección de Impresiones Oficiales", la "Dirección de Registros", la Dirección General de Automotores", la "Dirección General de Gestión de Proyectos" "Dirección General de Estadísticas y Censos" y la "Dirección Gestión de Proyectos" y los Departamentos "Coordinación con Entidades Deportivas" y "Secretaria |y Despacho";
Que se procede al cambio de denominación de la Dirección General de Tecnología
de Gobierno por "Dirección General de Tecnología y Comunicaciones", de la cual
dependerá la Dirección de Informática, y la Dirección de Seguridad e Infraestructura con Ios Departamentos: Administración de Redes con su División Arquitectura, el Departamento
Infraestructura con su División Mantenimiento y el Departamento Seguridad de |a Información con su División Monitoreo;
Que se procede a la creación de la "Dirección de Desarrollo" la cual dependerá el Departamento Análisis y Diseño dependiente de la Dirección General de Tecnología y Comunicaciones de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaria General de Coordinación de Gabinete - Ministerio de Coordinación de Gabinete;
Que se propicia el cambio de denominación del Departamento Desarrollo el cual se
denominara "Departamento de Microinformátíca", como así también la creación del Departamento Coordinación y Estándares Tecnológicos" los cuales dependerán de (a
Dirección de Informática - Dirección General de Tecnología y Comunicaciones de (a
Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaria General c(e
Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete;
Que la Dirección de Comunicaciones con el "Departamento Coordinación jy Planificación" y su "División Administrativa", el "Departamento Radio" con su "División Radiof, el "Departamento Teleinformático" con su "División Técnica" y el "Departamento Télex iy Telefonía" con sus Divisiones Telefonía" y "Teletipográfico dependiente la ex Secretaria de Medios e Información Pública , pasara a depender de la Dirección General de Tecnología jy Comunicaciones de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estacio Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete;
Que se transfiere la Dirección General de Medios de la ex Secretaria de Medios je Información Pública, la cual se denominara Dirección General de Contenidos Digitales dependiente de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaría General de Coordinación de Gabinete dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete;
Que se procede a la creación de la "Dirección de Contenidos Multimedible^" dependiente de la Dirección General de Contenidos Digitales dependiente de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaria General eje Coordinación de Gabinete dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete;
Que se propicia el cambio de denominación de la Dirección Contenidos Digitales |a que pasara a denominarse "Dirección de Gobierno Digital" con su Departamento Contenidos - Dirección de Gobierno Digital dependiente de la Dirección General de Contenidas Digitales;
Que la Dirección General de Formación Pública con su Departamentos "Contenidos, Programación y Monitoreo" y "Mantenimiento" y la "División Despacho", con su "Dirección eje Capacitación" continuaran bajo la dependencia de la Subsecretaría de Gestión Publica ¡y Modernización del Estado - Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete;
Que la Dirección de Aeronáutica Provincial dependerá a partir de la fecha del presente Decreto de la Subsecretaría Unidad del Gobernador del Ministerio de Coordinación de Gabinete, con su estructura orgánica funcional aprobada por Decreto N° 09/14, Recursos Humanos y Patrimonio;
Que seguirán dependiendo de la Subsecretaría Unidad del Gobernador las Direcciones Generales "Comunicación y Gestión", "Coordinación Administrativa", "Coordinación y Gestión", "Logística" y "Protocolo y Ceremonial" con su estructura orgánico-funcional aprobada por Decreto N° 09/14, Recursos Humanos y Patrimonio;
Que la Ley I - N° 566 en su Artículo 29° faculta al Poder Ejecutivo adecuar ía estructura orgánica-funcional y presupuestaria de las distintas áreas a efectos de permitir ^l cumplimiento de la Ley citada transfiriendo las dependencias y bienes patrimoniales ¡y distribuir al persona] necesario;
Que se deberá Transferir y modificar las Plantas Presupuestarias de Personal de las Jurisdicciones/Programas/Actividad y SAFS de las áreas involucradas conforme se descrifcje en el articulado del presente acto administrativo;
