RAWSON, 09 DE JUNIO DE 2021

VISTO:

El Expediente N° 735/2020-MAGIyC; y

CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita trasladar al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio al agente SEGURA, Gerardo Iván quien revista en el cargo Personal de Servicio - Categoría V - Planta Temporaria del Convenio Colectivo de Trabajo N° 11/13 del Ministerio de Educación;
Que a fojas 06 y 08 obran las pertinentes autorizaciones para la prosecución del presente tramite;
Que se debe dejar sin efecto la mensualización efectuada mediante Decreto N° 1289/18, del Ministerio de Educación al agente SEGURA, Gerardo Iván y mensualizar al mencionado agente en el cargo Auxiliar Administrativo - Código 3-003 - Nivel III -Categoría 6 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que habiendo prestado su conformidad ambos Organismos y encuadrándose el presente trámite en el Artículo 19° de la Ley I - N° 74 (antes Ley N° 1987), nada obsta para que se efectué el tramite;
Que se ha dado cumplimiento a lo previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II - N° 263;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado debida intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- DEJAR sin efecto la mensualización, operada mediante Decreto N° 1289/18, del agente SEGURA, Gerardo Iván (M.I. N° 32.887.875 - Clase 1987), quién revista el cargo Personal de Servicio - Categoría V - Planta Temporaria del Convenio Colectivo de Trabajo N° 11/13 del Ministerio de Educación a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 2°.- MENSUALIZAR al agente SEGURA, Gerardo Iván (M.I. N° 32.887.875 -Clase 1987), al cargo Auxiliar Administrativo - Código 3-003 - Nivel III -Categoría 6 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2021 .-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado en la Jurisdicción: 67- Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio
- SAF: 67 - Programa: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería,
Industria y Comercio - Actividad: 1 - Conducción del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - Ejercicio 2021 .-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros, Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, de Educación y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- REGISTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín oficial y cumplido, ARCHIVESE.

DECRETO N° 422/21