RAWSON, 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021
VISTO:
El Expediente N° 2354-MIEP-2021; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2021;
Que por el Expediente N° 2354-MIEP-2021, el Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, solicita efectuar compensación presupuestaria en la Fuente de Financiamiento 6.09, a los efectos de imputar Certificados de obra y la incorporación del recurso en la fuente de financiamiento 5.03 para el ingreso de los fondos provenientes del Convenio celebrado con el Ministerio de Turismo y Deporte de la Nación para la obra Ampliación y Refacción en ANP Punta Loma;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 13, apartado 2, inciso a) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas y a incorporar nuevos Proyectos que se autoricen con fondos afectados;
Que de acuerdo en lo establecido en el artículo N° 15, inciso a) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos provenientes de aportes que se asignen con fines específicos, esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Articulo 1°.- Habilitase en la Jurisdicción 8, S.A.F. 88 - SAF Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, en el programa 29, subprograma 04, el proyecto 04, obra O01- denominada Ampliación y Refacción en ANP Punta Loma.-
Artículo 2°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2021, en la Jurisdicción 8, S.A.F. 88 - SAF Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 y 2, que forman parte del presente Decreto.-
Articulo 3°.- Incorporase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2021, la suma de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS ($ 7.500.000,00.-) en la Jurisdicción 8, S.A.F. 88 - SAF Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación.-
Artículo 4°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 5°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 829/21