RAWSON, 19 DE OCTUBRE DE 2021
VISTO:
El Expediente N° 0839-MDSFMyJ-2020; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona reubicar en el cargo Jefe de Departamento Internado - Categoría 1-E - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, al agente Alberto José SEGUNDO, cargo Asistente Gerontológico - Categoría 3-A - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente de la Ley I N° 114, dependiente de la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia de la Subsecretaria de Desarrollo Humano y Familia del. Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que asimismo el agente Alberto José SEGUNDO, viene desempeñándose a cargo del Departamento citado en el Considerando que antecede, desde el 01 de julio de 2016;
Que en ese orden de ideas, resulta procedente dejar sin efecto la designación del agente Alberto José SEGUNDO, a cargo del Departamento Internado - Categoría 1-E Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependiente de la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, efectuada mediante Decreto N° 1543/2016;
Que en virtud al trámite que se propicia el agente, percibirá el Adicional por Dedicación Exclusiva, establecido en el Artículo 5° - inciso h) de la citada norma legal, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que se entiende por Dedicación Exclusiva al régimen de trabajo que exige al agente cumplir con cuarenta y cuatro (44) horas semanales de labor, distribuidas según las necesidades del servicio en casos excepcionales más la concurrencia fuera de este horario o cuantas veces resultare necesario por razones de servicios sin perjuicio del franco semanal y licencias reglamentadas;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 263;
Que se han cursado las autorizaciones de rigor para el presente tramite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaria General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto a partir de la fecha del presente Decreto, el Decreto N° 1543/2016, mediante el cual se designó al agente Alberto José SEGUNDO, (M.I N° 14.757.155 - Clase 1962) a cargo del Departamento Internado - Categoría 1-E Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependiente de la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, por los motivos expuestos en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- Reubicar a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Alberto José SEGUNDO (M.I. N° 14.757.155 -Clase 1962), en el cargo Jefe de Departamento Internado - Categoría 1-E - Agrupamiento Personal Jerárquico, con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, cargo Asistente Gerontológico - Categoría 3-A - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente de la Ley I N° 114, dependiente dé la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia de la Subsecretaría de. Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud.-
Artículo 3°.-El agente Alberto José SEGUNDO (M.I. N° 14.757.155 -Clase 1962),
percibirá el Adicional por Dedicación Exclusiva, establecido en el Artículo 5° inciso h) de la Ley I N° 114, en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 4°.- El gasto que demande el presente tramite será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 Programa 19 - Atención al Niño, Adolescente y Familia - Actividad 1- Conducción y Administración Atención al Niño, Adolescente y Familia - Ejercicio 2021.-
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia-
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y
cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 924/21