Que la Dirección General de Administración de Personal del Ministerio c(e Coordinación de Gabinete ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno; ,
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1o-TRANSFIÉRASE a la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete SAF- 10 los cargos que componen la Jurisdicción 24 - Ex Secretaria de Planeamiento Estratégico y Desarrollo - SAF 24 Secretaria de Planeamiento Estratégico iy Desarrollo conforme al siguiente detalle: el Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Planeamiento Estratégico y Desarrollo - Actividad 1 - Conducción de la Secretaria de Planeamiento Estratégico y Desarrollo - SAF 24: un (1) cargo Secretario - Autoridad Superior y un (1) cargo Secretario de Secretario - Personal Fuera de Nivel al Programa 1 |-Conducción del M.C.G - Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración del M.C.G - SAF 10 y del Programa 17 - Transferencias de Tecnología en Gerenciamiento Geoinformático - Actividad 1 - Transferencias de Tecnología en Gerenciamiento Geoinformático - SAF 24: un (1) cargo Subsecretario - Autoridades Superiores , dos (i) cargos Director General y un (1) cargo Secretario de Subsecretario - Personal Fuera eje Nivel - Planta Permanente y del Programa 16-información para la Gestión de GobiernoL Actividad 1 - Sistema Estadístico Provincial - SAF 24: un (1) cargo Subsecretario - Autoridad Superior, dos (2) cargos Director General y un (1) cargo Secretario de Subsecretario ,-Personal Fuera de Nivel, dos (2) cargos Director, nueve (9) cargos Jefe Departamento y úr (1) cargo Jefe de División - Personal Jerárquico, dos (2) cargos Nivel I y dos (2) cargos Nivp, II - Personal Profesional, dos (2) cargos Nivel II, un (1) cargo Nivel III y cinco (5) cargos N\vp IV - - Personal Técnico Administrativo, un (1) cargo Nivel III - Personal Servicios y Servicios Generales todos de Planta Permanente, dos (2) cargos Nivel I y veintitrés (23) - Persona Técnico Administrativo, tres (3) cargos Nivel l - Personal Servicios y Servicios Generalas todos de Planta Temporaria, y dos (2) cargos función Administrativa Planta Transitoria todos al Programa 22 - Transferencias de Tecnología en Gerenciamiento Geoinformático • Actividad 1 - Transferencias de Tecnología en Gerenciamiento Geoinformático - SAF 10, conforme lo establecido ene! Anexo N° I (Hojas 1 a 6) que forma parte integrante del
presente Decreto.-
Artículo2°.- TRANSFIÉRANSE los cargos de la Jurisdicción 25 - Ex -Secretaria de M©dio£
e Información Pública - SAF 25, a la Jurisdicción 10 - Ministerio eje
Coordinación de Gabinete - SAF 25 - Subsecretaría de Información Pública, conforme £l
Anexo N° I (Hojas 7 a 12).-
Articulo 3o TRANSFIÉRANSE los cargos de la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación
de Gabinete - SAF 25 - Programa 2 - Conducción de la Subsecretaría de Medios
e Información Pública - Actividad 6 - Comunicaciones, a la Jurisdicción 10 - Ministerio eje
Coordinación de Gabinete - SAF 10 - Programa 1 - Conducción del Ministerio eje Coordinación de Gabinete - Actividad 6 - Comunicaciones, conforme al Anexo N° I (Hojas 13 y 14}.-
Artículo 4o TRANSFIÉRANSE los cargos de la Jurisdicción 10- Ministerio de Coordinado^ de Gabinete - SAF 10 - Programa 19 - Transporte Aéreo Sanitario - Actividad ¡1
- Transporte Aéreo Sanitario, a la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - SAF 23 - Programa 19 - Transporte Aéreo Sanitario - Actividad 1 - Transporte Aérejo Sanitario, conforme al Anexo N° I (Hojas 15 y 16).-
Artículo 5o TRANSFIÉRANSE los cargos de la Jurisdicción 20 - del ExMinisterio de Gobier¬
no Derechos Humanos y Transporte - SAF 20 - Programa 25 - Subsecretaría eje
Relaciones Institucionales - Actividad 1 - Conducción de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales a la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - SAF 10¡-Programa 5 - Subsecretaría de Relaciones Institucionales - Actividad 2 - Conducción de ja Subsecretaría de Relaciones Institucionales conforme el Anexo N° I (Hojas 17 y 18).-
Artículo 6°:.- MODIFICAR el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal
