RAWSON, 07 FEBRERO 2019

VISTO:
El Expediente N° 2407-MCG-SIP-2018; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita la incorporación a la Planta Transitoria - Ley I - N° 341, en la Subsecretaría de Información Pública -Secretaría General de Coordinación de Gabinete - Ministerio de Coordinación de Gabinete, de los agentes que se detallan en el Anexo N° III que forma parte integrante del presente Decreto, cumpliendo las funciones que se detallan, a partir del 1o de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019, conforme al Acta Paritaria homologada mediante Resolución N° 637/2018-STR;
Que los agentes mencionados, percibirán una remuneración mensual por el cumplimiento de sus funciones, de PESOS ONCE MIL QUINIENTOS ($11.500);
Que deberá exceptuarse el presente trámite del criterio de irretroactividad, dispuesto por el Artículo 32° de la Ley I N° 18, del Digesto Jurídico de la Provincia, por aplicación del punto 3) del mismo Artículo y norma legal;
Que es necesario modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro - S.A.F 91 -Programa 1 - Administración de Obligaciones del Tesoro - Actividad 1 -Administración de Obligaciones del Tesoro y Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F 25 - Subsecretaría de Información Pública -Programa 16 - Difusión de Actos de Gobierno - Actividad 1 - Difusión de Actos de Gobierno;
Que a tal efecto corresponde modificar el Plantel Básico de la Administración de Obligaciones del Tesoro, eliminándose tres (3) cargos Profesionales, tres (3) cargos de Servicio y cuatro (4) cargos Administrativos, todos de la Planta Transitoria, e incrementándose los mismos cargos en la Planta Transitoria en el Plantel Básico de la Subsecretaría de Información Pública, de acuerdo al Anexo N° I y II, que forman parte integrante del presente Decreto;
Que la Ley II - N° 180 del Digesto Jurídico, Artículo 13° - punto 5), faculta al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones en las Plantas de Personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no dé un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 180;
Que el cumplimiento del presente Decreto, será afectado a la Jurisdicción 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro - S.A.F 91 - Programa 1 - Administración de Obligaciones del Tesoro - Actividad 1 - Administración de Obligaciones del Tesoro y Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F 25 -Subsecretaría de Información Pública - Programa 16 - Difusión de Actos de Gobierno - Actividad 1 - Difusión de Actos de Gobierno;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que el Asesor General de Gobierno interviene en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad, dispuesto
por el Artículo 32° de la Ley I N° 18, del Digesto Jurídico de la Provincia, por aplicación del punto 3) del mismo Artículo y norma legal.-
Artículo 2- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal
en la Jurisdicción 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro - S.A.F 91 -Programa 1 - Administración de Obligaciones del Tesoro - Actividad 1 -Administración de Obligaciones del Tesoro y Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F 25 - Subsecretaría de Información Pública -Programa 16 - Difusión de Actos de Gobierno - Actividad 1 - Difusión de Actos de Gobierno.-
Artículo 3- Modificar el Plantel Básico de la Administración de Obligaciones del Tesoro, eliminándose tres (3) cargos Profesionales, tres (3) cargos de Servicio y cuatro (4) cargos Administrativos, todos de la Planta Transitoria, e incrementándose los mismos cargos en la Planta Transitoria en el Plantel Básico de la Subsecretaría de Información Pública, de acuerdo al Anexo N° I y II, que forman parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 4- Incorporar a la Planta Transitoria - Ley I - N° 341, en la Subsecretaría
de Información Pública - Secretaría General de Coordinación de Gabinete - Ministerio de Coordinación de Gabinete, de los agentes que se detallan en el Anexo N° III que forma parte integrante del presente Decreto, cumpliendo las funciones que se detallan, a partir del 1o de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019, conforme al Acta Paritaria homologada mediante Resolución N° 637/2018-STR.-
Artículo 5- Los agentes mencionados, percibirán una remuneración mensual por
el cumplimiento de sus funciones,de PESOS ONCE MIL QUINIENTOS ($11.500).-
Artículo 6- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado en la Jurisdicción 10 - Ministerio de Coordinación de Gabinete - S.A.F 25 - Subsecretaría de Información Pública - Programa 16-Difusión de Actos de Gobierno - Actividad 1 - Difusión de Actos de Gobierno.-
Artículo 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete y de Economía y Crédito Público.-
Artículo 8°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO 142/19

DAHER, Sebastián Ariel 31.802.394
GARCÍA PALUMBO, Facundo Nicolás 31.914.940
SHMITD, Samantha Alejandra 34.275.874
MERILLAN, Héctor 20.235.912
TRONCOSO NAHUELANCA, Gustavo Alejandro 92.561.444
MONTEROS, Sonia Noemí 29.416.613
MONTES DE ROSA, Angélica Claudia 20.237.870
JULIO, Fernando Gabriel 37.147.977
SUAREZ, Rodrigo Leonel 38.535.455
LILLO, Miriam Yasmln 28.054.933