RAWSON, 29 DE SEPTIEMBRE DE 2021
VISTO:
El Expediente N° 0234-MDSFMyJ-20; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se procedió a recaratular el Expediente N° 1578-MFyPS-19 en el marco de la Ley I N° 667, mediante el cual se gestiona aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados en tareas inherentes al cargo Jefe de Departamento Administrativo y abonar a la agente Silvana GARCÍA, la diferencia salarial existente entre su cargo de revista - Auxiliar Administrativo - Código 3-003 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Clase III - Planta Temporaria y el cargo Jefe de Departamento - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Clase II - Planta Permanente, ambos cargos de la Ley I N° 74, dependientes del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, por su desempeño efectivo a cargo del citado Departamento, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la Ley I N° 74, por el período comprendido desde el 04 de junio de 2019 y hasta el 28 de octubre de 2019, sin perjuicio de las facultades disciplinarias por hechos o actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación;
Que el presente trámite encuentra fundamento en virtud que la titular de la Jefatura de Departamento Administrativo - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Clase II - Planta Permanente de la Ley I N° 74, señora Dora Stella JONES, usufructuó Licencia Extraordinaria de Larga Evolución, contemplada en el Artículo 10° Inciso 2) - Anexo I del Decreto N° 2005/91, desde el 04 de junio de 2019 hasta el 28 de octubre de 2019, según
constancias adunadas en Expediente del Visto;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 Programa 92 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Actividad 1 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando pendiente de pago hasta que se cuente con disponibilidad presupuestaria y/o financiera;
Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados en tareas inherentes al cargo Jefe de Departamento Administrativo y abonar a la agente Silvana GARCÍA (M.I. N° 24.811.269 - Clase 1975), la diferencia salarial existente entre su cargo de revista - Auxiliar Administrativo - Código 3-003 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Clase III - Planta Temporaria y el cargo Jefe de Departamento - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Clase II - Planta Permanente, ambos cargos de la Ley I N° 74, dependientes del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, por su desempeño efectivo a cargo del citado Departamento, conforme lo prescripto en el Artículo 105° de la Ley I N° 74, por el período comprendido desde el 04 de junio de 2019 y hasta el 28 de octubre de 2019, sin perjuicio de las facultades disciplinarias por hechos o actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación, de acuerdo a lo e5|:puesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado a la Jurisdicción 40 – Programa 92 –Reclamo Gastos en Personal de de Ejercicios Anteriores, Actividad 1 Reclamo de Gasto en Personal de Ejercicio Anterior quedando pendiente de pago hasta que se cuente con disponibilidad presupuestaria y/o financiera.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido
ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 847/21