RAWSON, 7 8 MAR 2016
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la sustitución de los artículos 8o y 10° de la Ley I N° 566, Ley de Ministerios de la Provincia del Chubut;
sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 10 de Marzo de 2016 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: I N° 577
Cúmplase, comuniqúese y publíquese en el Boletín Oficial
DECRETO N° 402