RAWSON, 15 DE JULIO DE 2021

VISTO:

El Expediente N° 1176/2021-MAGIyC, el Artículo 155° inciso 3° de la Constitución de la Provincia del Chubut y el Decreto N° 933/2020; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 155 inciso 3° de la Constitución Provincial faculta al Poder Ejecutivo a nombrar y remover a los funcionarios de la Administración Pública Provincial;
Que en este sentido, mediante el expediente citado en el Visto, tramita la designación del señor Sergio Froilán MANGINI (M.I. N° 18.065.273 - Clase: 1967), para desempeñarse en el cargo de Delegado UEP Norte, dependiente de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que a esos efectos, corresponde en primer lugar, dejar sin efecto la designación del señor Walter Rubén SOULAGES (M.I. N° 13.036.026 - Clase: 1959), como Delegado UEP Norte de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, que fuera instrumentada por Decreto N° 933/2020, desde el día 17 de marzo de 2021, debiendo el mismo volver a ocupar su cargo de revista: Jefe de Departamento Formulación de Proyectos dependiente de la Dirección de Promoción de las Inversiones, de la Dirección General de Inversiones de la Subsecretaría de Industria, dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio;
Que asimismo, la Dirección General de Sumarios, dependiente de la Asesoría General de Gobierno informa que el agente señor Walter Rubén SOULAGES no registra antecedentes sumariales;
Que en virtud de lo expuesto, obran las debidas autorizaciones para la continuidad del presente trámite;
Que el señor Sergio Froilán MANGINI reúne los requisitos y condiciones exigidas por la normativa para cumplir la función encomendada, no existiendo impedimentos para acceder a lo solicitado;
Que mediante Decreto N° 223/20 se aprobó la actual estructura orgánico funcional de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, junto con las misiones, funciones, requisitos y denominaciones de los componentes que integran el mismo;
Que encontrándose reunidos en el caso, los supuestos de hecho necesarios, resulta procedente otorgar eficacia retroactiva al acto conforme lo previsto en el Punto 3) del artículo 32° de la Ley I-N° 18;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Administración de Personal dependiente de la Secretaría General de Gobierno;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- OTORGAR eficacia retroactiva al acto, conforme lo previsto en el Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del Punto 3) de la misma norma legal.-
Artículo 2°.- DEJAR SIN EFECTO la designación instrumentada por Decreto N° 933/2020, del señor Walter Rubén SOULAGES (M.I. N° 13.036.026 - Clase: 1959), como Delegado UEP Norte de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, desde el día 17 de marzo de 2021 .-
Articulo 3°.- El agente Walter Rubén SOULAGES (M.I. N° 13.036.026-Clase: 1959) volverá a ocupar su cargo de revista Jefe de Departamento Formulación de Proyectos dependiente de la Dirección de Promoción de las Inversiones, de la Dirección General de Inversiones de la Subsecretaría de Industria, dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, desde el día 17 de marzo de 2021.-
Artículo 4°.- DESIGNAR al señor Sergio Froilán MANGINI (M.I. N° 18.065.273-Clase: 1967), para desempeñarse en el cargo de Delegado UEP Norte, dependiente de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se Imputará en la Jurisdicción: 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio -SAF: 101 - Programa 17: Conducción y Administración UEP-MAGIyC Virch Valdés -Actividad: 1 - Conducción y Administración UEP-MAGIyC Virch Valdés - Ejercicio 2021.-
Articulo 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 7°.- Registrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial, y cumplido, ARCHÍVESE.


DECRETO N° 573/21