RAWSON, 10 DE NOVIEMBRE DE 2021
VISTO:
El Expediente N° 67/2020-SGPyME; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la modificación de los Requisitos del cargo Director de Seguridad e Infraestructura - Dirección General de Infraestructura Tecnológica - Subsecretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado, determinados en el Anexo N° V (hoja 8) del Decreto N° 142/20, a partir de la fecha del presente Decreto, los cuales quedarán redactados de acuerdo al Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto;
Que la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificar a partir de la fecha del presente Decreto, los Requisitos del cargo Director de Seguridad e Infraestructura - Dirección General de Infraestructura Tecnológica - Subsecretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado, determinados en el Anexo N° V (hoja 8) del Decreto N° 142/20, a partir de la fecha del presente Decreto, los cuales quedarán redactados de acuerdo al Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario
de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1058/21
ANEXO N° I
SECRETARIA DE GESTIÓN PÚBLICA Y MODERNIZACIÓN DEL ESTADO SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD E INFRAESTRUCTURA
MISIÓN:
Planificar, administrar y mantener la infraestructura tecnológica, para asegurar su calidad y seguridad operativa en todo el ámbito de la Administración Pública Central.
FUNCIONES:
- Aplicar y controlar sistemas de monitoreo de la infraestructura tecnológica a fin de garantizar su adecuado funcionamiento.
- Administrar y controlar la infraestructura tecnológica, tanto en su operatividad como en su integridad física.
- Proteger y asegura la información de entrada, de salida y la almacenada.
- Elaborar planes de contingencia para hacer frente a las interrupciones en las comunicaciones, caída de la base de datos, accesos indebidos, etc.
- Administrar y controlar la calidad del soporte de los usuarios, para resolver problemas de operación hardware, aplicativos de hardware, y comunicaciones
- Administrar y controlar la aplicación de políticas y procedimientos de seguridad de acuerdo al plan de segundad informático.
- Administrar y controlar los planes de respaldo y recuperación de la información para garantizar la continuidad operativa de la infraestructura tecnológica.
- Administrar y controlar la calidad de las herramientas y procedimientos de administración de redes, base de datos y servidores.
- Participar en la elaboración de las políticas de calidad de la infraestructura tecnológica.
- Participar en la elaboración del plan de seguridad informática e implementar las políticas de seguridad referidas a la Dirección.
- Planificar y desarrollar acciones para realizar evaluaciones continuas de las actividades realizadas para administrar, controlar y mantener la infraestructura, cuya información generada pasará a ser parte de la biblioteca técnica.
- Administrar la biblioteca técnica que incluya manuales y documentos que sean de apoyo a usuarios y actividades de investigación.
- Dictar las políticas de seguridad para el uso y acceso a las redes para la transmisión de datos en el ámbito de la Administración Pública del Chubut.
- Dictar los estándares tecnológicos en materia de equipos y redes para la transmisión de datos.
- Promover las capacitaciones en redes de transmisión de datos y seguridad de las mismas.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Profesional con título de grado o pregrado con capacitación técnica e idóneo en la materia.