RAWSON, 14 DE OCTUBRE DE 2021

VISTO:

Los Expedientes N° 944-MIEyP-IPV-2021, 1563-EC-2021 y 3350-MS-2021; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2021;
Que por el Expediente N° 944-MIEyP-IPV-2021, la Dirección de Administración del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, solicita compensación presupuestaria a los efectos de adecuar saldos del presente ejercicio;
Que por el expediente N° 1563-EC-2021, el Área de Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda, del Ministerio de Economía y Crédito Público, solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 3.58, a los efectos de imputar la compra de gas propano de la Policía de la Provincia para el presente ejercicio;
Que por el Expediente N° 3350-MS-2021, la Dirección Provincial de Administración Presupuestaria del Ministerio de Salud, solicita incremento presupuestario en las Fuentes de Financiamiento 1.13, 4.76 y 5.03, ya que las proyecciones han superado la estimación para el presente ejercicio;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a.2 y 4) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° inciso b) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados, en la Jurisdicción 8, S.A.F 302- SAF Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 5 , que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Incorporase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2021, la suma de PESOS TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA ($ 30.872.370,00.-) en la Jurisdicción 70, S.A.F. 70- SAF Ministerio de Salud, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y UNO ($ 256.081,00.-) en la Jurisdicción 70- S.A.F. 71- SAF Hospital Subzonal de Rawson, la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO SESENTA Y SIETE ($ 45.167,00.-) en la Jurisdicción 70, S.A.F. 72- SAF Hospital Zonal Trelew, la suma de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 977.620,00.-) en la Jurisdicción 70, S.A.F. 73- SAF Hospital Zonal de Puerto Madryn, la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 1.202.787,00.-) en la Jurisdicción 70, S.A.F. 74- SAF Dirección Sanitaria Sur, Rurales y Puestos Sanitarios, la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA MIL QUINIENTOS SEIS ($ 4.130.506,00.-) en la Jurisdicción 70, ^o /i S.A.F. 75- SAF Hospital regional de Comodoro Rivadavia, la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 273.495,00.-) en la Jurisdicción 70, S.A.F. 76- SAF Dirección Sanitaria Noroeste, Rurales y Puestos Sanitarios, la suma de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 973.748,00.-) en la Jurisdicción 70, S.A.F. 77- SAF Hospital Zonal de Esquel, la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTE ($ 727.820,00.-) en la Jurisdicción 70, S.A.F. 78- SAF Dirección de Zona Noreste y Áreas Rurales, la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO ($ 380.618,00.-) en la Jurisdicción 70, S.A.F. 79- SAF Dirección Sanitaria Norte, Rurales y Puestos Sanitarios, la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 28.585,00.-) en la Jurisdicción 70, S.A.F. 81- SAF Hospital Alvear, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 6 a 16, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 3°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la
Honorable Legislatura.-
Artículo 4°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.


DECRETÓ N° 894/21