RAWSON 20 DE ENERO 2020

VISTO:
El Expediente N°001 /20-SP y la Ley I N° 667; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto, se tramita la modificación de la Estructura Orgánica Funcional de la Secretaria de Pesca a partir del 10 de Diciembre de 2019;
Que es necesaria la modificación de la estructura orgánica funcional aprobada mediante el Decreto N° 41/2015;
Que de conformidad con el artículo 24° de la Ley I N° 667 se otorgan las atribuciones de la creada Secretaría de Pesca;
Que en ese marco, a la Secretaría le compete asistir al Gobernador en los asuntos relativos a la asistencia, control y fiscalización de las actividades pesqueras, en la planificación e implementación de las políticas referidas a recursos eticólas provinciales, en la adopción de políticas económicas que promuevan el crecimiento regional sustentable del sector pesquero y la participación de los habitantes de la Provincia en la obtención de una equitativa distribución de la riqueza, entre otras funciones particulares;
Que por su parte la Ley citada establece que cada Ministro y Secretario podrá proponer la estructura orgánica que estime necesaria, de conformidad con las exigencias de sus respectivas áreas de competencias;
Que es necesario modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de la Jurisdicción 61 - Secretaria de Pesca - SAF 61: Secretaria de Pesca -Programa 1: Conducción de la Secretaria de Pesca - Actividad 1: Conducción de la Secretaria de Pesca - Programa 17: Desarrollo Pesquero- Actividad 1: Pesca Continental y Actividad 3: Conducción Desarrollo Pesquero, creándose Un (1) cargo de Subsecretario, y Dos (2) cargos de Director General, eliminándose del Programa 1: Conducción de la Secretaria de Pesca - Actividad 1: Conducción de la Secretaria de Pesca Un (1) Cargo de Director Personal Agrupamiento Jerárquico Categoría 18, Un (1) Cargo Agrupamiento Técnico Administrativo Nivel III, Un (cargo) Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Obrero Nivel II, Un (1) cargo Agrupamiento Servicios y Servicios Generales Nivel III - Programa 17: Desarrollo Pesquero- Actividad 1 Un (1) Cargo Director General, Un cargo Profesional Nivel II - Categoría 15 y Un Cargo Profesional Nivel III - Categoría 11 y del Programa 17: Desarrollo Pesquero - Actividad 3: Conducción Desarrollo Pesquero Un (1) Cargo de Director Personal Agrupamiento Jerárquico Categoría 18, según Anexo I (hojas 1 a 3) del presente Decreto;
Que se solicita la creación de la Subsecretaría de Puertos;
Que se solicita eliminar la Dirección de Puertos y Explotación Directa y crear la Dirección General de Puertos y Explotación Directa, la cual dependerá de la Subsecretaría de Puertos;
Que de la Dirección General de Puertos y Explotación Directa dependerán los Departamentos: Secretaría, Habilitaciones, Registros y Despacho; Administrativo Contable; Puerto Rawson y Puerto Camarones, antes dependientes de la Dirección de Puertos y Explotación Directa;
Que de igual modo se solicita eliminar la Dirección de Control y Fiscalización y crear la Dirección General de Control y Fiscalización, la cual dependerá de la Subsecretaría de Pesca;
Que de la Dirección General de Control y Fiscalización dependerán los Departamentos Monitoreo Satelital, Delegación Zona Sur, Delegación Zona Norte antes dependientes de la Dirección de Control y Fiscalización;
Que se solicita cambiar la dependencia de la Dirección de Infracciones y Sanciones Pesqueras dependiente de la Dirección General de Asuntos Legales,
del Departamentos Mesa de Entrada y su División Despacho dependientes de la Dirección de Recursos Humanos y del Departamento Permisos y sus Divisiones MEISZNER Permisos Pesca Industrial y División Permisos Pesca Artesanal dependientes de Gobierno la ex Dirección de Control y Fiscalización los cuales pasarán a depender de la Dirección General de Pesca;
Que es necesario cambiar las dependencias de la Dirección de Recursos Humanos y el Departamento Logística y Coordinación ambos dependientes de la Dirección General de Pesca y pasarán a depender de la Subsecretaría de Pesca;
Que se solicita el cambio de denominación y de dependencia del Departamento Asistencia y Legajos dependiente de la Dirección de Recursos Humanos, el que pasará a denominarse Coordinación Administrativa y dependerá de la Dirección General de Control y Fiscalización;
Que se solicita el cambio de denominación y de dependencia del Departamento Articulación Institucional dependiente de la Dirección General de Pesca, el que pasará a denominarse Departamento Asistencia y Legajos y dependerá de la Dirección de Recursos Humanos;
Que es necesario aprobar las Misiones, Funciones y Requisitos de los cargos creados en la órbita de la Secretaría de Pesca, según Anexo III (hojas 1 a 6);
