RAWSON, 18 DE NOVIEMBRE DE 2020
VISTO:
El Expediente N° 944 - ME 20; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto, tramita la cobertura del cargo de Director General de Bienes Reales, Servicios y Planificación de Infraestructura dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Educación, a partir del 02 de septiembre de 2020;
Que mediante Decreto N° 937/19 se designó al señor TORRES, Rodrigo Martín en el mencionado Cargo;
Que la Señora Ministro de Educación ha dispuesto aceptar la renuncia, interpuesta por el agente mencionado en el considerando precedente;
Que es competencia de cada Ministro proponer al Poder Ejecutivo la designación del Personal del Departamento a su cargo, conforme lo establece el Artículo 2o Inciso 13) de la Ley I - N° 667;
Que la Señora Ministro de Educación propuso para cubrir el referido cargo al Licenciado GARCIA, Maximiliano;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado Ley ll-N° 251;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Aceptar a partir del 01 de septiembre de 2020, la renuncia al cargo de Director General de Bienes Reales, Servicios y Planificación de Infraestructura dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Educación, al señor TORRES, Rodrigo Martín (MI N° 27.092.473 - Clase 1979).
Artículo 2°.- Designar a partir del 02 de septiembre de 2020, al Licenciado GARCIA, Maximiliano (MI N° 32.586.198 - Clase 1986), en el cargo de Director General de Bienes Reales, Servicios y Planificación de Infraestructura dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Educación.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la
Jurisdicción 50 - Ministerio de Educación - Programa 1: Conducción del Sistema Educativo - Actividad 1: Conducción del Sistema Educativo - Ubicación Geográfica 11999 - Fuente de Financiamiento 111.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros
Secretarios de Estado en los Departamentos de Educación, de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido.ARCHIVESE
DECRETO N° 1139/2020