RAWSON, 24 ENE 2020

VISTO:

El Expediente N° 0065-MDSFMyJ-2020; y

CONSIDERANDO:

Que Artículo 155° inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial, con las exigencias y formalidades establecidas en la Constitución y en la Ley;
Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 667;
Que en virtud de lo expuesto, la Ministro de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, gestiona designar al señor Carlos Antonio CUNDARI, en el cargo de Secretario Privado de la Subsecretaría de Desarrollo Social, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que corresponde dejar sin efecto el Decreto N° 546/18, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 - Programa 3 Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social - Actividad 1 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social - Ejercicio 2020;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto el Decreto 546/18, partir de la fecha del presente Decreto, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, al señor Carlos Antonio CUNDARI (M.I. N° 12.572.946 - Clase 1958) en el cargo de Secretario Privado de la señora Subsecretaría de Desarrollo Social - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el presente trámite será imputado en la Jurisdicción 40 Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 - Programa 3 Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social - Actividad 1 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social – Ejercicio 2020.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 72/2020