Que es necesario dejar establecido que las designaciones en la nueva Estructura Orgánica Funcional, estarán sujetas a la existencia de disponibilidad presupuestaria;
Que a los efectos de dotar de operatividad a la nueva estructura, resulta conveniente que las designaciones se realicen en un acto administrativo independiente;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N°251;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Administración de Personal;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA
Artículo 1°- Exceptúese el presente trámite del criterio de irretroactividad dispues-to por el Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3) del mismo artículo y norma legal.-
Artículo 2°.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de la Jurisdicción 61 - Secretaría de Pesca - SAF 61: Secretaría de Pesca - la Secretaria de Pesca - Programa 17: Desarrollo Pesquero- Actividad 1: Pesca Continental y Actividad 3: Conducción Desarrollo Pesquero, creándose Un (1) cargo de Subsecretario, y Dos (2) cargos de Director General, eliminándose del Programa 1: Conducción de la Secretaría de Pesca - Actividad 1: Conducción de la Secretaria de Pesca Un (1) Cargo de Director Personal Agrupamiento Jerárquico Categoría 18, Un (1) Cargo Agrupamiento Técnico Administrativo Nivel III, Un (1) cargo Agrupamiento Mantenimiento, Producción y Obrero Nivel II, Un (1) cargo Agrupamiento Servicios y Servicios Generales Nivel III - Programa 17: Desarrollo Pesquero- Actividad 1 Un (1) Cargo Director General, Un (1) cargo Profesional Nivel II - Categoría 15 y Un Cargo Profesional Nivel III - Categoría 11 y del Pro-grama 17: Desarrollo Pesquero - Actividad 3: Conducción Desarrollo Pesquero Un (1) Cargo de Director Personal Agrupamiento Jerárquico Categoría 18, según Anexo I (hojas 1 a 3) del presente Decreto.-
Artículo 3°.- Aprobar a partir del 10 de diciembre de 2019 la modificación de la estructura Orgánico Funcional de la Secretaría de Pesca, conforme al Anexo II (hojas 1 a 2), que forma parte del presente Decreto.-Artículo 4°.- Aprobar la creación de la Subsecretaría de Puertos.-
Artículo 5°.- Eliminar la Dirección de Puertos Explotación Directa y crear la Dirección General de Puertos y Explotación Directa, dependiente de la Subsecretaría de Puertos.-
Artículo 6°.- Aprobar el cambio de dependencia de los Departamentos: Secretaría, Habilitaciones, Registros y Despacho; Administrativo Contable; Puerto Rawson y Puerto Camarones, que dependerán de la Dirección General de Puertos y Explotación Directa.-
Artículo 7°.- Eliminar la Dirección de Control y Fiscalización y crear la Dirección General de Control y Fiscalización; la cual dependerá de la Subsecretaría de Pesca.-
Artículo 8°.- Aprobar el cambio de dependencia de los Departamentos Monitoreo
Satelital, Delegación Zona Sur, Delegación Zona Norte, que dependerán de la Dirección General de Control y Fiscalización. -
Artículo 9°.- Aprobar el cambio de dependencia de la Dirección de Infracciones y
Sanciones Pesqueras dependiente de la Dirección General de Asuntos Legales y del Departamentos Mesa de Entrada y su División Despacho dependientes de la Dirección de Recursos Humanos y el Departamento Permisos y sus Divisiones Permisos Pesca Industrial y División Permisos Pesca Artesanal de la ex Dirección de Control y Fiscalización que dependerán de la Dirección General de Pesca.-
Artículo 10°.- Aprobar el cambio de dependencia de la Dirección de Recursos Humanos y del Departamento Logística y Coordinación, ambos dependientes de la Dirección General de Pesca y que dependerán de la Subsecretaría de Pesca.-
Artículo 11°.- Aprobar el cambio de denominación y de dependencia del Departamento Asistencia y Legajos dependiente de la Dirección de Recursos Humanos, el que pasará a denominarse Coordinación Administrativa, que dependerá de la Dirección General de Control y Fiscalización.-
Artículo 12°.- Aprobar el cambio de denominación y de dependencia del Depar¬tamento Articulación Institucional dependiente de la Dirección Ge¬neral de Pesca, el que pasará a denominarse Departamento Asistencia y Legajos y dependerá de la Dirección de Recursos Humanos.-
Artículo 13°.- Aprobar, las Misiones, Funciones y Requisitos de acuerdo al Anexo III (hojas 1 a 6), que forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 14°.- Las designaciones de la nueva Estructura Orgánica Funcional esta-rán sujetas a la existencia de disponibilidad presupuestaria, de cargos y masa salarial.-
Artículo 15°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 16°.- Regístrese, comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-