en la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F.IOi-Programa 1 - Conducción del Ministerio de Coordinación de Gabinete - Actividad 1 ;-Conducción, Ejecución y Administración, Programa 22 Transferencias de Tecnología ep Gerenciamiento Geoinformático - Actividad 1 - Transferencias de Tecnología ejn Gerenciamiento Geoinformático, Programa 4 - Conducción de la Subsecretaría de Gestipn Pública y Modernización del Estado - Actividad 1 - Conducción de la Subsecretaría eje Gestión Pública y Modernización del Estado; Programa 5 - Subsecretaría de Relacionas Institucionales - Actividad 2 - Conducción de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales SAF 25 - Subsecretaría de Información Pública - Programa 16 - Difusión de Actos de Gobierno - Actividad 1 - Difusión de Actos de Gobierno- Programa 2 - Conducción de ls Subsecretaría de Información Pública - Actividad 1 - Conducción de la Subsecretaría aje Información Pública , conforme el Anexo N° II (Hojas 1 a 7).-Artículo 7°.- Modificar el Plantel Básico S.A.F.10-Ministerio de Coordinación de Gabinete
- Programa 1 - Conducción del Ministerio de Coordinación de Gabinete j-Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración eliminándose un (1) cargo Secretario; -Personal Autoridad Superior y un (1) cargo Secretario del Secretario - Personal Fuera de Nivel - Planta Permanente e incrementándose seis (6) cargos Personal de Gabinete, en |9 Programa 22 - Transferencias de Tecnología en Gerenciamiento Geoinformático - Actividcjd 1 - Transferencias de Tecnología en Gerenciamiento Geoinformático , eliminándose dos (2) cargos Subsecretario - Personal Autoridad Superior, dos (2) cargos Secretario de Subsecretario y dos (2) cargos Director General - Personal Fuera de Nivel, en el Programa 4 - Conducción de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado [-Actividad 1 - Conducción de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estacjo incrementándose dos (2) cargos Director - Categoría 18 - Personal Jerárquico y un (1) cargo Director General Personal Fuera de Nivel; en el Programa 5 - Subsecretaría de Relacionas Institucionales - Actividad 1 - Conducción de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales incrementándose un cargo (1) Director - Categoría 18 - Personal Jerárquico, SAF 25 -Subsecretaría de Información Pública - Programa 16 - Difusión de Actos de Gobierno -Actividad 1 - Difusión de Actos de Gobierno en el Programa eliminándose un (1) cargo Director General - Personal Fuera de Nivel y dos (2) cargos Jefe de Departamento! -Categoría 16 - Personal Jerárquico e incrementándose un (1) cargo Director - Persona Jerárquico y en el Programa 2 - Conducción de la Subsecretaría de Información Pública!-
Actividad 1 - Conducción de la Subsecretaría de Información Pública eliminándose un (1)
cargo Secretario Personal Autoridad Superior y un (1) cargo Secretario de Secretario-Personal Fuera de Nivel.-
Artículo 8º Aprobar la Estructura Orgánico - Funcional del Ministerio de Coordinación de Gabinete, la cual quedará conformada de acuerdo al Anexo N° lll (hojas 1 a !a
33), que forma parte integrante del presente Decreto.-
Articulo 9°.-Aprobar las misiones, funciones y requisitos de los cargos creados, conforme surge del Anexo N° IV (hojas 1 a la 243), que forma parte integrante del presente
Decreto.-
Articulo 10°.-Transferir a la órbita del Ministerio de Coordinación de Gabinete, la Subsecreta-ría de Relaciones Institucionales dependiente del ex Ministerio de Gobíern^,
Derechos Humanos y Transporte con sus Direcciones Generales: Imagen Públicb
Relaciones Institucionales y Control de Gestión y Asuntos Indígenas, sus Direcciones:
Relaciones Comarcales, Fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civi|.,
1 Planificación, Diversidad e Igualdad e Imagen Pública, y los Departamentos: Administrativo Diseño, a la órbita del Ministerio de Coordinación de Gabinete - Secretaria General de Coordinación de Gabinete , las cuales se denominaran: "Dirección General de Relacionas Institucionales y Control de Gestión"; "Dirección General de Difusión de las Organizaciones de la Sociedad Civil" con su."Departamento Diseño"; "Dirección General de Fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil"; fas Direcciones: "de Asuntos Indígenas", "de Recursos y Enlace Administrativo"; dependiente de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Control de Gestión" "de Diversidad e Igualdad"; "de Registro y Asesoramiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil", "de Organizaciones Culturales]y Deportivas" dependientes de la Dirección de Fortalecimiento de las Organizaciones de la ¡ Sociedad Civil y "Departamento Administrativo" dependiente de la Subsecretaría respectivamente.
