RAWSON, 16 DE NOVIEMBRE DE 2021

VISTO:

El Expediente N° 1896/2020-MAGIyC, las Leyes II - N° 76 y I - N° 667, y los Decretos N° 777/06 y N° 223/20 y la Resolución N° 90/2021-MAGIyC; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la Licitación Pública N° 01/2021-MAGIyC, aperturada para la "Concesión de siete (7) puestos permanentes en la Unidad Agroalimentaria Mercado Concentrador Chubut" dependiente de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio (UEPMAGIyC);
Que mediante Resolución N° 90/2021-MAGIyC de fecha 16/04/21, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones para la Licitación Pública N° 01/2021-UEP-MAGIyC el cual como Anexo se agrega y forma parte de la misma (conf. artículo 1 °), se ordenó el llamado a la precitada Licitación (conf. artículo 2°), se fijó fecha y lugar de la apertura de ofertas (conf. artículo 3°) y se conformó la comisión evaluadora determinándose su composición (conf. artículo 4°);
Que a fojas 84 a 105 luce Anexo de la Resolución N° 90/2021-MAGIyC, que contiene al Pliego de Bases y Condiciones aprobado por la misma, con un presupuesto oficial por los dos (2) años de concesión de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 657.360.-) por cada uno de los Puestos Simples a concesionar;
Que a fojas 106 a 107 y 114 a 118 lucen, respectivamente, las correspondientes publicaciones del llamado a la presente Licitación Pública efectuadas en la página de adquisiciones de la Provincia del Chubut, en el Boletín Oficial y en el Diario El Chubut por el término de dos (2) días, todo ello en cumplimiento de lo establecido en el artículo 106 de la Ley II N° 76;
Que a fojas 119 y 120 figuran Planillas de Recepción del Pliego de Bases y Condiciones, donde se detallan los proveedores que retiraron dicha documentación para su conocimiento y consideración a los fines de la presentación de ofertas;
Que a fojas 125 a 128 figura Acta de Apertura N° 39/2021-EGG, debidamente protocolizada por ante la Escribanía General de Gobierno según Acta de fojas 129, en la cual se deja debida constancia de los seis (6) sobres de ofertas ingresados a esos efectos, se individualiza a que oferente corresponde cada uno de ellos, se detalla la totalidad de la documentación e información incorporada en los mismos;
Que a fojas 130 a 269 consta Sobre N° 1 con la oferta de concesión realizada por el señor Gabriel Aníbal ANGELONE respecto al Renglón 4 (Puesto N° 25), y la documentación respaldatoria de la misma, conforme a las exigencias y requisitoria imperantes en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación Pública;
Que a fojas 270 a 341 consta Sobre N° 2 con la oferta de concesión realizada por el señor Arnoldo RODRÍGUEZ OSÓRIO respecto a los Renglones 5 (Puesto N° 26), 6 (Puesto N° 27) y 7 (Pues¬to N° 28), y la documentación respaldatoria de la misma, conforme a las exigencias y requisitoria imperantes en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación Pública;
Que a fojas 342 a 380 consta Sobre N° 3 con la oferta de concesión realizada por la señora Cintia Noemi FUENTEALBA respecto al Renglón 2 (Puesto N° 40), y la documentación respaldatoria de la misma, conforme a las exigencias y requisitoria imperantes en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación Pública;
Que a fojas 381 a 463 consta Sobre N° 4 con la oferta de concesión realizada por el señor Silvestre MENDOZA CARLOS respecto a los Renglones 2 (Puesto N° 40) y 7 (Puesto N° 28), y la documentación respaldatoria de la misma, conforme a las exigencias y requisitoria imperantes en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación Pública;
Que a fojas 464 a 505 consta Sobre N° 5 con la oferta de concesión realizada por la señora Claudia Alejandra PÉREZ respecto al Renglón 3 (Puesto N° 4), y la documentación respaldatoria de la misma, conforme a las exigencias y requisitoria imperantes en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación Pública;
Que a fojas 506 a 631 consta Sobre N° 6 con la oferta de concesión realizada por el señor Néstor Ariel ZARJCH respecto al Renglón I (Puesto N° 29), y la documentación respaldatoria de la misma, conforme a las exigencias y requisitoria imperantes en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación Pública;
Que a fojas 634 a 651 luce documentación e información adicional aportada por la señora Cintia Noemi FUENTEALBA, a tenor de la solicitud efectuada a fs. 632 por parte de las autoridades de la Unidad Agroalimentaria Mercado Concentrador Chubut;
