RAWSON, 16 DE JUNIO DE 2021
VISTO:
Los Expedientes N° 1144-ME-2021 y 855-EC-2021 y
CONSIDERANDO:
Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2021;
Que por el Expediente N° 1144-ME-2021, el Ministerio de Educación, solicita el Incremento presupuestario en la Fuente de financiamiento 4.20, ya que los ingresos han superado la estimación para el presente ejercicio;
Que por el Expediente N° 855-EC-2021, la Universidad del Chubut, solicita compensación presupuestaria, a los efectos de imputar gastos de funcionamiento;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a.2 y 4) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° inciso b) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Incorpórese al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2021 la suma de PESOS CUARENTA MILLONES ($40.000.000,00.-) en la Jurisdicción 50, S.A.F 50 - SAF Ministerio de Educación, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1 que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones y el Cálculo de Recursos de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2021
en la Jurisdicción 98, S.A.F 150 - SAF Universidad del Chubut y en la Jurisdicción 91, S.A.F 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 2 y 3, que forman parte del presente Decreto.-
Articulo 3°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Articulo 4°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Registrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 452/21