RAWSON, 05 DE OCTUBRE DE 2020
VISTO:
El Expíe.: 1041-MSeg-2020; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley I N° 667, define las Estructuras de las áreas Ministeriales y Secretarías que componen la Administración Central, creando y readecuando las competencias asignadas;
Que, por la citada Ley, se creó y se definieron las competencias del Ministerio de Seguridad;
Que asimismo el Artículo 27° de la citada Ley, faculta al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias y conducentes para adecuar la estructura orgánica, funcional y presupuestaria de las dependencias que integran los distintos Ministerios, Secretarías y Secretarías de Estado, pudiendo transferir dependencias, bienes patrimoniales y distribuir el personal necesario;
Que la actual crisis económica y la grave situación sanitaria actual a nivel pandemia mundial, han puesto en nuestra Provincia de relieve una necesidad que debe sostenerse más allá de las circunstancias, y es que debe garantizarse la eficiencia en la gestión de recursos a fin de sostener el sector público;
Que se debe fortalecer la democracia y sus instituciones, con medidas que procuren asegurar la utilización eficiente de los recursos del Estado y establecer un horizonte de previsibilidad en su accionar, en un marco de austeridad y eficiencia en la asignación de los recursos públicos;
Que en este marco se hace necesario establecer políticas concretas de racionalización del gasto público;
Que, dentro de las políticas de reestructuración, un aspecto trascendental lo constituye la adecuación de los diversos entes estatales y organismos descentralizados a fin de ajustar su estructura y funcionamiento a las circunstancias actuales;
Que, en atención a lo expuesto en los considerandos que anteceden, resulta necesario modificar la Estructura Orgánica Funcional del Ministerio de Seguridad, aprobada por Decreto N° 33/20;
Que las modificaciones de la estructura serán a partir de la fecha del presente Decreto;
Que resulta pertinente modificar la dependencia orgánica funcional y las misiones y funciones, de la Dirección General de Legales, la cual dependerá de la Subsecretaría de Seguridad, del Ministerio de Seguridad;
Que asimismo se deberán modificar la dependencia orgánica funcional, y sus misiones y funciones de la Dirección General de “Gestión y Logística”, la cual dependerá de la Subsecretaría de Seguridad; y la Dirección General de “Control y Proyectos”, que pasará a depender de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal;
Que resulta conveniente que se eliminen la “Dirección de Administración de Recursos” dependiente de la Dirección General de Administración, y la División “Control Asistencial” dependiente de la Dirección General de Fiscalización de Personal,
pertenecientes a la Subsecretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad;
Que resulta oportuno eliminar la Dirección General “Inteligencia Criminal”, las Direcciones “Ciber Crimen”, “SAE 911” y “Análisis Criminal”, y los Departamentos “Operaciones Esquel”, “Operaciones Puerto Madryn”, “Operaciones Comodoro Rivadavia” y “Administrativo”, dependientes de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal del Ministerio de Seguridad;
Que se procede a eliminar el “Departamento Coordinación y Control”, dependiente de la Dirección General de Seguridad Vial (APSV) de la Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV) del Ministerio de Seguridad;
Que resulta oportuno eliminar la “Unidad Antinarcóticos Chubut” de la órbita del Ministerio de Seguridad, la cual será prevista su creación por proyecto de Ley;
Que se deberá aprobar y modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la nueva Estructura Orgánico Funcional del Ministerio de Seguridad, la cual quedará conformada de acuerdo al Anexo N° I (hoja 1 a 4), que forma parte integrante del presente Decreto;
Que la Ley II N° 251, en su Artículo 13° - Punto 5), faculta al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones en las Plantas de Personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no dé un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón;
Que resulta necesario modificar a partir de la fecha del presente Decreto, las misiones y funciones de la Subsecretaría de Seguridad y Prevención Económico Financiera, la Dirección General de Legales y la Dirección General de Gestión y Logística dependientes de la Subsecretaría de Seguridad Ministerio de Seguridad; la Dirección General de Control y Proyectos y la Dirección General de Prevención del Delito dependientes de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal del Ministerio de Seguridad, de acuerdo al Anexo IV (hoja 1 a 6), que forma parte del presente Decreto;
Que el resto de la estructura orgánica funcional continuará con sus misiones y funciones oportunamente aprobadas y con la dependencia orgánica aprobada por el presente Decreto;
Que se deberá modificar el detalle analítico de las Plantas Presupuestarias de Personal en la Jurisdicción 9 - S.A.F 9 - Ministerio de Seguridad - Programa 5 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Programa 36 - Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal - Actividad 1 - Conducción Políticas Estratégicas en Prevención del Delito - Actividad 2 - Conducción Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal - Programa 32 - Conducción Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV) - Actividad 1 - Conducción Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV), de acuerdo al Anexo N° II (hojas 1 a 4), a partir de la fecha del presente Decreto;
