RAWSON, 11 FEB 2020
VISTO: El Expediente N° 01 - SCTIPyC - 2019; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley I- N° 667 se procede a modificar la estructura de las áreas ministeriales, secretarías generales y secretarías, que componen la Administración Central, creando y readecuando las competencias asignadas a cada área;
Que en tal sentido, y para lograr una adecuada articulación entre los organismos existentes, los creados mediante el dictado de la Ley I - N°667, y una ordenada prestación de las tareas encomendadas, resulta necesario establecer la estructura de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que es necesaria la modificación de las estructuras aprobadas mediante los Decretos N° 165/10, 2138/10, 146/12, 1460/12, 656/13, 137/14, 830/14, 47/15, 81/15, 920/17 y 597/18, serán a partir del 10 de diciembre de 2019;
Que se deberá transferir la ex Secretaría de Cultura y la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva a la órbita de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura creada por Ley I - N°667;
Que asimismo se deberá transferir a la órbita de la Secretaria de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, la Subsecretaría de "Estrategias y Políticas Territoriales de Innovación Productiva", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, con sus Direcciones Generales;
Que se deberá transferir a la órbita de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, la Subsecretaría de "Articulación Científica y Tecnológica", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, con todas sus dependencias;
Que se deberá transferir a la órbita de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, la Subsecretaría de "Coordinación Cultural", la cual se denominará Subsecretaría de "Acción, Coordinación Territorial, Industrias Culturales y Artesanías";
Que se propone la creación de la Subsecretaría de "Planificación Estratégica y Comunicación Institucional" con dependencia directa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que la Dirección General de "Políticas y Gestión en Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, se transferirá a la Subsecretaría de Estrategias y Políticas Territoriales de Innovación Productiva, de la Secretaria de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que la Dirección General de "Gestión Territorial de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, se transferirá a la Subsecretaría de Estrategias y Políticas Territoriales de Innovación Productiva, de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que la Dirección General de "Comunicación y Cultura Científica Tecnológica", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, se transferirá a la Subsecretaría de Articulación Científica y Tecnológica de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que la Dirección de "Comunicación Institucional", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, se transferirá a la Dirección General de Comunicación y Cultura Científica Tecnológica de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y (Cultura;
Que el Departamento de "Diseño, Producción Audiovisual y Comunicación Institucional", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, se transferirá a la dirección de "Comunicación Institucional" de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que el Departamento de "Información y Comunicación Digital", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, se transferirá a la Dirección de Comunicación Institucional de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que la Dirección General de "Coordinación Institucional", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, se transferirá a la Subsecretaría de Articulación Científica y Tecnológica de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que la Dirección de "Gestión de Programas, Proyectos y Formación", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, se transferirá a la Dirección General de "Coordinación Institucional" de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que el Departamento de "Seguimiento de Programas y Proyectos", antes dependiente de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, se transferirá a la Dirección de Gestión de Programas, Proyectos y Formación, de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que la Dirección "Vigilancia Tecnológica e Inteligencia Competitiva", antes dependiente de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, se transferirá a la órbita de la Dirección General de "Coordinación Institucional, de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y se denominará Dirección de "Sistemas y Redes Informáticas";
Que se propone la transferencia de la Dirección General de "Planificación y Coordinación", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Subsecretaría de Planificación Estratégica y Comunicación Institucional de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y se denominará Dirección General de "Logística, Intendencia y Coordinación de Recursos";
