RAWSON, 21 ENERO 2020

VISTO:
El Expediente N° 7/2020-SGG; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley I - N° 667 se procede a modificar la estructuras de las áreas Ministeriales, Secretarías Generales y Secretarías, que componen la Administración Central, creando y readecuando las competencias asignadas a cada área;
Que se dejan sin efecto las designaciones mencionadas en el Anexo N° I, a del 10 de Diciembre de 2019;
Que en tal sentido, al crearse la Secretaría General de Gobierno, se procederá a confirmar a los funcionarios que cumplían funciones en el ex Ministerio de Coordinación de Gabinete, y que continuarán desempeñándose en la Secretaría General mencionada, en los cargos conforme el Anexo N° II (hojas 1 y 2), a partir del 10 de Diciembre de 2019;
Que se propone designar a los funcionarios que figuran en el Anexo N° III, a partir del 10 de Diciembre de 2019;
Que deberá exceptuarse el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el Artículo 32° de la Ley I N° 18, del Digesto Jurídico, por aplicación del punto 3) del mismo Artículo y norma legal;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 251 del Digesto Jurídico;
Que las designaciones propuestas en el presente Decreto, se encuentran sujetas a la existencia de cargos y crédito presupuestario;
Que la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1-Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto
por el Artículo 32° de la Ley I N° 18, del Digesto Jurídico, por aplicación del punto 3) del mismo Artículo y norma legal.-
Artículo 2-Dejar sin efecto las designaciones mencionadas en el Anexo N° I, a partir del 10 de Diciembre de 2019.-
Artículo 3°.- Confirmar a los funcionarios que cumplían funciones en el ex Ministerio de Coordinación de Gabinete, y que continuarán desempeñándose en la Secretaría General mencionada, en los cargos conforme el Anexo N° II (hojas 1 y 2), a partir del 10 de Diciembre de 2019.-
Artículo 4°.- Designar a los funcionarios que figuran en el Anexo N° III, conforme
el cargo expuesto, a partir del 10 de Diciembre de 2019.-
Artículo 5°.- Las designaciones propuestas en el presente Decreto, se encuentran
sujetos a la existencia de cargos y crédito presupuestario.-
Artículo 6°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará en la Jurisdicción 10 - Secretaria General de Gobierno - SAF 10 -Secretaria General de Gobierno - Programa 1 - Conducción de la Secretaria General de Gobierno - Actividad 1 - Conducción, Ejecución y Administración de la Secretaría General de Gobierno - Actividad 4 - Administración de Personal -Programa 3 - Despacho y Personal - Actividad 1 - Despacho y Personal.-
Artículo 7°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, y de Economía y Crédito Público.-
Artículo 8°.- Regístrese, comuniqúese,notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-


DECRETO 53/2020