Que a fojas 653 a 662 y 664 a 683 luce documentación e información adicional aportada por el señor Silvestre Carlos MENDOZA, a tenor de la solicitud efectuada a fs. 652 y 663 por parte de las autoridades de la Unidad Agroalimentaria Mercado Concentrador Chubut;
Que a fojas 685 a 695 luce documentación e información adicional aportada por la señora Claudia Alejandra PÉREZ, a tenor de la solicitud efectuada a fs. 684 por parte de las autoridades de la Unidad Agroalimentaria Mercado Concentrador Chubut;
Que a fojas 697 a 707 luce documentación e información adicional aportada por el señor Néstor Ariel ZARICH, a tenor de la solicitud efectuada a fs. 696 por parte de las autoridades de la Unidad Agroalimentaria Mercado Concentrador Chubut;
Que a fojas 708 a 715 obra Acta de Preadjudicación de fecha 25 de junio del corriente, en la cual, primeramente, se efectúa, en base a los criterios objetivos de ponderación previstos en el Pliego de Bases y Condiciones, un análisis y descripción pormenorizada de cada una de las ofertas presenta¬das y del sustrato documental que contienen, para luego detallar las adjudicaciones recomendadas por la Comisión interviniente;
Que a fojas 716 a 718 lucen Tablas de Ponderación con el análisis exhaustivo y detalle comparativo y el resultado obtenido por cada una de las ofertas realizadas a los fines de la presente concesión, según los Renglones ofertados, las cuales como Anexo I integran la aludida Acta de Preadjudicación;
Que a fojas 719 a 724 lucen las notificaciones del Acta de Preadjudicación efectuadas a los oferentes presentados, en cumplimiento y a los efectos previstos en el artículo 19° y 21° de las Cláusulas Generales, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10° de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación Pública;
Que a fojas 728 luce Acta Ampliatoria de fecha 27 de agosto de 2021, que luego de ratificarlo en todos sus términos la aludida Acta de Preadjudicación, se efectúan las aclaraciones pertinentes respecto a las ofertas que fueron rechazas, puntualizando las razones técnicas que motivaron dicho rechazo;
Que a fojas 732, 735 y 738 los oferentes Amoldo RODRÍGUEZ OSÓRIO, Néstor Ariel ZARICH y Gabriel Aníbal ANGELONE informan y denuncian nuevos domicilios a sus efectos, acompañando la documentación que acredita su veracidad y existencia;
Que a fojas 740 a 745 obran, debidamente notificadas, las pertinentes solicitudes de prórroga de mantenimiento de oferta por 90 días dirigidas a los oferentes involucrados en autos;
Que a fojas 766 se informan los datos del rubro recursos donde se deberá afectar el crédito que se obtenga en el marco de la presente Concesión;
Que, en este contexto, las ciertas presentadas por los precitados oferentes se encuentran plenamente vigentes;
Que, en consecuencia, resulta conveniente adjudicar la Licitación Pública N° 01/2021-MAGIyC, aperturada para la "Concesión de siete (7) puestos permanentes simples instalados en el ámbito de la UAMCCH, conforme el siguiente detalle: a) Renglón 1 correspondiente al Puesto Sim¬ple N° 29 al señor Néstor Ariel ZARICH (CUIT 20-24726093-6); b) Renglón 2 correspondiente al Puesto Simple N° 40 a la señora Cintia Noemi FUENTEALBA (CUIT 27-31959021-3); c) Renglón 3 correspondiente al Puesto Simple N° 4 a la señora Claudia Alejandra PÉREZ (CUIT 27-23065196-0); d) Renglón 4 correspondiente al Puesto Simple N° 25 al señor Gabriel Aníbal ANGELONE (CUIT 20-28947907-5); e) Renglón 5 correspondiente al Puesto Simple N° 26 al señor Amoldo RODRÍGUEZ OSÓRIO (CUIT 20-93039890-0); í) Renglón 6 Puesto Simple N° 27 al señor Amoldo RODRÍGUEZ OSÓRIO (CUIT 20-93039890-0); y g) Renglón 7 correspondiente al Puesto Simple N° 28 al señor Silvestre MENDOZA CARLOS (CUIT 24-93990542-8), por ajustarse dichas ofertas, en relación a los aludidos renglones, a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones de la aludida Licitación Pública, haber obtenido cada una de ellas los mayores puntajes de ponderación, ser económicamente convenientes a los intereses del Organismo licitante y poseer buenas referencias los mencionados oferentes;
Que, en ese marco, corresponde rechazar las ofertas presentadas por el señor Amoldo RODRIGUEZ OSÓRIO (CUIT 20-93039890-0) en relación al Renglón 7 correspondiente al Puesto Simple N° 28 y por el señor Silvestre MENDOZA CARLOS (CUIT 24-93990542-8) en relación al Renglón 2 correspondiente al Puesto Simple N° 40, por haber obtenido, en relación a esos Renglones, un puntaje de ponderación inferior a las ofertas que resultaron merecedoras de la adjudicación;
