Rawson, 19 DE OCTUBRE DE 2021
VISTO:
El Expediente N° 168/2021-IPA; y CONSIDERANDO:
Que mediante Expediente citado en el Visto, se tramita el cese de servicios del agente Mario Luis GONZALEZ, por haber cumplido con las condiciones de edad y servicios exigidos por las Leyes Jubilatorias;
Que obran las actuaciones realizadas a fojas 2, se adjunta la Circular N° 4/2020 de la Secretaria General de Gobierno y en virtud al Decreto N° 619/2020 que indican se resuelvan y tramiten las jubilaciones ordinarias de los agentes que reúnan los requisitos para acogerse a la Jubilación Ordinaria, según lo establecido en el Artículo 107° de la Ley XVIII N° 32;
Que a fojas 3 y 15, obra copia de la Carta Documento N° 021735740, enviada al agente Mario Luis GONZALEZ, intimándolo a iniciar trámites para la Jubilación ante el Instituto de Seguridad Social y Seguros, bajo apercibimiento de iniciar trámites de oficio;
Que a fojas 4, la Directora Administrativa y Certificaciones de la Dirección General de Administración de Personal - SCyRRII-SGG; informa que el agente reúne los requisitos de edad y años de servicios Ley XVIII N° 32;
Que conforme lo previsto en la Ley I N° 74 en su Artículo 10° inciso g) el cese del agente se producirá por haber cumplido las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias;
Que acorde a la Ley VIl N° 91 y mediando razones de servicio, resulta
factible tramitar dicha jubilación conforme lo previsto en los Artículos 31° y 107°
de la Ley XVIII N° 32;
Que a fojas 26 luce Dictamen Legal N° 13/21 del Departamento de Legales del Instituto Provincial del Agua;
Que en consecuencia debe precederse a ordenar el Cese del agente en su cargo;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°: Ordenar el cese en sus servicios al agente Mario Luis GONZALEZ (DNI N° 10.914.483 - Clase 1953), quien revista en el cargo Jefe de Departamento Delegación Lago Puelo, Nivel II, Agrupamiento Personal Jerárquico, Planta Permanente del Instituto Provincial del Agua, por aplicación de la Ley I N° 74 en su Artículo 10°-inciso g), a partir de la notificación del presente Decreto.-
Artículo 2°: El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario
de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 3: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-

DECRETO N° 917/21