Que el Departamento "Intendente Centro Cultural", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura se transferirá a la Dirección General de Logística, Intendencia y Coordinación de Recursos de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberán transferir las divisiones de "Mayordomía", de "Mantenimiento" y de "Automotores y Choferes", antes dependientes de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento Intendente Centro Cultural, de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la Dirección General de "Patrimonio Cultural", antes Dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Subsecretaría de Planificación Estratégica Comunicación Institucional de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la Dirección de "Museos y Biblioteca Pública Provincial", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir el Departamento de "Museos", el Departamento de 'Biblioteca Pública Provincial Presbítero Bernardo Vacchina" y el Departamento Provincial 'Museo de Ciencias Naturales y Oceanógrafico Puerto Madryn", antes dependientes de la 3x Secretaría de Cultura, a la Dirección de Museos y Biblioteca Pública Provincial de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir las Divisiones "Museo Familia Perón" y "Museo Soldado de Malvinas", antes dependientes de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento de Museos de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la Dirección de "Investigación", antes dependiente de la 3x Secretaría de Cultura, a la Dirección General de "Patrimonio Cultural" de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberán transferir los Departamentos de "Archivo Histórico", de 'Patrimonio Cultural Tangible" y de "Estudios Históricos y Arqueológicos", antes dependientes de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Investigación de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la Dirección General de "Acción e Industrias Culturales", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Subsecretaría de Acción, Coordinación Territorial, Industrias Culturales y Artesanías de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir el Departamento de "Artesanías", antes dependiente de a ex Secretaría de Cultura, a la Dirección General de Acción e Industrias Culturales de la |Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la División "Desarrollo de las Artesanías", antes
dependiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento de Artesanías de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la Dirección de "Promoción y Producción Cultural" antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección General de Acción e Industrias Culturales de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberán transferir los Departamentos de "Literatura y Edición de Textos",
industrias Culturales", "Artes Escénicas e Integración Socio Cultural", "Expresiones
cales y Danzas" y "Acción Cultural y Artes Visuales", antes dependientes de la ex
secretaría de Cultura, a la Dirección de Promoción y Producción Cultural de la Secretaría
ciencía, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la División "Integración Socio Cultural", antes endiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento de Artes Escénicas e integración Socio Cultural de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la División "Danzas", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento de Expresiones Musicales y Danzas de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la Dirección de "Planificación Cultural", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Subsecretaría de Acción, Coordinación Territorial, Industrias Culturales y Artesanías de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, innovación Productiva y Cultura;
Que se deberán transferir los Departamentos de "Gestión Cultural" y de "Registro \/ Archivos", antes dependientes de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Planificación Cultural de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y cultura;
Que se propone la creación de la Dirección General de "Asesoría Legal" con dependencia directa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir el Departamento de "Redacción y Control Formal de Actos Administrativos", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y se denominará Departamento de Redacción y Control Formal de Instrumentos Legales";
Que se deberá crear la Dirección General de "Administración", con dependencia Directa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la Dirección de "Administración", antes dependiente de la |ex Secretaría de Cultura, a la Dirección General de Administración de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y se denominará Dirección de "Coordinación Administrativa";
Que se deberá transferir el Departamento de "Tesorería", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir el Departamento de "Tesorería", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y se denominará Departamento de "Fondo Rotatorio";
Que se deberá transferir el Departamento de "Despacho", antes dependiente de la x Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura y se denominará Departamento de "Registro y Despacho";
Que se deberá transferir el Departamento de "Personal y Despacho", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir el Departamento de "Licitaciones y Compras", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Coordinación Administrativa ie la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y se denominará Departamento de "Compras";
Que se deberá transferir el Departamento de "Compras", antes dependiente de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación 3roductiva y Cultura, y se denominará "Licitaciones";
Que se deberá transferir el Departamento de "Contabilidad y Presupuesto", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Coordinación Administrativa te la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y se denominará Contabilidad";
Que se deberá transferir el Departamento de "Contabilidad y Presupuesto", antes
dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, innovación Productiva y Cultura, y se denominará "Presupuesto";