Que, asimismo, deviene conducente restituir a los referidos oferentes las garantías de mantenimiento de oferta que oportunamente constituyeron en el marco de la presente Licitación Pública, una vez que se hayan constituido las garantías de cumplimiento de contrato;
Que, por su parte, se deberá otorgar un plazo perentorio de ocho (8) días corridos de notificada la presente, a fin que los adjudicatarios afiancen el cumplimiento del contrato mediante la constitución de la garantía pertinente;
Que se deberá poner en conocimiento de los adjudicatarios que deberán depositar, dentro del plazo perentorio de diez (10) días corridos de notificada la presente y antes de la firma del contrato de concesión, el pago por ingreso que se obligaron abonar en cada una de sus ofertas, caso contrario se procederá inmediatamente a dejar sin efecto la presente adjudicación;
Que, por último, corresponde autorizar al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio a suscribir y perfeccionar oportunamente con cada uno de los oferentes que resulten adjudicatarios identificados precedentemente, el pertinente contrato de concesión que se confeccione a sus efectos;
Que el presente trámite corresponde que sea encuadrado normativamente en lo establecido en el Artículo 94° y concordantes de la Ley II - N° 76 y el Decreto N° 777/06;
Que por el Artículo 33° de la Ley I - N° 667, se establece que las misiones, funcio¬nes, objetivos, capacidades, competencias y recursos de la Corporación de Fomento del Chubut (CORFO-CHUBUT), quedan transferidas al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio de la Provincia del Chubut;
Que con el dictado del Decreto N° 223/2020 se creó, con carácter de organismo centralizado, la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio (UEPMAGIyC);
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio ha intervenido en las presentes actuaciones;
Que se ha expedido sobre el particular la Fiscalía de Estado de la Provincia del Chubut;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno de la Provincia del Chubut;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- ADJUDICAR el Renglón 1 de la Licitación Pública N° 01/2021-MAGIyC, correspondiente a la concesión del uso y ocupación del Puesto Simple N° 29 de la Unidad Agroalimentaria Mercado Concentrador Chubut, al señor Néstor Ariel ZARICH, Documento Nacional de Identidad N° 24.726.093, CUIT 20-24726093-6, con domicilio sito en calle Camino Sub Rural Tres (Sur) 344, de la localidad de Gaiman, Provincia del Chubut, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones de la aludida Licitación Pública, haber obtenido la misma el mayor puntaje de ponderación, ser económicamente conveniente a los intereses del Organismo licitante y poseer buenas referencias, conforme lo expuesto en el considerando que antecede.-
Artículo 2°.- ADJUDICAR el Renglón 2 de la Licitación Pública N° 01/2021-MAGIyC, correspondiente a la concesión del uso y ocupación del Puesto Simple N° 40 dentro de la Unidad Agroalimentaria Mercado Concentrador Chubut, a la señora Cintia Noemi FUENTEAL-BA, Documento Nacional de Identidad N° 31.959.021, CUIT 27-31959021-3, con domicilio sito en calle 25 de mayo 29, de la ciudad de Trelew, Provincia del Chubut, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones de la aludida Licitación Pública, haber obtenido la misma el mayor puntaje de ponderación, ser económicamente conveniente a los intereses del Organismo licitante y poseer buenas referencias, conforme lo expuesto en el considerando que antecede.-
Artículo 3°.- ADJUDICAR el Renglón 3 de la Licitación Pública N° 01/2021-MAGIyC, correspondiente a la concesión del uso y ocupación del Puesto Simple N° 4 dentro de la Unidad Agroalimentaria Mercado Concentrador Chubut, a la señora Claudia Alejandra PÉREZ, Documento Nacional de Identidad N° 23.065.196, CUIT 27-23065196-0, con domicilio sito en Chacra N° 184, de la localidad de Gaiman, Provincia del Chubut, por ajustarse su oferta a lo solicitado en ei Pliego de Bases y Condiciones de la aludida Licitación Pública, haber obtenido la misma el mayor puntaje de ponderación, ser económicamente conveniente a los intereses de\ Organismo licitante y poseer buenas referencias, conforme lo expuesto en el considerando que antecede.-