ANEXO III Hoja
SECRETARÍA DE PESCA SUBSECRETARÍA DE PUERTOS
MISIÓN:
• Asesorar al Secretario de Pesca en la actividad portuaria provincial y en todo lo vinculado a la temática portuaria y coordinar la relación entre la Secretaria y las Administraciones portuarias locales.
• A solicitud del Secretario, realizar propuestas de proyectos en todo lo atinente a la planificación y gestión portuaria, como así también en lo relativo a la formulación de proyectos de obras de mantenimiento, remodelación, ampliación o nuevos emprendimientos.

FUNCIONES:
• Optimizar la utilización de los recursos humanos y técnicos tendientes al cumplimiento de las funciones de la misma.-
• Coordinar, fiscalizar y controlar el funcionamiento de las Administraciones Portuarias locales.-
• Evaluar y asesorar al Secretario de Pesca acerca de la homologación de las tasas, tarifas, precios, arrendamientos, cánones, derechos de concesión , etc.,
• Evaluar y recomendar acerca de la homologación de las concesiones, locaciones, permisos y derechos reales de garantía, de las Administraciones Portuarias Locales.-
• Asesorar al Sr. Secretario de Pesca en oportunidad de resolver acerca de la habilitación de puertos destinados al uso recreativo o al comercio provincial.-
• Fiscalizar y controlar el desenvolvimiento de la actividad portuaria en general dentro de la Provincia y las gestiones que extraterritorialmente realicen los responsables de las distintas Administraciones portuarias.-
• Asesorar al Sr. Secretario de Pesca en la elaboración , modificación y aprobación de los Estatutos de las Administraciones Portuarias locales.-
• Asistir con voz y sin derecho a voto a las reuniones ordinarias y extraordinarias de las Administraciones Portuarias Locales cuando así lo crea conveniente.-
• Representar al Gobierno Provincial ante los Organismos Nacionales e Internacionales con incumbencia portuaria.-

REQUISITOS PARA EL CARGO

• Poseer título universitario y/o experiencia e idoneidad en la administración publica

ANEXO III Hoja 2
SECRETARIA DE PESCA
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS
DIRECCIÓN GENERAL DE PUERTOS Y EXPLOTACIÓN DIRECTA
MISIÓN:
• Asistir al Subsecretario de Puertos en la fijación de políticas y estratégicas dentro
del ámbito portuario, en los puertos bajo jurisdicción provincial e intervenir en lo
concerniente a la prestación de servicios y la infraestructura portuaria.
FUNCIONES:
• Representar ante terceros en los puertos de Rawson y camarones cuya
administración ejerce.
• Asistir al Subsecretario en materia de manejo administrativo de aquellos puertos cuya explotación este a su cargo.
• Promover y gestionar proyectos tendientes a mejorar la operatividad en todos los puertos con real injerencia
• A requerimiento del Sr. Subsecretario, brindar asesoramiento a las Administraciones Portuarias Locales en materia portuarias.
• Intervenir a solicitud del Sr. Subsecretario en la formulación de proyectos vinculados con obras portuarias.
• Participar a solicitud del Sr. Subsecretario en el desarrollo de pliego para licitaciones vinculadas a obras portuarias.

REQUISITOS PARA EL CARGO:
• Poseer tres (3) años de experiencia e idoneidad fehacientemente acreditada en la
administración de puertos. Titulo secundario.

