RAWSON, 27 DE AGOSTO DE2021
VISTO:
El Expediente N° 1254/21 M.S. - Ley I N° 677, prorrogada por Ley I N° 697 y Ley I N° 706; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la incorporación como personal mensualizado del señor DOMÍNGUEZ, César Emmanuel en el cargo Agrupamiento A - Clase II -Grado I - Categoría 8, con 30 horas semanales de labor, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones como Licenciado en Sistemas en Nivel Central del Ministerio de Salud, a partir de la notificación del presente Decreto;
Que la incorporación resulta necesaria a los fines de garantizar la mejor cobertura de la Atención Primaria de la Salud en Nivel Central del Ministerio de Salud;
Que el trámite se encuentra contemplado por el Artículo 133° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud;
Que a fojas 01, se solicita además la designación del señor DOMÍNGUEZ, César Emmanuel a cargo de la División Provincial de Control y Testeo dependiente del Departamento Provincial de Calidad de la Dirección Provincial de Informática del Ministerio de Salud;
Que el presente trámite se encuadra en el Artículo N° 62 del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 de la Secretaría de Trabajo;
Que corresponde abonar al señor DOMÍNGUEZ, César Emmanuel, la diferencia salarial existente entre su categoría de revista, cargo Agrupamiento A, Categoría II, Grado I, Categoría 8, con 30 horas semanales de labor y el cargo en la División Provincial de Control y Testeo, subrogando Jerarquía 7, Categoría 15, con 30 horas semanales de labor, Dedicación Funcional, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto;
Que mediante Expediente N° 615/21 M.S., tramita la adecuación de cargos a la Planta Temporaria y Permanente de este Ministerio que permitirá el dictado del presente;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley 11 N° 263;
Que en la vista concedida el servicio jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha efectuado el control de legalidad que le compete;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Mensualízase al señor DOMÍNGUEZ, César Emmanuel (Clase 1986 - M.I. N° 31.929.622) en el Cargo Agrupamiento A - Clase II - Grado I - Categoría 8, con 30 horas semanales de labor, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), para cumplir funciones como Licenciado en Sistemas en Nivel Central del Ministerio de Salud, a partir de la notificación del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2021.
Artículo 2°.- Desígnese a partir de la fecha del presente Decreto al agente DOMÍNGUEZ,César Emmanuel (Clase 1986 - M.I. N° 31.929.622) a cargo de la División Provincial de Control y Testeo dependiente; del Departamento Provincial de Calidad de la Dirección Provincial de informática del Ministerio de Salud, subrogando la Jerarquía 7 - Categoría 15, con 30 horas semanales de labor. Dedicación Funcional del cargo Agrupamiento A, Clase II, Grado I, Categoría 8 con 30 horas semanales de labor, según Convenio Colectivo de Trabajo de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 de la Secretaría de Trabajo.
Artículo 3°.- El agente mencionado en el Artículo anterior percibirá la diferencia salarial existente
entre su categoría de revista cargo Agrupamiento A, Clase II, Grado I, Categoría 8 con 30 horas semanales de labor, según Convenio Colectivo de Trabajo de Salud, y el cargo jefe de la División Provincial de Control y Testeo dependiente del Departamento Provincial de Calidad de la Dirección Provincial de Informática del Ministerio de Salud, subrogando la Jerarquía 7 -Categoría 15, Dedicación Funcional, con 30 horas semanales de labor de la misma norma legal.
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud - Partida 1.0.0 - Gastos en Personal — Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Administrativo Financiero 70 - Programa 1 -Conducción del Ministerio de Salud - Actividad 1 - Conducción del Ministerio de Salud, del ejercicio del año 2021. Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado
En los Departamentos de Gobierno y Justicia, de Economía y Crédito Público y de
Salud.
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO N° 715/21