Que se deberá transferir la División de "Patrimonio", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento de Compras de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la División "Mesa de Entradas y Salidas", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento de Registro y Despacho de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la División de "Rendiciones", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento de "Contabilidad" de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la División de "Fondo Rotatorio", antes dependiente de la
Secretaría de Cultura, al Departamento "Fondo Rotatorio" de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se deberá transferir la Unidad de Cultura Tecnológica e Innovación productiva N° 1, antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e innovación Productiva, a la órbita de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que de acuerdo a los considerandos que anteceden se deberá eliminar de la Estructura de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, la Dirección General de "Gestión Tecnológica e Innovación", la Dirección General de "Innovación y Desarrollo en Recursos Oceánicos", la Dirección de "Redes Institucionales en Ciencia, Tecnología e Innovación", la Dirección de "Estudios Sectoriales", la Dirección de "Políticas y Estrategias", la Dirección de "Acción Territorial", la Dirección de "Asuntos Jurídicos", la Dirección de "Coordinación Administrativa y Personal", el Departamento de "Apoyo a Consejos y Sistemas de Innovación", el Departamento de "Seguimiento de Formación", el Departamento "Personal" y la División de "Fondo Rotatorio", de acuerdo a los Anexos N° I, II, III y IV;
Que se deberá modificar el detalle analítico de las plantas presupuestarias de Personal en la Jurisdicción 66 Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - SAF 66 Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura -Programa 1 - Conducción de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - Programa 16 - Popularización de la Ciencia y la Tecnología - Actividad 1 -Popularización de la Ciencia y la Tecnología - Programa 17 - Programa de Innovación y Desarrollo - Actividad 1 - Programa de Innovación y Desarrollo - Programa 18 - Instituto Provincial de Investigación y Recursos del Mar - Actividad 1 - Instituto Provincial de Investigación y Recursos del Mar, de acuerdo a los Anexos N° I, II, III y IV;
Que atento a la necesidad de optimizar los recursos humanos de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura y de adecuarlos a las necesidades reflejadas durante la gestión, resulta necesario aprobar las misiones, funciones y requisitos de todos los cargos conforme el Anexo N°VII;
Que se deberá Modificar el Plantel Básico de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, eliminando 1 (un) cargo Secretario del Secretario Agrupamiento Autoridades Superiores, 2 (dos) cargos Director General Personal Fuera de Nivel y 6 (seis) cargos Director Agrupamiento Personal Jerárquico, e incrementando 1 (un) cargo Subsecretario Agrupamiento Autoridades Superiores, 2 (dos) cargos de Directores Generales y 1 (un ) cargo Personal de Gabinete;
Que el Artículo 21° de la Ley I N° 451 autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias y contables a los efectos de perfeccionar la transferencia de facultades, atribuciones, recursos humanos, económicos, crear cargos, misiones y funciones, necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la misma;
Que las transferencias mencionadas en los considerandos que anteceden, se realizan con sus respectivos Cargos, Recursos Humanos y Bienes Patrimoniales;
Que las designaciones en la nueva Estructura Orgánica Funcional, estarán sujetas a la existencia de cargos y crédito presupuestario;
Que se deberá exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad, dispuesto por el Artículo 32° de la Ley I N°18, por aplicación del punto 3) del mismo Artículo y norma legal;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 251 del Digesto Jurídico;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1º.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad, dispuesto por el Artículo 32° de la Ley I Na 18, por aplicación del punto 3) del mismo Articulo y norma legal.-
Artículo 2°.- Aprobar el Detalle Analítico de las Plantas Presupuestarias de Personal en la Jurisdicción 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - SAF 66 Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, de acuerdo a los Anexos N° I, II, III, IV y V.-
Artículo 3°.- Modificar el Plantel Básico de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, eliminando 1 (un) cargo Secretario del Secretario Agrupamiento Autoridades Superiores, 2 (dos) cargos Director General Personal Fuera de Nivel y 6 (seis) cargos Director Agrupamiento Personal Jerárquico, incrementando 1 (un) cargo Subsecretario Agrupamiento Autoridades Superiores, 2 (dos) cargos de Directores Generales y 1 (un) cargo Personal de Gabinete.-
Artículo 4°.- Aprobar, a partir del 10 de diciembre de 2019, la estructura orgánico - funcional de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, la cual quedará conformada de acuerdo al Anexo N° VI (Hojas 1 a 11) que forman parte integrante del presente Decreto
Artículo 5°.- Transferir a la órbita de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación
Productiva y Cultura, la ex Secretaría de Cultura y la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.
-Artículo 6°.- Transferir a la órbita de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación
Productiva y Cultura, la Subsecretaría de "Estrategias y Políticas Territoriales de Innovación Productiva" con todas sus Direcciones Generales, antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.
