RAWSON, 12 JUL 2018
VISTO:
El Expediente N° 0307 - MFyPS-18; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 155° inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial, con las exigencias y formalidades establecidas en la Constitución y en la Ley;
Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento y la remoción del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 566;
Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona dejar sin efecto, a partir del 07 de marzo de 2018, el Decreto N° 611/17 mediante el cual se designó a la agente María Liliana CENTENO, a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Trelew;
Que asimismo, a fojas 02, se solicita la designación de la señora Analía Silvana MANQUEL, cargo Administrativo II - Categoría 3-C - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 40 horas semanales de labor - Planta Temporaria, a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor, ambos cargos de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de la Familia y Promoción Social, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que asimismo corresponde reconocer lo actuado en relación a los servicios prestados por la agente Analía Silvana MANQUEL, en el cargo Directora del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 114, dependiente de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia - Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de la Familia y Promoción Social, a partir del 07 de marzo de 2018 y hasta la fecha del presente Decreto;
Que el período a reconocer citado en el Considerando que antecede, quedará
pendiente de pago y a la espera de disponibilidad presupuestaria;
Que por lo expuesto, la agente Analía Silvana MANQUEL se hará acreedora de la diferencia salarial existente entre su cargo de revista y el cargo Director Categoría 1-C Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la Ley I N° 74;
Que en virtud del trámite que se gestiona, la agente Analía Silvana MANQUEL percibirá el Adicional por Dedicación Exclusiva, establecido en el Artículo 5o inciso h) de la Ley I N°114;
Que se entiende por Dedicación Exclusiva al régimen de trabajo que exige al agente cumplir con cuarenta y cuatro (44) horas semanales de labor, distribuidas según las necesidades del servicio en casos excepcionales, más la concurrencia fuera de este horario o cuantas veces resultare necesario por razones de servicio sin perjuicio del franco semanal y licencias reglamentarias;
Que la agente Analía Silvana MANQUEL no ha percibido remuneración alguna por la Dirección del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Trelew;
Que asimismo procede exceptuar el presente trámite de lo establecido en el Artículo 10° del Decreto N° 1338/17;
Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente trámite;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 180, modificado por Ley II N° 186, prorrogada por Decreto N° 01/18;
Que la presente solicitud obedece estrictamente a razones y necesidades de servicio, a fin de ordenar estructuras funcionales del Ministerio de la Familia y Promoción Social;
Que las presentes medidas se dictan en el marco del principio de economía procesal detallado en el Artículo 26° inciso 9) de la Ley I N° 18, a fin de flexibilizar la tarea administrativa y dictar un único acto administrativo;
Que el presente trámite debe exceptuarse del criterio de irretroactividad establecido en el punto 1) del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3) de la mencionada norma legal;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1º.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad establecido por el punto 1) del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3) de la mencionada norma legal.-
Artículo 2º.- Dejar sin efecto a partir del 07 de marzo de 2018, el Decreto N° 611/17, mediante el cual se designó a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor, a la agente Marta Liliana CENTENO (M.L N° 17.536.013 - Clase 1965) quien revista el cargo Suboficial Principal de la Agrupación Comando General, dependiente de la Policía de la Provincia del Chubut del Ministerio de Gobierno, por los motivos expuestos en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 3º.- La agente Marta Liliana CENTENO (M.L N° 17.536.013 - Clase 1965) se reintegrará a su cargo de revista - Suboficial Principal de la Agrupación Comando General, dependiente de la Policía de la Provincia del Chubut del Ministerio de Gobierno.-
Artículo 4º.- Reconocer lo actuado en relación a los servicios prestados por la agente Analía Silvana MANQUEL (M.L N° 30.883.780 - Clase 1984), en el cargo Directora del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Trelew Categoría 1-C Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependiente de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de la Familia y Promoción Social, a partir del 07 de marzo de 2018 y hasta la fecha del presente Decreto, quedando pendiente de disponibilidad presupuestaria en virtud de lo informado en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 5°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente Analía Silvana MANQUEL (M.L N° 30.883.780- Clase 1984) cargo Administrativo II - Categoría 3-C - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 40 horas semanales de labor - Planta Temporaria, a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor, ambos cargos de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de la Familia y Promoción Social, de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos que anteceden. -
Artículo 6°.- La agente Analía Silvana MANQUEL (M.I. N° 30.883.780 - Clase 1984) se hará acreedora de la diferencia salarial existente entre su cargo de Revista Administrativo II - Categoría 3-C - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 40 horas semanales de labor - Planta Temporaria y el cargo que subrogará Directora del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor, ambos cargos de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia - Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de la Familia y Promoción Social, conforme lo prescrito en el Artículo 105° de la Ley I N° 74.-
Artículo 7°.- La agente Analía Silvana MANQUEL (M.I. N° 30.883.780 - Clase 1984) percibirá el Adicional por Dedicación Exclusiva, establecido en el Artículo 5o inciso h) de la Ley I N° 114, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 8°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de la Familia y Promoción Social - SAF 40 Programa 19 - Atención al Niño, Adolescente y Familia - Actividad 1 - Conducción y Administración Atención al Niño, Adolescente y Familia - Ejercicio 2018.-
Artículo 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de la Familia y Promoción Social y por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 10º.-Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO Nº 508