Que corresponde modificar el Plantel Básico del Ministerio de Seguridad, eliminándose un (1) cargo Director General, seis (6) cargos Director, nueve (9) cargos Departamentos y un (1) cargo División, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que se deberá confirmar a los funcionarios dependientes del Ministerio de Seguridad, en los cargos y dependencias, conforme el Anexo N° III, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que además se propone dejar sin efecto a partir del 01 de octubre de 2020, las designaciones de Personal de Gabinete las que fueron otorgadas oportunamente mediante Decreto N° 50/20 y rectificado posteriormente mediante Decreto N° 175/20, y Decreto N°507/20;
Que encontrándose reunidos en el caso de los supuestos de hechos necesarios, resulta procedente exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el Punto 1) del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del Punto 3) del mismo artículo y norma legal;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2020;
Que la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el Punto 1) del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del Punto 3) del mismo artículo y norma legal.
Artículo 2°.- Modificar el detalle analítico de las Plantas Presupuestarias de Personal en la Jurisdicción 9 - S.A.F 9 - Ministerio de Seguridad - Programa 5 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Programa 36 - Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal - Actividad 1 - Conducción Políticas Estratégicas en Prevención del Delito - Actividad 2 - Conducción Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal - Programa 32 - Conducción Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV) - Actividad 1 - Conducción Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV), de acuerdo al Anexo N° II (hojas 1 a 4), a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 3°.- Modificar el Plantel Básico del Ministerio de Seguridad, eliminándose un (1) cargo Director General, seis (6) cargos Director, nueve (9) cargos Departamentos y un (1) cargo División, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 4o.- Modificar y aprobar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Estructura Orgánica y Funcional del Ministerio de Seguridad, conforme al Anexo I (hoja 1 a 4) que forman parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 5°.- Modificar a partir de la fecha del presente Decreto, las misiones y funciones de la Subsecretaría de Seguridad y Prevención Económico Financiera, la Dirección
General de Legales y la Dirección General de Gestión y Logística dependientes de la Subsecretaría de Seguridad Ministerio de Seguridad; la Dirección General de Control y Proyectos y la Dirección General de Prevención del Delito dependientes de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal del Ministerio de Seguridad, de acuerdo al Anexo IV (hojas 1 a 6), que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 6°.- Eliminar la Dirección “Regulación y Organización” dependiente de la Dirección General de Gestión y Logística, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 7°.- Eliminar el Departamento “Gestión de Seguridad Privada” dependiente de la Dirección General de Gestión y Logística, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 8°.- Eliminar el Departamento “Administrativo”, dependiente de la Dirección General de Gestión y Logística, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 9 °.- Eliminar la Dirección “Análisis Estratégicos” dependiente de la Dirección General de Control y Proyectos, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 10°.- Eliminar el Departamento “Abogado Consultor (1)”, dependiente de la Dirección General de Legales, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 11°.- Eliminar el Departamento “Abogado Consultor (2)”, dependiente de la Dirección General de Legales, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 12°.- Eliminar la Dirección “Administración de Recursos” dependiente de la Dirección General de Administración, Subsecretaría de Seguridad, del Ministerio de Seguridad. -
Artículo 13°.- Eliminar la División “Control Asistencial” dependiente la Dirección de Administración de Personal, Dirección General de Fiscalización de Personal, Subsecretaría de Seguridad, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 14°.- Eliminar la Dirección General “Inteligencia Criminal” dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 15°.- Eliminar la Dirección “Ciber Crimen”, dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 16°.- Eliminar la Dirección “SAE 911” dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 17°.- Eliminar la Dirección “Análisis Criminal” dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 18°.- Eliminar el Departamento “Operaciones Esquel” dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 19°.- Eliminar el Departamento “Operaciones Puerto Madryn” dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 20°.- Eliminar el Departamento “Operaciones Comodoro Rivadavia” dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 21 °.- Eliminar el Departamento "Administrativo”, dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 22°.- Eliminar el Departamento “Coordinación y Control”, dependiente de la Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV), del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 23°.-Modificar la dependencia orgánica funcional, de la Dirección General