Artículo 11°.- Crease la "Dirección de Culto y Asociaciones Vecinales" dependiente de Ia
Dirección General de Fortalecimiento de tas Organizaciones de la Sociedad Civil.-
Articulo 12°.- Transferir la Dirección General de Estadística y Censos de la ex Secretaría cíe Planeamiento Estratégico y Desarrollo con sus Departamentos "SiStema Informático", "Servicio a la Actividad Estadística" y "Despacho" con su "División Administrativa" , la Dirección "Estadísticas Básicas y Estudios Georeferenciales" con sus Departamentos "Certificaciones e índices", "Encuestas Socio Económicas", "Estadísticas Económicas", "Estadísticas Sociales y Demográficas" y " Cartografía" y la Dirección "Información y Coordinación del Sistema Estadístico Provincial" con su Departamento "Centro de Comunicación y Difusión", a la órbita de la Subsecretaría de Logística -Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete.-
Articulo 13°.- Transferir la ex Secretaria de Medios e Información Pública, a la órbita del Mi-nisterio de Coordinación de Gabinete bajo la denominación Subsecretaría íte Información Pública, de la cual dependerán: la" Dirección General de Prensa" , la "Dirección General de Administración de Medios" los Departamentos "Patrimonio y Rendici!on0s" "Contabilidad y Presupuesto" y "Tesorería" y "Compras" y de la "División Mesa de Entradas y Salidas", la "Dirección General de Publicidad", la "Dirección General de Canal 7" con sus Direcciones "Noticias", "Programación y Contenidos" y "Técnica".-
Artículo 14°.- Eliminar de la "Subsecretaría de Información Pública" Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete, los Departamentos "Difusión" y "Delegación Esquel" y la "Dirección General de Medios" y; la "Dirección Contenidos Digitales".-
Articulo 15".- Crease la "Dirección de Administración " dependiente de la Dirección General de Administración de Medios y ia "Dirección de Publicidad" dependiente de; la Dirección General de Publicidad de la Subsecretaría de Información Pública - Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 16°.- Eliminar de la "Subsecretaría de Coordinación y Enlace Interministerial" y la "Subsecretaría Unidad Gestión e Inversión de Proyectos Estratégicos" dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 17°.- Crease la "Subsecretaría de Logística" dependiente del Ministerio de Coordi-nación de Gabinete.-Artículo 18°.- Dependerá de la Subsecretaría de Logística la "Dirección General de Adminis¬tración", "Dirección General de Administración de Personal" , la -"Dirección General de Registro, Seguimiento y Control de Convenios y Bienes Registrables", la "Dirección de Impresiones Oficiales", la "Dirección de Registros", la "Dirección General ¡de Automotores", la "Dirección General de Gestión de Proyectos " la "Dirección General íde Estadísticas y Censos" y la "Dirección Gestión de Proyectos" y los Departamentos "Coordinación con Entidades Deportivas" y "Secretaria y Despacho", con sus estructuras orgánico-funcional aprobadas por Decretos Nros. 09/14 y 641/15.-
Artículo 19°.- Eliminar de la estructura orgánico-funcional la "División Desarrollo de Proyectas Especiales" dependiente de la Dirección General de Gestión de Proyecto -
Subsecretaría de Logística - Secretaria de General Coordinación de Gabinete del Ministerio
de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 20°.- Se procede al cambio de denominación de la Dirección General de Tecnología
de Gobierno por "Dirección General de Tecnología y Comunicaciones", de ¡la cual dependerá la Dirección de Informática con el Departamento Desarrollo el cual se denominara "Departamento de Microinformática", y la Dirección de Seguridad |e Infraestructura con sus Departamentos Administración de Redes con su División Arquitectura, " Infraestructura" con su "División Mantenimiento" y "Seguridad de la Información" con su "División Monitoreo".
