RAWSON 11 DE JUNIO 2020

VISTO:
El Expediente N° 0296 - MDSFMyJ-2020; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente del Visto, se procedió a recaratular el Expediente 645-MFyPS-2019 en virtud de la Ley I N° 667;
Que el Artículo 155° inciso 3) de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover, a los funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial, con las exigencias y formalidades establecidas en la Constitución y en la Ley;
Que es competencia de cada Ministro Secretario proponer al Poder Ejecutivo el nombramiento y la remoción del personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece la Ley I N° 667;
Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la designación del agente Marcelo Eduardo AMITRANO, cargo Chofer - Categoría 4-A - Agrupamiento Personal Servicios Generales - Planta Temporaria, dependiente de la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores, a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, ambos cargos con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia - Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que por lo expuesto, el agente Marcelo Eduardo AMITRANO ye liará acreedor de la diferencia salarial existente entre su cargo de revista y el cargo Director - Categoría 1-C Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la Ley I N° 74;
Que en virtud del trámite que se gestiona, el agente Marcelo Eduardo AMITRANO percibirá el Adicional por Dedicación Exclusiva, establecido en el Artículo 5° o inciso h) de la Ley I N°114;
Que se entiende por Dedicación Exclusiva al régimen de trabajo que exige al agente cumplir con cuarenta y cuatro (44) horas semanales de labor, distribuidas según las necesidades del servicio en casos excepcionales, más la concurrencia fuera de este horario o cuantas veces resultare necesario por razones de servicio sin perjuicio del franco semanal y licencias reglamentarias;
Que el agente Marcelo Eduardo AMITRANO no ha percibido remuneración alguna por la Dirección del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew;
Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente trámite;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 251;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Marcelo Eduardo AMITRANO (M.I. N° 17.933.174 - Clase 1966) cargo Chofer - Categoría 4-A Agrupamiento Personal Servicios Generales - Planta Temporaria, dependiente de la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores, a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, ambos cargos con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia - Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- El agente Marcelo Eduardo AMITRANO (M.I. N° 17.933.174 - Clase 1966) se
hará acreedor de la diferencia salarial existente entre su cargo de Revista cargo Chofer - Categoría 4-A - Agrupamiento Personal Servicios Generales - Planta Temporaria, dependiente de la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores y el cargo que subrogará Director del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, ambos cargos con 44 horas semanales de labor, de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia - Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, conforme lo prescrito en el Artículo 105° de la Ley I N° 74.-Artículo 3°.- El agente Marcelo Eduardo AMITRANO (M.I. N° 17.933.174 - Clase 1966)
percibirá el Adicional por Dedicación Exclusiva, establecido en el Artículo 5° inciso h) de la Ley I N° 114, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud SAF 40 - Programa 19 - Atención al Niño, Adolescente y Familia - Actividad 1 - Conducción y Administración Atención Niño, Adolescente y Familia.-
Artículo 5°.- El presente decreto sera refrenado por la señora Ministro Secretaria de Estado en el Departamento de Desarrollo Social, Familia y Mujer y Juventud y por el señor Ministro Secretaria de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.
Articulo 6°.- Registrese, comuniquese dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-
DECRETO N° 482/2020.