de Legales y la Dirección General de Gestión y Logística, las cuales dependerán de la Subsecretaría de Seguridad, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 24°.-Modificar la dependencia orgánica funcional, de la Dirección General de Control y Proyectos, la cual dependerá de la Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal, del Ministerio de Seguridad.-
Articulo 25°Eliminar la “Unidad Antinarcóticos Chubut” dependiente del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 26°.- Confirmar a los funcionarios dependientes del Ministerio de Seguridad, en los cargos y dependencias, conforme el Anexo N° III, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 27°.- Dejar sin efecto a partir del 01 de octubre de 2020, la designación del agente Alexis Darío GABRA (M.I.N° 31.020.125 - Clase 1984) al cargo Personal de Gabinete, rango Director General del Ministerio de Seguridad quien fuere designado mediante Decreto N° 50/20 y rectificadas posteriormente mediante Decreto N° 175/20, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 28°.- Dejar sin efecto a partir del 01 de octubre de 2020, la designación del agente Nicolás OVIEDO del VALLE (M.I.N° 25.296.603 - Clase 1976) al cargo Personal de Gabinete, rango Director General del Ministerio de Seguridad quien fuere designado mediante Decreto N° 50/20 y rectificadas posteriormente mediante Decreto N° 175/20, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 29°.- Dejar sin efecto a partir del 01 de octubre de 2020, la designación del agente Luis LEFIPAN (M.I.N° 28.663.486 - Clase 1981) al cargo Personal de Gabinete, rango Director del Ministerio de Seguridad quien fuere designado mediante Decreto N° 507/20, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 30°.- Dejar sin efecto a partir del 01 de octubre de 2020, la designación del agente Jonathan THOMAS (M.I.N° 33.761.521- Clase 1988) al cargo Personal de Gabinete, rango Director del Ministerio de Seguridad quien fuere designado mediante Decreto N° 50/20 y rectificadas posteriormente mediante Decreto N° 175/20, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 31 °.- Dejar sin efecto a partir del 01 de octubre de 2020, la designación de la agente Agustina SAINI (M.I.N° 35.030.313 - Clase 1990) al cargo Personal de Gabinete, rango Director del Ministerio de Seguridad quien fuere designado mediante Decreto N° 50/20 y rectificadas posteriormente mediante Decreto N° 175/20, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 32°.- Dejar sin efecto a partir del 01 de octubre de 2020, la designación de la agente Mahia Morena QUIROGA (M.I.N° 33.315.554 - Clase 1987) al cargo Personal de Gabinete, rango Director del Ministerio de Seguridad quien fuere designado mediante Decreto N° 50/20 y rectificadas posteriormente mediante Decreto N° 175/20, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 33° - El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará en la Jurisdicción 9- Ministerio de Seguridad - S.A.F. 9. - Ministerio de Seguridad - Programa 5 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Programa 36 - Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal - Actividad 2 - Conducción Subsecretaría de Seguridad Informática e Inteligencia Criminal - Programa 36 - Conducción Política Estratégicas en Prevención al Delito - Actividad 1 - Conducción Política Estratégicas en Prevención al Delito - Programa 32- Conducción Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV) - Actividad 1 - Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV) - Ejercicio 2020.-
Artículo 34°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado de Departamentos de Gobierno y Justicia, de Economía y Crédito Público de Seguridad.
Artículo 35°- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 932/2020
NOMBRE Y APELLIDO DNI
Bárbara Elizabeth BARROS 29.645.857
Bruno Martín DIAZ 29.463.090
Flavia Paola JAROSLAVSKY 28.166.963
Martin Sebastián CASTRO 30.191.782
Javier Oscar MOLINA 25.407.817
Lucrecia Alejandra SOTZ 29.692.338
Rodolfo Oscar COSTILLA 26.057.452
Natalia Camila Andrea MORALES 25.335.654
José Agustín LEROYER 27.793.485
Claudio Eduardo VELAZQUEZ 28.046.365
José JIMENEZ VELASQUEZ 18.780.244
Macarena BONAVIDE 36.212.702
Guillermina GELVEZ 37.147.518
Mario MORANTE 26.889.282
María Rocío FERRE 31.233.699
MINISTERIO DE SEGURIDAD
SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD INFORMÁTICA E INTELIGENCIA CRIMINAL
DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO
MISIÓN:
Planear, organizar, coordinar y evaluar el desempeño de las funciones encomendadas a los Centros de Monitoreo, Centros de Detención provinciales y Sistemas de Atención de Emergencias 911, que permitan garantizar la seguridad de la ciudadanía mediante el establecimiento de políticas de prevención tecnológicas de la violencia y la delincuencia.