Artículo 21°.- Crease el Departamento Coordinación y Estándares Tecnológicos dependien¬te de la Dirección de Informática de la Dirección General de Tecnología y Comunicaciones de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación ¿le Gabinete. -
Artículo 22º Crease la "Dirección de Desarrollo" dependiente de la Dirección General de Tecnología y Comunicaciones de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado, de la cual dependerá el Departamento Análisis y Diseño.
Artículo 23°.- Transferir la Dirección de Comunicaciones con el"Departamento Coordinación y Planificación" y su "División Administrativa", el "Departamento Radié" con su "División Radio", el "Departamento Teleinformático" con su "División Técnica" y el "Departamento Télex y Telefonía" con sus Divisiones "Telefonía" y "Teletipográfico" , ala Dirección General de Tecnología y Comunicaciones de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 24°.- Crease la "Dirección General de Contenidos Digitales" dependiente de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado dependiente de la Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete.-Artículo 25°.- Crease la "Dirección de Gobierno Digital" y la "Dirección de Contenidos Multi-
mediales" dependiente de la Dirección General de Contenidos Digitales.-Artículo 26°.- Dependerá de la Dirección de Gobierno Digital el Departamento Contenidos
el cual dependía de la ex Dirección de Contenidos Digitales dependiente de la ex Secretaria de Medios e Información Pública.-
Artículo 27°.-Establecesft que la Dirección General de Formación Publica con sus Departamentos "Contenidos, Programación y Monitoreo" y "Mantenimiento" y; la División "Despacho", con su Dirección de Capacitación continuaran bajo la dependencia de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaria General ide Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete.-Articulo 28°.-Establecese que continuara dependiendo del Ministerio de Coordinación de
Gabinete la "Asesoría General de Gobierno" y la "Dirección General de Despacho y Privada ".-
Artículo 29°.- Dependerá de la Secretaria General de Coordinación de Gabinete la "Dirección General de Coordinación Administrativa", las Direcciones Generales "Gestión de Proyectos Estratégicos" y "Análisis de Proyectos Estratégicos" y la "Dirección General Casa de la Provincia del Chubut".-
Artículo 30°.- La Dirección de Aeronáutica Provincial dependerá a partir de la fecha del presente Decreto de la Subsecretaría Unidad Gobernador - Secretaria General de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Coordinación de Gabinete, con su estructura orgánica-funcional aprobada por Decreto N° 09/14.-
Artículo 31°.- Continuaran bajo la dependencia de la Subsecretaría Unidad de Gobernador las Direcciones Generales; "Comunicación y Gestión", "Coordinación Administrativa", "Coordinación y Gestión", "Logística" y "Protocolo y Ceremonia? con su estructura orgánico-funcional aprobada por Decreto N° 09/14.-
Artículo 32°.- Las trasferencias realizadas en los Artículos que anteceden, se realizarán con sus cargos, patrimonios y recursos humanos existentes.-
Artículo 33°.-Los cargos creados en la presente Estructura Orgáníca-Funcional que no se encuentran presupuestados, quedarán sujetos a la creación en futuros presupuestos.-
Artículo 34°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Coordinación de Gabinete, de Gobierno y de Economía y Crédito Público.-
Artículo 35°.- Regístrese, comuniqúese, desé al Boletín Oficial, y cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 38