LEY XXV N° 64
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1°.- Adhiérase la Provincia de Chubut a la Ley Nacional N° 27.592, la cual tiene como objeto garantizar la formación integral en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático para las personas que se desempeñen en la función pública.
Artículo 2°.-Desígnese Autoridad de Aplicación de la presente Ley al Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable de la Provincia.
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo Provincial, a los fines de hacerla operativa, reglamentará la presente Ley dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días, contados desde su promulgación.
Artículo 4°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE
LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.


RAWSON, 11 DE ENERO DE 2021

VISTO Y CONSIDERANDO:

El Proyecto de Ley que propicia la adhesión de la Provincia del Chubut a la Ley Nacional N° 27.592, “Ley Yolanda”; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 22 de diciembre de 2020, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

Téngase por Ley de la Provincia: XXV N° 64
Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín 0ficial.

DECRETO N° 14/21