RAWSON, 10 DE NOVIEMBRE DE 2020
VISTO:

El Expediente N° 450/19 de Jefatura de Policía; y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Expediente se propone la reubicación escalafonaria de la Cabo SALDIVIA, Natalia Janet de la Agrupación Comando - Escalafón General a la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad;
Que el Artículo 20° de la Ley XIX N° 8 del Digesto Jurídico, establece que los cambios de Agrupaciones y/o Escalafones se resolverán por Decreto del Poder Ejecutivo a propuesta fundada de la Jefatura de Policía, en cada caso particular;
Que la Plana Mayor Policial mediante Acta Nro. 04/19 hizo lugar al pedido de reubicación solicitado;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 5 - Conducción y Administración de Policía - Actividad 1 - Conducción y Administración de Policía. Ejercicio 2020;
Que asimismo el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 251;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Letrada de la Institución Policial;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°: Reubicase a partir de la fecha del presente Decreto al personal de la Policía de la - Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad, en la Agrupación y Escalafón que se indica:
DE LA AGRUPACIÓN COMANDO - ESCALAFÓN GENERAL A LA AGRUPACIÓN SERVICIOS - ESCALAFÓN ADMINISTRATIVO:
Cabo SALDIVIA, Natalia Janet (D.N.I N° 33.261.244, clase 1987).-
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 5 - Conducción y Administración de Policía - Actividad 1 – conducción y Administración de Policía. Ejercicio 2020.-
Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado de los Departamentos de Seguridad y de Gobierno y Justicia. -
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido. ARCHIVESE.-



DECRETO N° 1096/2020