ANEXO III Hoja 3

SECRETARÍA DE PESCA
SUBSECRETARÍA DE PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN
MISIÓN:
• Tendrá bajo su responsabilidad y dependencia directa la actividad, patrullaje y
control terrestre, marítimo y aéreo en aguas y costa jurisdiccionales, como la ad¬
ministración del sistema de posicionamiento satelital de embarcaciones.
FUNCIONES:
• Aplicar las leyes, decretos y demás normas tendientes a salvaguardar los recursos pesqueros provinciales.
• Controlar en lo concerniente al cobro de tasas, cánones y otros tributos o recaudaciones que se fijen en forma directa en relación con la Dirección General de Rentas y las otras dependencias de la Secretaria de Pesca y de los otros Ministerios o reparticiones provinciales.
• Controlar el cumplimiento de las obligaciones de la flota pesquera y el sector industrial, de acuerdo a la legislación vigente, en materia de información pesquera y de recaudación derivada de la política tarifaria.
• Contabilizar las recaudaciones y erogaciones provenientes de la aplicación de la Ley Impositiva en coordinación con la Dirección General de Rentas.
• Coordinar el control e inspecciones en las plantas pesqueras.
• Labrar las actuaciones administrativas que correspondan por la infracción a la legislación.
• Controlar, coordinar y supervisar a los inspectores y jefes responsables de cada área.
• Examinar y supervisar a los controles de buques, puertos, tránsito y los de entrada de materia prima a plantas de todo producto de la pesca y acuicultura.
• Requerir colaboración a los organismos competentes previa autorización de sus superiores.
• Coordinar el control de las descargas de las especies, como asimismo las artes de pesca, peso de cajones, y potencia de motor autorizados.
• Establecer un sistema de control de puertos y playas de operación.
• Coordinar el sistema de monitoreo satelital.
• Ordenar y coordinar las tareas a desarrollar por las áreas, dependencias y delegaciones bajo su cargo en cuestión de funciones, administrativas, de gestión y del personal.

REQUISITOS PARA EL CARGO:
• Título secundar completo y/o experiencia probada en la administración y
explotación de los recursos pequeros.

ANEXO III Hoja 4

SECRETARIA DE PESCA
SUBSECRETARÍA DE PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN
DEPARTAMENTO COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
MISIÓN:

• Atender e intervenir en el diligenciamiento de las actuaciones administrativas
dependientes de la Dirección General de Control y Fiscalización.
FUNCIÓN:
• Ordenar, entregar y recepcionar Guías de Transito de Pescados y Mariscos y Actas. -
• Asistir al Director General en las tareas administrativas, llevando el control de la documentación del área, para concretar las actuaciones y expedientes en forma ágil y eficiente. -
• Llevar en forma ordenada, clasificada y actualizada el archivo general del área. -
• Gestionar la adquisición de insumos para ser distribuidos en las Delegaciones dependientes de la Dirección General de Control y Fiscalización.-

REQUISITOS PARA EL CARGO:
• Titulo secundario o tres (3) años de antigüedad en la Administración Publica
Provincial relacionados con temas inherentes al cargo. -

ANEXO III Hoja 5
SECRETARÍA DE PESCA DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA
MISIÓN:
• Asistir al Secretario en la planificación e implementación de las políticas de control
y administración de los recursos acuícolas provinciales

FUNCIONES:
• Organizar y coordinar actuaciones para verificar el cumplimiento de la legislación pesquera.
• Entender en lo referente a conservación, extracción, cultivo y captura de los re-cursos marítimos, fluviales y lacustres renovables.
• Atender en lo referente a la sobrepesca, capturas incidentales y esfuerzos pesqueros en busca de un aprovechamiento sustentable de los recursos comerciales.
• Intervenir en las distintas áreas en cuanto a la aplicación de la legislación pesquera (puertos-embarcaciones-costas-rutas-plantas pesqueras- etc.) para brindar apoyo a los controles existentes, recabar información inherente a la investigación de sumarios, asistir y asesorar a las partes intervinientes en la actividad pesquera en la aplicación y cumplimiento de la normativa.
• Representar al Secretario ante organismos colegiados nacionales, provinciales, regionales y estatales.

REQUISITOS PARA EL CARGO
• Poseer título universitario y/o experiencia probada en la administración y explotación de los recursos pequeros.

ANEXO III

SECRETARIA DE PESCA SUBSECRETARÍA DE PESCA DIRECCIÓN RECURSOS HUMANOS DEPARTAMENTO ASISTENCIA Y LEGAJOS

MISIÓN:
• Controlar los servicios de asistencia de todo el personal de la Secretaria de Pes¬
ca, atender las tareas administrativas y de control del presentimo. Confeccionar y
actualizar legajos personales de la Secretaria de Pesca.
FUNCIONES:
• Realizar los trámites administrativos que permitan una ejecución eficiente en la gestión y control inherentes al presentismo del personal.-
• Realizar el instrumento legal correspondiente a las tareas inherentes a su cargo Y correspondientes a la aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo.-
• Confeccionar y actualizar legajos completando la totalidad de los documentos obligatorios propios de cada uno, que vayan surgiendo de los actos administrativos, procurando la utilidad inmediata de los mismos.-
• Mantener información directa con los servicios administrativos, referente a la situación de revista de todos los agentes de la Secretaria de Pesca.-

REQUISITOS PARA EL CARGO:
• Titulo secundario o tres (3) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial relacionados con temas inherentes al cargo.-
DECRETO N° 38/2020