RAWSON, 01 DE DICIEMBRE DE 2020
VISTO:
El Expediente N° 510/19 de Jefatura de Policía; y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Expediente se propone la reubicación escalafonaria de la Cabo Primero BARRIGA, Marcela Viviana de la Agrupación Servicios - Escalafón Auxiliar a la Agrupación Servicios - Escalafón Administrativo de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad;
Que el Artículo 20° de la Ley XIX N° 8 del Digesto Jurídico, establece que los cambios de Agrupaciones y/o Escalafones se resolverán por Decreto del Poder Ejecutivo a propuesta fundada de la Jefatura de Policía, en cada caso particular;
Que la Plana Mayor Policial mediante Acta Nro. 01/15 hizo lugar al pedido de reubicación solicitado;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 5 - Conducción y Administración de Policía - Actividad 1 - Conducción y Administración de Policía. Ejercicio 2020;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 251;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Letrada de la Institución Policial;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: Reubicase a partir de la fecha del presente Decreto al personal de la Policía de la Provincia del Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad, en la Agrupación y Escalafón que se indica:
DE LA AGRUPACIÓN SERVICIOS - ESCALAFÓN AUXILIAR A LA AGRUPACIÓN SERVICIOS - ESCALAFÓN ADMINISTRATIVO:
Cabo Primero BARRIGA, Marcela Viviana (D.N.I. N° 23.392.852, clase 1973).-
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 5 - Conducción y Administración de Policía - Actividad 1 - Conducción y Administración de Policía. Ejercicio 2020.-
Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y de Gobierno y Justicia. -
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1201/2020