VISTO:
El Expediente N°132-ME-04, la Ley 5074; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1o apartado 4 de la Ley 5074, determina que el Ministro Secretario con funciones en el Ministerio de Educación se encargará del despacho de los negocios administrativos según las competencias y atribuciones en general establecidas en el Artículo 2° y en particular, determinadas en el Artículo 11° de la citada norma legal;
Que atento a lo expuesto y las necesidades funcionales y operativas es necesario aprobar la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Educación, pedagógica y administrativa, con sus respectivas misiones, funciones y requisitos para la cobertura de los cargos que la componen;
Que en cumplimiento de los marcos legales enunciados, resulta conveniente dejar sin efecto las normas que aprobaron la estructura orgánica anterior, así como sus misiones, funciones y requisitos;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1°: Apruébase a partir de la fecha del presente Decreto la estructura Orgánico-funcional del Ministerio de Educación conforme al Anexo I que en 11 fojas forma parte integrante del presente acto.
Artículo 2°: Apruébanse a partir de la fecha del presente Decreto las Misiones y
Funciones correspondientes a las áreas del Ministerio de Educación,conforme al Anexo 11.que en 113 fojas forma parte integrante del presente acto.
Artículo 3: Déjase sin efecto a partir de la fecha del presente, el Decreto N° 836/97
y toda otra norma que se oponga al presente por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 4°: Regístrese, comuniqúese,dese al boletin oficial y cumplido ARCHIVESE.
DECRETO 138