-Articulo 7°.- Transferir a la órbita de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación
Productiva y Cultura, la Subsecretaría de "Articulación Científica y Tecnológica" con todas sus Direcciones Generales, Direcciones y Departamentos, antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.-
Artículo 8°.- Transferir a la órbita de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación
Productiva y Cultura, la Subsecretaría de "Coordinación Cultural" y se denominará Subsecretaría de "Acción, Coordinación Territorial, Industrias Culturales y Artesanías".-
Artículo 9".- Crear la Subsecretaría de "Planificación Estratégica y Comunicación
Institucional" bajo la órbita de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 10°.- Transferir la Dirección General de "Políticas y Gestión en Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Subsecretaría de Estrategias y Políticas Territoriales de Innovación Productiva de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 11º: Transferir la Dirección General de "Gestión Territorial de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Subsecretaría de Estrategias y Políticas Territoriales de Innovación Productiva de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 12°.- Transferir la Dirección General de "Comunicación y Cultura Científica Tecnológica", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Subsecretaría de Articulación Científica y Tecnológica de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 13° - Transferir la Dirección de "Comunicación Institucional", dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección General de Comunicación y Cultura Científica y Tecnológica de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artlculo 14°.- Transferir el Departamento de "Diseño, Producción Audiovisual y Comunicación Institucional", dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Comunicación Institucional de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura-
Artículo 15°.- Transferir el Departamento de "Información y Comunicación Digital", depen-diente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección de Comunicación Institucional de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura-
Articulo 16°.- Transferir la Dirección General de "Coordinación Institucional", dependiente
de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Subsecretaría de Articulación Científica y Tecnológica de la Secretaria de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 17°.- Transferir la Dirección de "Gestión de Programas, Proyectos y Formación", dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección General de Coordinación Institucional de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Articulo 18°.- Transferir el Departamento de "Seguimiento de Programas y Proyectos", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección de Gestión de Programas, Proyectos y Formación de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 19°.-Transferir la Dirección "Vigilancia Tecnológica e Inteligencia Competitiva",
antes dependiente de ia ex Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva, a la Dirección General de Coordinación Institucional de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva, y se denominará "Sistemas y Redes Informáticas".-
Artículo 20°.- Transferir la Dirección General de "Planificación y Coordinación", antes Dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Subsecretaría de Planificación Estratégica y Comunicación institucional de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y se denominará "Logística, Intendencia y Coordinación de Recursos"-
Artículo 21 *.- Transferir el Departamento "Intendente Centro Cultural", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección General de Logística, Intendencia y Coordinación de Recursos de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura-
Artículo 22° - Transferir |as divisiones de "Mayordomía", de "Mantenimiento" y de "Automotores y Choferes", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento Intendente Centro Cultural de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura-
Articulo 23o- Transferir la Dirección General de "Patrimonio Cultural", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Subsecretaría de Planificación Estratégica y Comunicación Institucional de la Secretaría de Ciencia, Tecnología. Innovación Productiva y Cultura-
Artículo 24º- Transferir la Dirección de "Museos y Biblioteca Pública Provincial'' dependiente de la ex Secretaria de Cultura, a la Dirección Generai de Patrimonio Cultural de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, innovación Productiva y Cultura-
Artículo 25°.- Transferir el Departamento de "Museos", el Departamento de "Biblioteca Pública Provincial Presbítero Bernardo Vacchina" y el Departamento Provincial "Museo de Ciencias Naturales y Oceanógrafico Puerto Madryn antes dependientes de ia ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Museos y Biblioteca Pública Provincial de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura
Artículo 26°.-Transferir las Divisiones 'Museo Familia Perón" y "Museo Soldado de Malvinas", antes dependiente de ia ex Secretaria de Cultura, ai Departamento de Museos de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Articulo 27°.- Transferir la "Dirección de Investigación", antes dependientes de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección General de Patrimonio Cultural de ia
Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 28º- Transferir los Departamentos de "Archivo Histórico", de "Patrimonio Cultural Tangible" y "Estudios Históricos y Arqueológicos", antes dependientes de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Investigación de la Secretaria de Ciencia Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artípulo 29°.- Transferir la Dirección General de "Acción e Industrias Culturales", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Subsecretaría de Acción,
Coordinación Territorial, Industrias Culturales y Artesanías de la Secretaría de Ciencia,
Tecnología, Innovación Productiva y Cultura-
Artículo 30°.- Transferir el Departamento "Artesanías", antes dependiente de la ex Secre¬taría de Cultura, a la Dirección General de Acción e Industrias Culturales de
la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 31°.- Transferir la División "Desarrollo de las Artesanías", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento de Artesanías de la Secretaría de
Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 32°.- Transferir la Dirección de "Promoción y Producción Cultural" antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección General de Acción
e Industrias Culturales de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y
Cultura.-
