RAWSON, 21 NOV 2018
VISTO:
El artículo 122 de la Constitución Nacional, los artículos 124, 127, 146, 149, 155, 188, 191, 256, y concordantes de la Constitución Provincial, la Ley Nacional 19.945 y sus modificatorias 23.247, 23.476, 24.012, 24.444, 25.658 y 25.983, y las Leyes Provinciales V N° 70 (Antes ley 4.086) su modificatoria Ley V N° 155 y la Ley XVI N° 93; y el Decreto N° 1.007/18; CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Nota N° 18/TEP-2018 de fecha 14 de noviembre de 2.018, el Presidente a cargo del Tribunal Electoral Provincial, comunica a este Poder Ejecutivo, la suscripción del Acta N° 01/2018, mediante la cual se resuelve suspender los actos preelectorales, fundado ello en que el decreto de convocatoria se encuentra cuestionado;
Que en el Acta aludida en el considerando precedente, se acuerda que en atención a la situación de indefinición respecto de las fechas en que habrán de realizarse los comicios provinciales y municipales de la Provincia del Chubut, debido a la existencia de una norma ejecutiva y legislativa, que resulta conveniente suspender la realización de los actos preelectorales, hasta tanto se dirima la cuestión;
Que en atención a la suspensión de los actos preelectorales por los motivos expuestos, este Poder Ejecutivo por medio del Decreto N° 1.098/18, ha procedido a Vetar la ley que abrogaba los Decretos 1.007/18 y 1.009/18, por lo cual el supuesto conflicto normativo entre la Ley sancionada, y los decretos de convocatoria, hoy ya no existe;
Que sin perjuicio de lo expuesto, y dado el tiempo transcurrido desde la fecha de convocatoria a elecciones, sin la realización de los actos preelectorales, este Poder Ejecutivo considera pertinente fijar una nueva fecha para las elecciones a comicios en todo el territorio de la Provincia del Chubut, para la elección de: a) Gobernador y Vicegobernador; b) Veintisiete (27) Diputados Provinciales titulares y veintisiete (27) suplentes; c) Un (1) miembro titular y Un (1) suplente representante popular ante el Consejo de la Magistratura por las Circunscripciones Judiciales de Comodoro Rivadavia, Puerto Madryn, y Sarmiento; y d) Presidentes de Comunas Rurales y sus Vicepresidentes, para el día 09 de Junio de 2.019;
Que asimismo, se ha advertido un error material o de hecho en el encuadre normativo consignado el artículo 2° del Decreto N° 1.007/18, correspondiendo el Artículo 256° inc 3) de la Constitución Provincial;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría General de Gobierno; POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1º.- MODIFICASE a partir de la fecha del presente, el artículo 1º del Decreto N° 1.007/18, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1º.- CONVÓCASE para el día 09 de Junio de 2019 a comicios en todo el territorio de la Provincia del Chubut, para la elección de:
a) Gobernador y Vicegobernador;
b) Veintisiete (27) Diputados Provinciales titulares y veintisiete (27) suplentes;
c) Un (1) miembro titular y un (1) suplente representante popular ante el Consejo de la Magistratura por las Circunscripciones Judiciales de Comodoro Rivadavia, Puerto Madryn, y Sarmiento;
d) Presidentes de Comunas Rurales y sus Vicepresidentes".-
Artículo 2º.- RECTIFICASE el artículo 2º del Decreto N° 1.007/18, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2º.- ADÓPTASE el Padrón Electoral Nacional de electores vigente al momento del acto eleccionario como Padrón Electoral Provincial, de conformidad con lo establecido por el artículo 256° inciso 3) de la Constitución Provincial".-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno, y de Coordinación de Gabinete.-
Artículo 4°.- REGÍSTRESE, comuníquese, dése al Boletín Oficial, y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1101