RAWSON, 05 DENOVIEMBRE DE 2021

VISTO:

El Expediente N° 2700/21 M.S - Ley I N° 677, prorrogada por Ley I N° 697 y Ley I N° 706; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la incorporación como personal mensualizado de las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones en distintos establecimientos hospitalarios dependientes de la Dirección Provincial Area Programática Norte del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto;
Que la incorporación resulta necesaria a los fines de garantizar la mejor cobertura de la Atención Primaria de la Salud en distintos establecimientos hospitalarios dependientes de la Dirección Provincial Área Programática Norte del Ministerio de Salud;
Que el trámite se encuentra contemplado por el Artículo 133° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 263;
Que en la vista concedida el servicio jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha efectuado el control de legalidad que le compete;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO: EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Mensualízase a las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones en distintos establecimientos hospitalarios dependientes de la Dirección Provincial Área Programática Norte del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2021.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud- Partida 1.0.0-Gastos en Personal - Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Administrativo Financiero 79 - Programa 49 - Atención Médica Zona Norte - Actividad 1 - Atención Médica Zona Norte, del ejercicio del año 2021.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, de Economía y Crédito Público y de Salud.
Artículo 4° Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.


DECRETO N° 1017/21


ANEXO I


NOMBRE Y APELLIDO M.I. N° Funcion

PETERSEN, Rosa Karina 38.232.166 Tec. Superior en Radiología
OYOLA MORENO, Jorge Mario 31.547.673 Tec. Superior en Radiología