RAWSON, 06 DIC 2019

VISTO:

El Expediente N° 488-DGR-18; y

CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, se solicita modificar a partir de la fecha del presente Decreto, la estructura orgánico funcional, aprobada mediante Decreto N° 1802/16, de la Dirección General Contenidos Digitales - Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaría General de Coordinación de Gabinete dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete, eliminándose el Departamento de Contenidos;
Que se procede a modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 10: Ministerio de Coordinación de Gabinete - SAF: 10 - Programa 4: Conducción de la Subsecretaría de Modernización del Estado - Actividad 1: Conducción de la Subsecretaría de Modernización del Estado eliminándose de Planta Permanente: un (1) cargo Nivel II - Agrupamiento Personal Jerárquico e incrementándose un (1) cargo Nivel II - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente en la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 32 - Programa 23: Recaudación y Fiscalización de Ingresos - Actividad 1: Recaudación y Fiscalización de Ingresos;
Que se procede a modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, el Plantel Básico de la Dirección General Contenidos Digitales - Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaría General de Coordinación de Gabinete dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete eliminándose el Departamento de Contenidos -Nivel II - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente y, de la Dirección General de Rentas dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público creándose un (1) cargo Especialista en Comunicación y Publicidad - Código 4-165 - Nivel II - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente;
Que la Ley H N° 180 modificada por las Leyes II N° 186, II N° 208 y II N° 211, prorrogada por Decreto N° 01/19 y Ley II N° 223; en su Artículo 13 o- Apartado 1 - inciso a) - punto 5, faculta al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones en la Planta Presupuestaria de Personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no de un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón;
Que se solicita trasladar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente KUBISZ, Nidia Ricardina cargo Jefe de Departamento de Contenidos - Nivel II -Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente de la Dirección General Contenidos Digitales - Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaría General de Coordinación de Gabinete dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete, al cargo Especialista en Comunicación y Publicidad - Código 4-165 - Nivel II - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente de la Dirección General de Rentas dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 19° de la Ley I N° 74;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se imputará en la Jurisdicción 30: Ministerio de . Economía y Crédito Público - SAF: 32 - Programa 23: Recaudación y Fiscalización de Ingresos - Actividad 1: Recaudación y Fiscalización de Ingresos; conforme se desprende del informe emitido por la Dirección de Administración y Finanzas de la Dirección General de Rentas, obrante a fojas 86 a 88 vuelta, inclusive;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha intervenido en el presente trámite;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificase a partir de la fecha del presente Decreto, la estructura orgánico funcional, aprobada mediante Decreto N° 1802/16, de la Dirección General Contenidos Digitales - Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado -Secretaría General de Coordinación de Gabinete dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete, eliminándose el Departamento de Contenidos, de acuerdo al Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Modificase, a partir de la fecha del presente Decreto, el detalle analítico de la Plan ta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 10: Ministerio de Coordinación de Gabinete - SAF: 10 - Programa 4; Conducción de la Subsecretaría de Modernización del Estado - Actividad 1: Conducción de la Subsecretaría de Modernización del Estado eliminándose de Planta Permanente: un (1) cargo Nivel II - Agrupamiento Personal Jerárquico e incrementándose un (1) cargo Nivel II - Agrupamiento Personal Profesional -Planta Permanente en la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 32 - Programa 23: Recaudación y Fiscalización de Ingresos - Actividad 1: Recaudación y Fiscalización de Ingresos; de acuerdo a los Anexos N° II y N° III, que forman parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 3°.- Modificase, a partir de la fecha del presente Decreto, el Plantel Básico de la Dirección General Contenidos Digitales - Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaría General de Coordinación de Gabinete dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete eliminándose el Departamento de Contenidos -Nivel II - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente y, de la Dirección General de Rentas dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público creándose un (1) cargo Especialista en Comunicación y Publicidad - Código 4-165 - Nivel II - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente.-
Artículo 4°.- Trasládase, a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente KUBISZ, Nidia Ricardina (M.I.N° 27.092.145 - Clase 1979) cargo Jefe de Departamento de Contenidos - Nivel II - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente de la Dirección General Contenidos Digitales - Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Secretaría General de Coordinación de Gabinete dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete, al cargo Especialista en Comunicación y Publicidad - Código 4-165 - Nivel II - Agrupamiento Personal Profesional - Planta Permanente de la Dirección General de Rentas dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 19° de la Ley I N° 74.-
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará a la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 32 - Programa 23: Recaudación y Fiscalización de Ingresos - Actividad 1: Recaudación y Fiscalización de Ingresos.-
Artículo 6°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Esta¬do en los Departamentos Coordinación de Gabinete y de Economía y Crédito Público.-
Artículo 7°.-Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-

DECRETO N° 1440/19