RAWSON, 13 DE SEPTIEMBRE DE 2021

VISTO:

EI Expediente N° 0530, - MDSFMyJ-20; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente del Visto, se procedió a recaratular el Expediente N° 1292 MFyPS-19 en virtud de la Ley I N° 667;
Que por el Expediente- citado en el Visto, se gestiona designar a la agente Sonia Cecilia AGÜERO, cargo Categoría 3-A - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo Planta Temporaria, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Esquel Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, ambos cargos con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que el agente Jorge Omar CATRILAF, quien fuera designado a cargo del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Esquel, mediante el Artículo 3° del Decreto N° 662/17, ha dejado de desempeñar dicha función a partir del 01 de abril de 2017;
Que en virtud de lo informado en el Considerando que antecede, corresponde dejar sin efecto a partir del 01 de abril de 2017, el Artículo 3° del Decreto N° 662/17, mediante el cual se designó al agente Jorge Omar CATRILAF, a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Esquel;
Que por lo expuesto, la agente Sonia Cecilia AGÜERO se hará acreedora de la diferencia salarial existente entre su cargo de revista y el cargo Directora de Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Esquel - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la Ley I N° 74;
Que la agente Sonia Cecilia AGÜERO percibirá el Adicional por Dedicación Exclusiva, establecido en el Artículo 5° inciso h) de la Ley I N° 114;
Que se entiende por Dedicación Exclusiva al régimen de trabajo que exige al agente cumplir con cuarenta y cuatro (44) horas semanales de labor, distribuidas según las necesidades del servicio en casos excepcionales, más la concurrencia fuera de este horario o cuantas veces resultare necesario por razones de servicio sin perjuicio del franco semanal y licencias reglamentarias;
Que la presente solicitud obedece estrictamente a razones y necesidades de servicio, a fin de ordenar estructuras funcionales del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud;
Que las presentes medidas se dictan en el marco del principio de economía procesal detallado en el Artículo 26° inciso 9) de la Ley I N° 18, a fin de' flexibilizar la tarea administrativa y dictar un único acto administrativo;
Que el presente trámite debe exceptuarse del criterio de irretroactividad establecido en el punto 1) del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3) de la mencionada norma legal;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 263;
Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad establecido por el punto 1) del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del punto 3) de la mencionada norma legal.-
Artículo 2°. - Dejar sin efecto a partir del 01 de abril de 2017, el Artículo 3° del Decreto N° 662/17, mediante el cual se designó al agente Jorge Ornar CATRILAF (M.I N° 17.735.378 - Clase. 1966 ) cargo Preceptor - Categoría 3-A - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Esquel - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, ambos cargos con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social,. Familia, Mujer y Juventud, por lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 3°.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente Sonia Cecilia AGÜERO (M.I. N° 25.724.792 ~ Clase 1976) Categoría 3-A Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, dependiente del Ministerio de la Familia y Promoción Social, a cargo de- la Dirección del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Esquel - Categoría 1-G - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, ambos cargos con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 4°.- La agente Sonia Cecilia AGÜERO (M.I. N° 25.724.792 - Clase 1976) se hará acreedora de la diferencia salarial existente entre su cargo de revista Categoría 3-A - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, y el cargo que subrogará Directora del Hogar de Adolescentes Mujeres de la ciudad de Esquel - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, ambos cargos con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, conforme lo prescrito en el Artículo 105° de la Ley I N° 74.-
Artículo 5°.- La agente Sonia Cecilia AGÜERO (M.I N° 25.724.792 - Clase 1976) percibirá el Adicional por Dedicación Exclusiva, establecido en el Artículo 5° inciso h) de la Ley I N° 114, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 6°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud Programa 19 - Atención al Niño, Adolescente y Familia - Actividad 1 Conducción y Administración Atención al Niño, Adolescente y Familia - Ejercicio 2021 .-
Artículo 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Desarrollo Social,. Familia, Mujer y Juventud y por el señor Ministro de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 8°.- Regístrese, comuníquese, notifiquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 773/21