RAWSON, 20FEB2019
VISTO:
El Expediente N° 0020/2019-IPA; y CONSIDERANDO:
Que mediante Expediente citado visto el agente LAZZARONI Víctor Hugo presenta su renuncia al cargo Lavador Engrasador - Código 2-068 - Nivel IV del Instituto Provincial del Agua, para acogerse al beneficio de la Jubilación Ordinaria - Ley XVIII N° 32;
Que del informe de la Dirección de Sumarios de desprende que no median impedimentos para acceder al beneficio mencionado;
Que se deberá abonar al agente LAZZARONI, Víctor Hugo treinta (30) días hábiles de licencia pendiente de usufructuó correspondiente año 2018 de acuerdo lo determinado en el Decreto N° 2005/91;
Que se deberá exceptuar al presente trámite del criterio de irretroactividad establecido en el Artículo 32° de la Ley I N°18, por aplicación del punto 3) de la misma norma legal;
Que el gasto que demanda el cumplimiento del presente trámite se imputará a la Jurisdicción 8: Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos - SAF 303: Instituto Provincial del Agua Programa 17: Conducción y Administración del Instituto Provincial del Agua - Actividad 01: Conducción y Administración del Instituto Provincial del Agua - Ejercicio 2019;
Que el Asesor Legal del Instituto Provincia! del Agua, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE RECURSOS HIDRICOS
DEL INSTITUTO PROVINCIAL DEL AGUA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar a partir de 1º de Enero de 2019, la renuncia presentada por agente LAZZARONI, Víctor Hugo (M.I N° 10.424.955 Clase 1951) al cargo Lavador Engrasador - Código 2-068 - Nivel VI - Instituto Provincial del Agua, en el que fuere designado por Decreto N° 281/08.
Artículo 2°.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3o del mismo Artículo y normal Legal.
Artículo 3°.- Abonar al agente LAZZARONI, Víctor Hugo treinta (30) días hábiles de Licencia pendiente de usufructuó correspondiente al periodo 2018 de acuerdo a lo determinado en el Decreto N° 2005/91.-
Artículo 4°.- Que el gasto que demanda el cumplimiento del presente tramite se imputara a la Jurisdicción 8: Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos - SAF 303: Instituto Provincial del Agua Programa 17: Conducción y Administración del Instituto Provincial del Agua - Actividad 01: Conducción y Administración del Instituto Provincial del Agua -Ejercicio 2019.
Articulo 5°.- Regístrese por el Ministerio de Coordinación de Gabinete, comuníquese a la Dirección General de Administración de Personal, vuelva al organismo Oficial para su posterior trámite y cumplido ARCHÍVESE.
RESOLUCIÓN XXVI N° 04