RAWSON, 05 DE MAYO DE 2021
VISTO:
El Expediente N° 466/2021-MAGIyC, la Ley I - N° 667 y el Decreto N° 223/2020; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación del Ingeniero Mecánico Matías LLANSA, (M.I. N° 33.287.234 - Clase: 1987), para desempeñarse en el cargo de Subgerente La Hoya, dependiente de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que a esos efectos, obran las debidas autorizaciones al presente tramite;
Que mediante Decreto N° 223/20 se aprobó la actual estructura orgánico funcional de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, junto con las misiones, funciones, requisitos y denominaciones de los componentes que integran el mismo;
Que el cargo jerárquico a cubrir se encuentra vacante y con masa presupuestaria para afrontar el gasto;
Que el Ingeniero Mecánico Matías LLANSA, reúne los requisitos y condiciones exigidas por la normativa para acceder al cargo jerárquico;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 67: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - SAF 101: Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa 24: Centro de Actividades de Montaña La Hoya - Actividad 01: Conducción y Administración CAM La Hoya -Ejercicio 2021;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Administración de Personal dependiente de la Secretaría General de Gobierno;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.-DESIGNAR al Ingeniero Mecánico Matías LLANSA, (M.l. . N° 33.287.234 - Clase: 1987), en el cargo de Subgerente La Hoya, de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, según Decreto N° 223/20, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será Imputado a la Jurisdicción 67: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - SAF 101: Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Programa 24: Centro de Actividades de Montaña La Hoya - Actividad 01: Conducción y Administración CAM La Hoya - Ejercicio 2021 .-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros
Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-
DECRETO N° 314/21