RAWSON, 3 0 OCT 2019
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la modificación de los artículos 14°, 16°, 19°, 20°, 21°, 23°, 24°, 26°, 27°, 44°, 45°, y 49° de la Ley V N° 94;
sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 17 de octubre de 2019 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: V N° 167
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial
DECRETO N° 1209/19