RAWSON, 16 DE NOVIEMBRE DE 2021
VISTO:
Los Expedientes N° 1327/2018 MlPySP, N° 2028/2018 MlPySP, N° 2936/2018 MlPySP, N° 0934/2018 MlPySP, N° 1328/2018 MlPySP, N° 2935/2018 MlPySP; y
CONSIDERANDO:
Que por los Expedientes citados en el Visto, el Departamento Energía y Gas de la Dirección General de Servicios Públicos, dependiente de la Subsecretaría de Energía del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, tramita el pago de alquileres de grupos electrógenos, con el objetivo de satisfacer la demanda en las localidades de Corcovado y Gan-Gan;
Que los servicios contratados fueron por razones de urgencia a fin de no entorpecer el servicio eléctrico y no contar la Dirección General de Servicios Públicos con posibilidades de satisfacerlo;
Que en cada uno de los expedientes y conforme se detalla en el Anexo I del presente Decreto, consta el período en que los equipos cumplieron prestación en las localidades de Corcovado y Gan-Gan, así como los montos en los cuales se contrató dicha prestación;
Que los equipos electrógenos contratados en virtud de lo establecido en la Ley II N° 76 - Artículo 95 - Inciso c) - Apartado 5, pertenecen a la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A.;
Que se ha prestado de hecho un servicio útil al Estado Provincial, resultando necesario reconocer la legitimidad del pago a la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. por el servicio de alquileres de grupos electrógenos para las localidades de Corcovado y Gan-Gan, en los períodos indicados en el Anexo I del presente Decreto, a fin de evitar un enriquecimiento sin causa por parte del Estado;
Que en consecuencia, corresponde se abone a INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. la suma total de PESOS VEINTIÚN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO NUEVE CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 21.397.109,77);
Que el servicio de alquileres se encuentra debidamente facturado, obrando en cada uno de los Expedientes su correspondiente Factura conformada;
Que el Departamento de Administración y Finanzas de la Dirección General de Servicios Públicos a efectuado la correspondiente afectación preventiva del gasto, en cada Expediente;
Que de acuerdo a lo estipulado en los Artículos 152° y 153° de la Ley I N° 18 y los Considerandos que anteceden, corresponde instruir Sumario Administrativo, a los fines de investigar la transgresión de las normas legales y reglamentarias vigentes, estando involucrados agentes de la Administración Pública Provincial y de esta forma deslindar responsabilidades administrativas, disciplinarias y/o patrimoniales;
Que conforme los Artículos 40° y 42° de la Ley II N° 76 y el Decreto N° 809/12 en suArtículo 18° corresponde imputar al ejercicio en curso el gasto devengado en los ejercicios anteriores, no imputados en el mismo, debiendo ser aprobado por el titular de la Jurisdicción;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°. DECLÁRASE de Legítimo Abono el servicio de alquiler de los grupos electrógenos para las Localidades de Corcovado y Gan-Gan, contratado con la firma INDUSTRIAS JUAN F. SECCO S.A. C.U.I.T. N° 30-50159813-1, en los períodos indicados en el Anexo I del presente Decreto por la suma de PESOS VEINTIÚN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO NUEVE CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($21.397.109,77) IVA incluido.-
Artículo 2°. INSTRUIR Sumario Administrativo a los fines de investigar la transgresión de
normas legales y reglamentarias vigentes, estando involucrados agentes de la Administración Pública Provincial y de esta forma deslindar responsabilidades administrativas, disciplinarias y/o patrimoniales en los términos de los Artículos 152° y 153° de la Ley I N° 18 en virtud de lo expuesto en los Considerandos que anteceden.-
Artículo 3°. IMPÚTESE el gasto que demande el cumplimiento de la presente erogación cuyo monto total asciende a la suma de PESOS VEINTIÚN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO NUEVE CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 21.397.109,77) en la Jurisdicción 8 - Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación - SAF 31 - Subsecretaría de Energía - Fuente de Financiamiento 1.11 -Programa 16 - Actividad 01 - Inciso 3 - Partida Principal 2 -Parcial 2 - Subparcial 01 -Ejercicio 2021.-
Artículo 4°. El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios
de Estado en los Departamentos de Infraestructura, Energía y Planificación y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°. REGÍSTRESE, notifíquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1069/21
ANEXO I
EXPEDIENTE LOCALIDAD IMPORTE
1327/18 MlPySP - OC 244/21 Corcovado 3.970.207,08
2028/18 MlPySP - OC 242/21 Corcovado 3.974.943,54
2936/18 MlPySP - OC 241/21 Corcovado 4.405.961,51
0934/18 MlPySP - OC 245/21 GanGan 3.116.972,97
1328/18 MlPySP - OC 246/21 GanGan 2.812.051,70
2935/18 MlPySP - OC 247/18 GanGan 3.116.972,97
TOTAL 21.397.109,77