RAWSON, 16 DE SEPTIEMBRE DE 2021
VISTO:
El Expediente N° 1211 - M.D.S.F.M.J - 2021; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, solicita un subsidio por única vez, a favor de la Municipalidad de Trelew destinado a solucionar deuda con el servicio de gas a la empresa prestadora del mismo, generada en Hogar de Niños de la mencionada ciudad, en el marco de las políticas públicas que desde la Provincia y los Municipios deben cumplirse en el marco de la Ley III N° 21 de "Protección Integral de la Niñez, la Adolescencia y la Familia";
Que a fojas 1/2 y 19 obran notas de la Subsecretaria de Desarrollo Humano y Familia, en la cual se informa y justifica con relación a la deuda contraída con la empresa prestadora de gas, generada en el Hogar de Niños de la ciudad de Trelew;
Que a fojas 3 obra nota del Municipio de la ciudad de Trelew, solicitando el presente aporte económico;
Que a fojas 4 luce incorporado resumen de deuda de la firma Camuzzi Gas del Sur S.A., empresa prestadora del servicio de gas;
Que a fojas 14 obra preventivo N° 431110, con cargo a la Jurisdicción 40 — Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, garantizando las partidas presupuestarias;
Que a fojas 26/27 obra informe del señor Ministro de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud por medio del cual, y dadas las constancias del Expediente, autoriza el aporte con sustento en la normativa dispuesta por el Artículo 13° de la Ley I N° 667 y en la Ley III N° 21 ;
Que el presente trámite se encuadra en la normativa dispuesta por el Artículo \° del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, N° 18/03 y N° 2424/04;
Que obran autorizaciones de rigor para el presente trámite;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- OTORGASE un subsidio por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 473.778,92), a favor de la Municipalidad de Trelew, representada por su Intendente Señor MADERNA, Adrián Darío - CUIL/CUIT N° 20-26459365-5, destinado a solucionar deuda en el servicio de gas a la empresa prestadora del mismo, generado en Hogar de Niños de la mencionada ciudad, en el marco de las políticas públicas que desde la Provincia y los Municipios deben cumplirse de acuerdo a la Ley III N° 21 de "Protección Integral de la Niñez, la Adolescencia y la Familia", en el marco de la normativa dispuesta por el Artículo 1° del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, N° 18/03 y N° 2424/04, y de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos que anteceden.
Artículo 2°.-El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será con cargo a: Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud -Programa 19- Actividad 3- Inciso 5- Partida Principal 7- Partida Parcial 6- Fuente de Financiamiento 441 - Ejercicio año 2021.
Artículo 3°.- El subsidio otorgado deberá ser invertido dentro de los cinco (5) días de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE
DECRETO N° 788/21