RAWSON, 18 SEP 2018
VISTO:
El Expediente N° 3263-GB- 2017; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, solicita ascender al agente Gustavo Eduardo CODESAL, cargo Jefe de División Medidas Cautelares y Especiales, Clase III, Agrupamiento Personal Jerárquico, del Plantel Básico de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Subsecretaría de Gobierno dependiente de la Secretaría General de Gobierno del Ministerio de Gobierno en el cargo Jefe de Departamento Contralor Técnico y Anotaciones Especiales, Clase II, Agrupamiento Personal Jerárquico del mismo Plantel Básico, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que el ascenso propuesto se encuentra legalmente sustentado en lo dispuesto por el Artículo 100° de la Ley I N° 74;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 180, modificado por Ley II N° 186, prorrogado por Decreto 01 del 2018;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno, SAF 20: Ministerio de Gobierno, Programa 17: Registro de la Propiedad, Actividad 1: Propiedad Inmueble;
Que la Dirección General de Administración de Personal del Ministerio de Coordinación de Gabinete, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Ascender al agente Gustavo Eduardo CODESAL (DNI Nº 17.406.845-Clase 1965), Cargo Jefe División Medidas Cautelares y Especiales, Clase II, Agrupamiento Personal Jerárquico del Plantel Básico de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Subsecretaría de Gobierno dependiente de la Secretaría General de Gobierno del Ministerio de Gobierno, en el cargo Jefe de Departamento Contralor Técnico y Anotaciones Especiales, Clase II, Agrupamiento Personal Jerárquico del Plantel Básico de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Subsecretaría de Gobierno dependiente de la Secretaría General de Gobierno del Ministerio de Gobierno, a partir de la fecha del presente Decreto.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno, SAF 20: Ministerio de Gobierno, Programa 17: Registro de la Propiedad, Actividad 1: Propiedad Inmueble. Ejercicio 2018.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de
Estado en los Departamentos de Gobierno y de Coordinación de Gabinete.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO N°792