RAWSON, 01 DE NOVIEMBRE DE 2021
VISTO:
El Expediente N° 557-MSeg-2021 ; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita trasladar a la Dirección General de Fiscalización de Personal - Subsecretaría de Seguridad - Ministerio de Seguridad, al agente Rodrigo Hugo OTERO, quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente del Plantel Básico de la Dirección General de Casa de la Provincia del Chubut -Subsecretaría de Bienes y Servicios - Secretaría General de Gobierno, a partir de la fecha del presente Decreto;
Que a fojas 8/10/11, se cuenta con las autorizaciones correspondientes para el traslado con cargo y masa salarial del agente Rodrigo Hugo OTERO;
Que atento a encuadrarse en el Artículo 19° de la Ley I - N° 74, dicha norma es específica para el Personal de la Planta Permanente, se procede a incorporar en el Plantel Básico de la Dirección General de Fiscalización de Personal - Subsecretaría de Seguridad -Ministerio de Seguridad, al agente Rodrigo Hugo OTERO;
Que es necesario modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 10 - Secretaria General de Gobierno - S.A.F. 11 - Programa 20 -Representación de la Provincia - Actividad 1 - Representación Oficial, y Jurisdicción 9 -Ministerio de Seguridad - S.A.F 9 - Programa 1 - Conducción Ministerio de Seguridad -Actividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad;
Que a tal efecto corresponde modificar el Plantel Básico de la Dirección General de Casa de la Provincia del Chubut - Subsecretaría de Bienes y Servicios - Secretaría General de Gobierno, eliminándose un (1) cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV -Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, e incrementándose el mismo cargo en la Dirección General de Fiscalización de Personal -Subsecretaria de Seguridad - Ministerio de Seguridad - Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad
-S.A.F 9 - Programa 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad, de acuerdo a los Anexos I y II, que forman parte integrante del presente Decreto;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 263;
Que la Dirección General de Legales del Ministerio de Seguridad, ha tomado debida intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, interviene en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en Jurisdicción 10 - Secretaria General de Gobierno - S.A.F. 11 - Programa 20 -Representación de la Provincia - Actividad 1 - Representación Oficial, eliminándose un (1) cargo Ayudante Administrativo- Código 3-004 - Nivel IV -Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, e incrementándose el mismo cargo en la Jurisdicción 9 - S.A.F 9 - Programa 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad 1 -Conducción de Ministerio de Seguridad, de acuerdo a los Anexos I y II que forman parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Trasladar a partir de la fecha del presente Decreto, en la Dirección General de Fiscalización de Personal - Subsecretaría de Seguridad - Ministerio de Seguridad, al agente Rodrigo Hugo OTERO (DNI N° 30.883.684 - Clase 1984), quien revista el cargo Ayudante Administrativo - Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4 -Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, dependiente del Plantel Básico de la Dirección General de Casa de la Provincia del Chubut - Subsecretaría de Bienes y Servicios - Secretaría General de Gobierno.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - S.A.F 9 - Programa 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad.-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad, de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1001/21