RAWSON, 23 DE DICIEMBRE DE 2020

VISTO:

El Expediente N° 2851/20 M.S - Ley I N° 677; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la incorporación como personal mensualizado de la señora MIRANDA, Jimena Elizabeth, en el cargo Agrupamiento A, Clase III, Grado I, Categoría 7, con 30 horas semanales de labor, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones como Analista Químico Biológico en el Hospital Zonal Trelew dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Trelew del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto;
Que la incorporación resulta necesaria a los fines de garantizar la mejor cobertura de la Atención Primaria de la Salud en el Hospital Zonal Trelew dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Trelew del Ministerio de Salud;
Que el trámite se encuentra contemplado por el Artículo 133° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 251;
Que en la vista concedida el servicio jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha efectuado el control de legalidad que le compete;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Mensualizase ala señora MIRANDA, Jimena Elizabeth (Clase 1994 - M.I. N° 38.147.589) en el cargo Agrupamiento A, Clase III, Grado I, Categoría 7, con 30 horas semanales de labor, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones como Analista Químico Biológico en el Hospital Zonal Trelew dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Trelew del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2020.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se Imputara en la Jurisdicción 70- Ministerio de Salud - Partida 1.0.0 –Gastos en
Gastos en Personal - Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Administrativo Financiero 72 - Programa 19 - Atención Médica Hospital de Trelew -Actividad 1 - Atención Médica Hospital de Trelew, del ejercicio del año 2020.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, de Economía y Crédito Público y de Salud.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.

DECRETO N° 1386/2020