RAWSON, 23 DE DICIEMBRE DE 2020
VISTO:
El Artículo 155 inciso 3o de la Constitución de la Provincia del Chubut; y
CONSIDERANDO:
Que se solicita designar en el cargo de Subsecretario de Ciencia, Tecnología , Innovación Productiva dependiente de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, a la Abogada ALVARADO, María Paula, a partir del 5 de noviembre de 2020; .
Que mediante Decreto N° 1081/20 se procedió a modificar la estructura Orgánica- Funcional de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que por tal motivo, se deberá dejar sin efecto la designación de la Abogada ALVARADO, María Paula en el cargo de Subsecretario de Estrategias y Políticas Territoriales de Innovación Productiva, establecida mediante Decreto N° 134/20, a partir del 4 de noviembre de 2020;
Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado;
Que deberá exceptuarse el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el Artículo 32°, punto 3) - Ley I N° 18 del Digesto Jurídico de la Provincia, por aplicación del punto 3) del mismo Artículo y norma legal;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención en el presente acto la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- EXCEPTUAR el presente trámite del criterio de irretroactividad, dispuesto por el Artículo 32° de la Ley I N° 18, del Digesto Jurídico de la Provincia, por aplicación del punto 3) del mismo Artículo y norma legal.-
Artículo 2°.- DEJAR SIN EFECTO la designación de la Abogada ALVARADO, María Paula en el cargo de Subsecretario de Estrategias y Políticas Territoriales de Innovación Productiva, establecida mediante Decreto N° 134/20, a partir del 4 de noviembre del 2020.-
Artículo 3°.- DESIGNAR a la Abogada ALVARADO, María Paula (M.I. N° 21.665.810
- Clase 1970), en el cargo de Subsecretario de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva dependiente de la Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, a partir del 5 de noviembre del 2020.-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5° .-Regístrese. comuníquese\ notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1402/2020