RAWSON, 15 DE DICIEMBRE DE 2020

VISTO:

El expediente N° 2484/2020 STR y,

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, el Intendente de la Municipalidad de Esquel, Arq. Sergio Ongarato, tramita la solicitud de un subsidio tendiente a asistir económicamente a desocupados de la construcción que residen en la ciudad;
Que a fojas 2 de las actuaciones, el Secretario de Trabajo autoriza lo solicitado, por la suma de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS ($8.700) por beneficiario, por un total de cincuenta y nueve (59), detallados en el ANEXO I del presente, ascendiendo a la suma total de PESOS QUINIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS ($513.300);
Que mediante el Artículo 6o del Decreto 1232/00 se facultó a los titulares de las Jurisdicciones a otorgar subsidios bajo el régimen previsto, hasta la suma equivalente a ocho (8) módulos según lo dispuesto por la Ley de Contabilidad V N° 71 y sus normas reglamentarias;
Que conforme lo dispuesto por dicho precepto legal, en caso de verse superado el referido importe los subsidios deberán ser otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial;
Que posteriormente, por Decreto N° 2424/04 se amplía hasta la suma equivalente a veinticuatro (24) módulos, la facultad conferida mediante el referido Artículo 6o del Decreto N° 1232/00;
Que por Decreto N° 970/2018 se fija el nuevo valor del módulo de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 118 de la Ley II N° 76, en la suma de Pesos Ocho Mil Setecientos ($8.700);
Que en virtud del monto objeto del subsidio, y de acuerdo a la normativa vigente, corresponde que éste sea otorgado mediante acto administrativo del Poder Ejecutivo de la Provincia del Chubut;
Que en un todo de acuerdo con lo prescrito por el Decreto N° 1304/78, se fija un plazo de treinta (30) días para la utilización de los fondos en el objeto para el cual fueran asignados, transcurrido dicho plazo sin que efectúe su inversión o desaparecida las razones de su asignación, los fondos deberán ser devueltos a la Tesorería General de la Provincia en el plazo dispuesto por el Decreto 1304/78;
Que dentro de los Sesenta (60) días de invertidos los fondos, la Municipalidad de Esquel, deberá efectuar la rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, tal como lo establece el Decreto N° 1304/78;
Que el presente trámite se realiza conforme lo prescripto por el Decreto N°
1304/78 y su modificatoria, el Decreto N°1232/2000;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- OTORGUESE a favor de la Municipalidad de Esquel representada por su Intendente Municipal Arquitecto Sergio ONGARATO (DNI N° 16.872.251), la suma de QUINIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS ($513.300), en concepto de subsidio para ser destinados a asistir económicamente a CINCUENTA Y NUEVE (59) desocupados de la construcción que residen en la ciudad de Esquel, detallados en el ANEXO I del presente, los que percibirán la suma de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS ($8.700) cada uno, en un todo de acuerdo con lo expuesto en los considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- De acuerdo a lo proscripto por el Decreto N° 1304/78 se fija un plazo de 30 días para la utilización de los fondos en el objeto para el cual fueran asignados y sesenta (60) días para su rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Articulo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total de PESOS QUINIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS ($513.300), se imputará con cargo a la Jurisdicción 15 - SAF 15 -Secretaría de Trabajo - Programa 01- Conducción de la Secretaría de Trabajo -Actividad 00/ 00/ A01/5 - Transferencias/ 7 - Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos corrientes/ 6 - Aportes a gobiernos municipales/ 01 - Fuente de Financiamiento 3.47 - Ejercicio 2020.-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario de
Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- REGÍSTRESE, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1294/2020

ANEXO I

APELLIDO Y NOMBRE CUIL

ABURTO DAVID 20332873866
ANTINAO CARLOS MAURICIO 20319234331
ANTINAO CLAUDIO MATIAS 20385360305
ANTINAO HECTOR FABIAN 20335291353
ANTIÑANCO ALONQUEO CRISTIAN JOSE 23394418129
CAMPO GERARDO FABIAN 20274035243
CAMPOS SERGIO ARGENTINO 23260674099
CANEO NATALIA NOEMI 27373472064
CARDENAS DAIANA BELEN 27431129111
CARIQUEO VALERIA DELFINA 23368602604
DOMINGUEZ DANIEL ALEJANDRO 20371483986
FLORES MARISA NOEMI 27387999693
CHICO JON FRANCO 20402075210
GIMENEZ ROBERTO DANIEL 20284349998
IBAÑEZ PICON CRISTIAN MARCELO 20394418103
JONES BRENDA JAQUELIN 27394418264
JONES TANIA MARISEL 27410408967
LAUQUEN JORGE HECTOR 23253354399
LIENLLAN FACUNDO MIGUEL 20401014021
LIENLLAN SOLEDAD ALEJANDRA 27401123771
LLANFULEN JESSICA PAOLA 27394420218
LLANFULEN MARIANO ABEL 20371484591
MANQUILLAN CLAUDIA VERONICA 27363209179
MANQUILLAN GERARDO LUIS 20220911986
MANQUILLAN JORGE 20273439790
MANQUILLAN JORGE EZEQUIEL 20421332569
MANQUILLAN LUIS MANUEL 20427718280
MANQUILLAN MARIO RENE 20299219535
MARINAO MATIAS JESUS 20427719732
MARINAO LUIS HORACIO 20274034107
MARTINEZ NATALIA VANESA 27305801769
MILLAMAN JORGE GUSTAVO 20368600939
MILLANAO ARIEL HUMBERTO 20353813847
MILLANAO MANOLO RICARDO 20337716807
MINAO DIEGO VALERIO 20285168296
MINAO VALERIO 20123636482
MUÑOZ JUAN ANDRES 24250675204
NAHUELCHU ANSELMO 23279752139
NAHUELCHU FLORENCIA DAMARIS 27435378485
NAHUELPAN ARIEL 20295455765
NAHUELPAN VICTOR ARGENTINO 20181893568
PAILLAQUEO RICARDO 20176333392
PAILLAQUEO SEGUNDO 20262493963
PAINEQUEO ELISEO ALEJANDRO 20321427678
PAINEQUEO NICANOR 23181000899
PIUTRILLAN LUCIANO 20417223763
PRANE HUMBERTO EDGARDO 20358875964
QUILAQUEO JUAN BAUTISTA 20170608551
RAILAF OMAR ALBERTO 20215184758
REYES BRENDA ROXANA 27363210002
ROBERTS SERGIO ARIEL 20424082733
ROSALES RICARDO GABRIEL 20410409241
SAN MARTIN JONATAN JACOBO 20371482726
SAYUCHEQUE LUIS ALBERTO 20323341975
SAYUCHEQUE MARIO JONATHAN 20353812441
SAYUCHEQUE SERGIO OMAR 20337718451
TAPIA WALTER AMERICO 20282364493
TOLEDO WALTER JAVIER 20215724973
TRAIPE RICARDO GUILLERMO 23235149699