L E Y I N° 706
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1°.- Prorróguese la vigencia de la Ley I N°677, prorrogada por Ley I N°697, en todos sus términos, por el plazo de ciento ochenta (180) días a partir de la publicación de la presente Ley.
Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL
VEINTIUNO.
RAWSON, 19 DE MAYO DE 2021
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a la prórroga de la vigencia de la Ley I N° 677, prorrogada por Ley I N° 697 en todos sus términos, por el plazo de ciento ochenta (180) días a partir de su publicación; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 18 de mayo de 2021 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: I N° 706
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.
DECRETO N° 349/21