RAWSON, 01 DE NOVIEMBRE DE 2021


VISTO:

El Expediente N° 2646 - ME - 21 ; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, el Ministerio de Educación tramita la adecuación del detalle analítico del Personal Auxiliar de la Educación, según Decreto N° 02/21 de Distribución de Cargos y Acta Paritaria del dial 7 de junio de 2021;
Que por Ley II - N° 263, se redujo en la jurisdicción 50 - Ministerio de Educación, la cantidad de seiscientos veintitrés (623) cargos en Personal No Docente;
Que, además, se hace necesario readecuar la planta del personal a recategorizar según los Expedientes N° 941/21, N° 942/21, N° 943/21, N° 944/21 y N° 945/21, para dar cumplimiento a lo pactado en el Acta paritaria del día 17 de junio de 2021;
Que para ello deberá modificarse la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 50: Ministerio de Educación en los Programas 1 Conducción del Sistema Educativo; 17: Educación General Básica; 18 Educación Polimodal; 19: Educación Superior; 21: Educación Inicial; 22 Educación Inclusiva; 23: Educación Científica y Técnica y 24: Educación Privada;
Que la Dirección de Personal No Docente del citado Ministerio ha intervenido conforme su competencia;
Que la Asesoría Legal del Ministerio de Educación interviene según su competencia;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha intervenido en el presente acto;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 50: Ministerio de Educación -Programa 1 : Conducción del Sistema Educativo - Actividad 1 : Conducción del Sistema Educativo, Programa 17: Educación General Básica - Actividad 1: Educación General Básica; Programa 18: Educación Polimodal - Actividad 1: Educación Polimodal; Programa 19: Educación Superior - Actividad 1: Educación Superior; Programa 21: Educación Inicial - Actividad 1: Educación Inicial; Programa 22: Educación Inclusiva - Actividad 1 : Educación Inclusiva; Programa 23: Educación Científica y Técnica - Actividad 1: Educación Científica y Técnica y Programa 24: Educación Privada - Actividad 1: Educación Privada, de acuerdo a los Anexos: I (Hojas 1 y 2), II (Hojas 1 y 2), 111 (Hojas 1 y 2), IV (Hoja 1), V (Hoja 1), VI (Hoja 1), Vil (Hoja 1) y VIH (Hoja 1), que forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros
Secretario de Estado en los Departamentos de Educación, de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.
Artículo3°- Regístrese, comuniquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y
cumplido. ARCHÍVESE.

DECRETO N° 990/21