-Estudiar datos relacionados con delitos, presunción de delitos, incidentes, conflictos y tendencias. Recolectar y evaluar esta información para identificar relaciones o conexiones entre diferentes delitos en distintos lugares.
-Combatir todos aquellos delitos que afecten el patrimonio económico de personas naturales y jurídicas, también aquellos que vayan de detrimento o afecten la personalidad, moralidad y salud psicológica de las personas, siempre y cuando el medio de comisión sea a través del uso de tecnología de información.
-Proveer información que permita encauzar investigaciones, operativos y estrategias.
FUNCIONES:
Coordinar efectivamente en materia de seguridad con autoridades de las dos direcciones a cargo: Centros de Monitoreo y Detención y SAE 911 las inversiones en equipamiento y tecnología, la logística y operatividad a fin de disminuir la incidencia delictiva.
-Realizar estudios e investigaciones necesarias para la formulación de las políticas de seguridad en el territorio provincial, permitiendo administrar la incertidumbre de una manera más efectiva.
-Dar soporte a las actividades operativas y a las investigaciones complejas.
-Proporcionar advertencias de amenazas de manera oportuna.
-Interactuar con dependencias nacionales en temas referidos a información delictual y capacitaciones.
-Realizar análisis de Inteligencia Criminal.
-Elaborar mapas del delito y redes de delitos complejos.
-Realizar propuestas para la formulación de políticas de seguridad, sobre la base de la información producida en el área.
REQUISITOS PARA CUBRIR EL CARGO:
- Experiencia técnica afín al área de al menos 10 años.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD INFORMÁTICA E INTELIGENCIA CRIMINAL
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL Y PROYECTOS
MISIONES:
-Entender en la coordinación, integración, formulación e implementación de los proyectos, programas, iniciativas y gestión de expedientes de las áreas dependientes de la Subsecretaría, incumbentes a sus funciones o tareas específicamente delegadas por la superioridad administrativa con el fin de evitar la superposición de objetivos, controlar su desarrollo y viabilizar su progreso y concreción en los plazos previstos en la planificación ministerial.
Diagramar modelos sistemáticos para recabar información vinculada con el fenómeno criminal y posteriormente sistematizar los datos obtenidos como paso previo a la elaboración de un diagnóstico preciso de la problemática en estudio.
FUNCIONES:
-Intervenir como enlace entre las Direcciones dependientes de la Subsecretaría y Despachos del Ministerio de Seguridad con el objeto de relevar las iniciativas en curso en cada una de ellas a fin de asistir a su realización.
-Brindar información basada en evidencia para la adopción de políticas públicas en materia del campo de intervención de la Subsecretaría en particular y del Ministerio de Seguridad en general.
-Elaborar reportes y análisis de indicadores de gestión de la Subsecretaría.
-Promover y contribuir con los procesos de normativización interna.
-Proponer y colaborar en proyectos de actualización e innovación legislativa. -Asistir al Subsecretario/a en las relaciones institucionales con organismos de los distintos poderes de los estados municipales, provinciales y del Estado Nacional, así como en la vinculación con organismos del gobierno del Chubut.
- Generar sistemas de recolección de información.
-Sistematizar bases de datos.
-Producir y aplicar encuestas de Victimization y Percepción de Seguridad o todas aquellas que den información útil relativa al tema en estudio.
-Producir informes técnicos y estadísticos.
-Efectuar el análisis técnico de los indicadores propuestos, asegurando que se cuente con todas las variables necesarias para su determinación (líneas de base, fórmula de cálculo, etc.).
-Efectuar el monitoreo y control de los procesos de modo que en la etapa de implementación de las acciones no se pierdan de vista ninguno de los indicadores propuestos, efectuando una alerta temprana ante la falta de información en alguna de las variables a considerar.
