LEY XXXIII N° 46
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 30 de junio de 2021, la declaración de la emergencia del sector turístico en todo el territorio provincial, así como los términos y beneficios dispuestos por la Ley XXIII N° 44. Dicho plazo podrá ser prorrogado, en caso de que persista la situación que dio origen a la emergencia, o por razones fundadas de la Autoridad de Aplicación.
Artículo 2°.-La presente Ley entrará en vigencia a partir del Io de enero de 2021.
Artículo y.- LEY GENERAL. Comuniqúese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.





RAWSON, 11 DE ENERO DE 2021

VISTO Y CONSIDERANDO:

El proyecto de ley que prorroga hasta el día 30 de junio de 2021 la declaración de emergencia del sector turístico en todo el territorio provincial, así como los términos y beneficios dispuestos por la Ley XXIII N° 44; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 22 de diciembre de 2020 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

Téngase por Ley de la Provincia: XXIII N° 46
Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial

DECRETO N° 13/21