Artículo 33°.- Transferir los Departamentos de "Literatura y Edición de Textos", "Industrias
Culturales", "Artes Escénicas e Integración Socio Cultural", "Expresiones Musicales y Danzas" y "Acción Cultural y Artes Visuales", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Promoción y Producción Cultural de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura-
Artículo 34".- Transferir la División "Integración Socio Cultural", antes dependiente de la ex
Secretaría de Cultura, al Departamento de Artes Escénicas e Integración Socio Cultural de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva y Cultura-
Artículo 35°.- Transferir la División "Danzas", antes dependiente de la ex Secretaría de
Cultura, al Departamento de Expresiones Musicales y Danzas de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 36°.- Transferir la Dirección de "Planificación Cultural", antes dependiente de la ex
Secretaría de Cultura, a la Subsecretaría de Acción, Coordinación Territorial, Industrias Culturales y Artesanías de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 37°.- Transferir los Departamentos de "Gestión Cultural" y "Registro y Archivos",
antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Planificación Cultural de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 38°.- Crear la Dirección General de "Asesoría Legal" con dependencia directa
de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 39°.- Transferir el Departamento de "Redacción y Control Formal de Actos
Administrativos", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección General de Asesoría Legal de la Setaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y modificar su denominación por "Redacción y Control Formal de Instrumentos Legales".-
Artículo 40°.: Crear la Dirección General de "Administración" con dependencia directa de
la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo41º - Transferir la Dirección de "Administración", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección General de Administración de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura y modificar su denominación por Dirección de "Coordinación Administrativa" -
Artículo 42°.- Transferir el Departamento de "Tesorería", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura-
Artículo 43°- Transferir el Departamento de "Tesorería", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y modificar su denominación por "Fondo Rotatorio".-
Artículo 44°- Transferir el Departamento de "Despacho", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y modificar su denominación por "Registro y Despacho".-
Artículo 45°.- Transferir el Departamento de "Personal y Despacho", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 46°.- Transferir el Departamento de "Licitaciones y Compras", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y modificar su denominación por "Compras".-
Artículo 47°- Transferir el Departamento de "Compras", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaria de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y modificar su denominación por "Licitaciones".-
Artículo 48°.- Transferir el Departamento de "Contabilidad y Presupuesto", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y modificar su denominación por "Contabilidad".-
Artículo 49°.- Transferir el Departamento de "Contabilidad y Presupuesto", antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la Dirección de Coordinación Administrativa de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, y modificar su denominación por "Presupuesto".-
Articulo 50°.- Transferir la división de "Patrimonio", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento de "Compras" de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Articulo 51°.- Transferir la división de "Mesa de Entradas y Salidas", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento de "Registro y Despacho" de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 52°.- Transferir la división de "Rendiciones", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento de "Contabilidad" de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 53°-Transferir la división de "Fondo Rotatorio", antes dependiente de la ex Secretaría de Cultura, al Departamento Fondo Rotatorio de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artículo 54°- Transferir la Unidad de Cultura Tecnológica e Innovación Productiva N° 1, antes dependiente de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a la órbita de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura.-
Artlculo 55°.- Las transferencias mencionadas en los artículos que anteceden, se realizarán con sus respectivos Cargos, Recursos Humanos y Bienes Patrimoniales.-
Artículo 56°.- Eliminar de la Estructura de la ex Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innova-ción Productiva, la Dirección General de "Gestión Tecnológica e Innovación", la Dirección General de "Innovación y Desarrollo en Recursos Oceánicos", la Dirección de "Redes Institucionales en Ciencia, Tecnología e Innovación", la Dirección de "Estudios Sectoriales", la Dirección de "Políticas y Estrategias", la Dirección de "Acción Territorial", la Dirección de "Asuntos Jurídicos", la Dirección de "Coordinación Administrativa y Personal", el Departamento de "Apoyo a Consejos y Sistemas de Innovación", el "Departamento de Seguimiento de Formación", el Departamento "Personal" y la División de "Fondo Rotatorio", de acuerdo a los Anexos N° l,ll,lll y IV.-
Artículo 57°.- Aprobar las misiones, funciones y requisitos de los cargos transferidos, modificados y creados, de acuerdo al Anexo N° Vil (Hojas 1 a 64) que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 58°.-.Las designaciones en la nueva Estructura Orgánica Funcional, estarán sujetas
a la existencia de cargos y crédito presupuestario;.-
Artículo 59°.-. El gasto que demande el presente decreto será imputado en la Jurisdicción 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - SAF 66 - Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - Programa
1 - Conducción de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura -Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura - Programa 16 - Popularización de la Ciencia y la Tecnología - Actividad 1 -Popularización de la Ciencia y la Tecnología - Programa 17 - Programa de Innovación y Desarrollo - Actividad 1 - Programa de Innovación y Desarrollo - Programa 18 - Instituto Provincial de Investigación y Recursos del Mar - Actividad 1 - Instituto Provincial de Investigación y Recursos del Mar - Programa 28 - Acción Cultural - Actividad 1 -Fortalecimiento y Construcción de Políticas Culturales.Artículo 60°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, y de Economía y Crédito Publico
Artículo 61 º Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.







DECRETO Nº 133