REQUISITOS PARA CUBRIR EL CARGO:
- Contar con título superior o estudios secundarios completos y antecedentes acreditados en funciones similares.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LEGALES
MISIONES:
-Asistir al Sr. Ministro de Seguridad en todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de las leyes de Administración Financiera, y de Procedimiento Administrativo, en temas relacionados con fiscalización de personal, compras, contrataciones, asuntos jurídicos y sumarios administrativos.
-Elaborar o participar en los anteproyectos y proyectos de leyes, reglamentos, decretos, resoluciones, circulares y demás documentos legales relacionados con el ámbito de actuación del Ministerio de Seguridad.
-Organizar y llevar un repertorio de legislación, jurisprudencia y doctrina sobre las materias concernientes al Ministerio de Seguridad.
-Emitir dictámenes a requerimientos de las dependencias del Ministerio de Seguridad conforme a la normativa vigente.
-Dictaminar en las actuaciones en las que se substancien recursos administrativos contra actos emanados del Ministerio de Seguridad.
FUNCIONES:
- Dictaminar respecto de los aspectos técnico-legales y formales de los proyectos de actos administrativos de carácter general que se propicien o se sometan a consideración del Ministerio de Seguridad y sus unidades organizativas dependientes.
-Coordinar la recopilación de normas, doctrina y jurisprudencia, manteniendo actualizada la información relativa a las mismas.
-Dictaminar los casos sometidos a su consideración respecto de aquellas actuaciones en que tramiten actos de carácter particular relativos a cuestiones de contrataciones derivadas de relaciones de empleo público, o relacionadas con la resolución de recursos, planteos y/o denuncias en las que deba intervenir el Ministerio de Seguridad y sus unidades organizativas dependientes.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE LEGALES
ABOGADO CONSULTOR
MISIONES:
-Efectuar estudios vinculados a las materias de su competencia, a fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.
-Entender en las cuestiones relacionadas con los proyectos referidos a convenios.
-Prestar asesoramiento al señor Ministro de Seguridad, respecto de los asuntos atinentes a esta Cartera de Estado.
-Fiscalizar y supervisar respecto de las cuestiones vinculadas al Ministerio de Seguridad, como así también áreas y organismos dependientes de este.
-Intervenir en la redacción de acuerdos, contratos y en los convenios de cooperación y asistencia que se celebren Con organismos nacionales, internacionales y extranjeros.
FUNCIONES:
-Producir informes técnicos-legales en las cuestiones que se sometan a su análisis y consideración.
-Elaborar dictámenes.
-Elaborar proyectos de Decretos, Leyes, Resoluciones, Contratos, Pliegos y demás actos administrativos que se le requieran.
REQUISITOS PARA CUBRIR EL CARGO:
- Poseer título habilitante de Abogado.
MINISTERIO DE SEGURIDAD
SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTION Y LOGISTICA
MISIONES:
-La persona ocupante del cargo garantiza el funcionamiento efectivo de la Dirección General de Gestión y Logística a la cual adscribe sus servicios a través de la planificación, programación, dirección, coordinación y supervisión de las actividades desarrolladas de conformidad a las políticas internas del Ministerio de Seguridad.
-La nota característica de este cargo es ser responsable de generar y velar por un correcto desarrollo operacional.
-Para conseguirlo, es necesario que el Director/a General de Gestión y Logística, sea conocedor de los recursos disponibles en todo el Ministerio de Seguridad.
-Gestionar los recursos del Ministerio, en todos sus niveles. Esta tarea deberá ser coordinada con las autoridades de tas diferentes áreas del Ministerio de Seguridad, de tal manera que exista una comunicación fluida.
-Optimizar las cuestiones vinculadas a los aspectos administrativos propios del desarrollo de las funciones institucionales.
FUNCIONES:
- Desarrollar y gestionar elementos que permitan optimizar y desarrollar el funcionamiento administrativo de las áreas dependientes del Ministerio, según así lo requiera la autoridad superior.
Intervenir en la elaboración de estrategias de prevención y/o de seguridad, orientando el uso de los recursos humanos, materiales y los demás medios a ser aplicados en las diferentes áreas pertenecientes a este Ministerio para su aplicación.
-Buscar la correcta coordinación de planes y programas municipales, provinciales, nacionales y/o de entidades que se correspondan con los objetivos trazados en el Ministerio.
-Intervenir en políticas de seguridad privada, en cuanto a regulación y supervisión.
REQUISITOS PARA CUBRIR EL CARGO:
-Tener el secundario completo y 10 años de antigüedad en la Administración Publica.