RAWSON, 2 9 DE SEPTIEMBRE DE 2021
VISTO:
El Expediente N° 711/2021-SGG; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita reubicar en el cargo Jefe de Departamento Bienes y Servicios Residencia del Gobernador - Clase II -Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección de Coordinación y Logística - Dirección General de Despacho y Privada - Secretaría General de Gobierno, a la agente Cintia Carina PAILLALEF, quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la Subsecretaría de Bienes y Servicios - Secretaría General de Gobierno, en los términos del Artículo 101° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que motiva tal solicitud la necesidad de confirmar a la agente citada en el Considerando anterior, en el cargo Jerárquico que subroga, otorgado mediante Decreto N° 1149/20;
Que no existe impedimento para acceder a lo solicitado;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II - N° 263 del Digesto Jurídico;
Que la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Reubicar, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo Jefe de Departamento Bienes y Servicios Residencia del Gobernador - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico, dependiente de la Dirección de Coordinación y Logística - Dirección General de Despacho y Privada - Secretaría General de Gobierno, a la agente Cintia Carina PAILLALEF (D.N.I N° 29.726.014 - Clase 1982), quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente de la Subsecretaría de Bienes y Servicios - Secretaría General de Gobierno, en los términos del Artículo 101° de la Ley 1N° 74.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará
en la Jurisdicción 10 - Secretaria General de Gobierno - S.A.F 10 -. Secretaría General de Gobierno - Programa 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Ejercicio 2021 .-
Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado eh el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Registrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 852/21