Artículo 4°.- ADJUDICAR el Renglón 4 de la Licitación Pública N° 01/2021-MAGIyC, correspondiente a la concesión del uso y ocupación del Puesto Simple N° 25 dentro dé !a Unidad Agroalimentaria Mercado Concentrador Chubut, al señor Gabriel Aníbal ANGELONE, Documento Nacional de Identidad N° 28.947.907, CUIT 20-28947907-5, con domicilio sito en calle Los Arrayanes 487, de la ciudad de Villa Regina, Departamento General Roca, Provincia de Rio Negro, por ajustarse dichas ofertas, en relación a los aludidos renglones, a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones de la aludida Licitación Pública, haber obtenido la misma el mayor puntaje de ponderación, ser económicamente conveniente a los intereses del Organismo licitante y poseer buenas referencias, conforme lo expuesto en el considerando que antecede.-
Artículo 5°.- ADJUDICAR los Renglones 5 y 6 de la Licitación Pública N°01/2021-MAGIyC, correspondientes a la concesión del uso y ocupación de los Puestos Simple N° 26 y 27 dentro de la Unidad Agroalimentaria Mercado Concentrador Chubut, respectivamente, al señor Arnoldo RODRÍGUEZ OSÓRIO, Documento Nacional de Identidad N° 93.039.890, CUIT 20-93039890-0, con domicilio sito en Chacra N° 190, Lote 19, de la localidad de Gaiman, Provincia del Chubut, por ajustarse su oferta, en relación a los aludidos renglones, a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones de la aludida Licitación Pública, haber obtenido la misma el mayor puntaje de ponderación, ser económicamente conveniente a los intereses del Organismo licitante y poseer buenas referencias, conforme lo expuesto en el considerando que antecede.-
Artículo 6°.- ADJUDICAR el Renglón 7 de la Licitación Pública N° 01/2021-MAGIyC, correspondiente a la concesión del uso y ocupación del Puesto Simple N° 28 dentro de la Unidad Agroalimentaria Mercado Concentrador Chubut, al señor Silvestre MENDOZA CARLOS, Documento Nacional de Identidad N° 93.990.542, CUIT 24-93990542-8, con domicilio sito en calle Pellegrini 2951, de la ciudad de Trelew, Provincia del Chubut, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones de la aludida Licitación Pública, haber obtenido la misma el mayor puntaje de ponderación, ser económicamente conveniente a los intereses del Organismo licitante y poseer buenas referencias, conforme lo expuesto en el considerando que antecede.-
Artículo T.- RECHAZAR las ofertas efectuadas por los señores Amoldo RODRÍGUEZ OSÓRIO, Documento Nacional de Identidad N° 93.039.890, CUIT 20-93039890-0, en relación al precitado Renglón 7, y Silvestre MENDOZA CARLOS, Documento Nacional de Identidad N° 93.990.542, CUIT 24-93990542-8 en relación al precitado Renglón 2, por no haber obtenido, res¬pecto a dichos renglones, la puntuación y ponderación necesaria para ser oportunamente aceptadas.-
Artículo 8°.- OTORGAR un plazo perentorio de quince (15) días corridos de notificada la presente, a fin que los adjudicatarios identificados precedentemente, suscriban el respectivo contrato de concesión que se confeccionará al efecto y afiancen el cumplimiento del mismo mediante la constitución de la garantía pertinente.-
Artículo 9°.- RESTITUIR, por la Subgerencia Administrativo Contable de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio (UEPMAGIyC), a los adjudicatarios identificados precedentemente, las garantías de mantenimiento de oferta que oportunamente constituyeron en el marco de la presente Licitación Pública, una vez que se haya constituido la garantía de cumplimiento de contrato.-
Artículo 10°.- PONER en conocimiento de los adjudicatarios Gabriel Aníbal ANGELONE, Amoldo RODRÍGUEZ OSÓRIO, Silvestre MENDOZA CARLOS, Claudia Alejandra PÉREZ y Cintia Noemi FUENTEALBA, que deberán depositar en la Cuenta Corriente Bancaria identifi-cada como Recaudadora de UEP-MAGIyC N° 021-445813-025, CBU 0830021807004458130259 del Banco del Chubut S.A. de titularidad de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio (UEPMAGIyC), el pago por ingreso que se obligaron abonar en cada una de sus ofertas, dentro del plazo perentorio de diez (10) días corridos de notificada la presente y antes de la firma del contrato de concesión, caso contrario se procederá inmediatamente a dejar sin efecto la presente adjudicación.-
Artículo 11°.- AUTORIZAR al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, a suscribir y perfeccionar oportunamente con cada uno de los adjudicatarios identificados precedentemente, el pertinente contrato de concesión que se confeccione a sus efectos.-
Artículo 12°.- El crédito que se obtenga en el marco de la presente Concesión será afectado en el rubro de recursos identificado bajo el Código 12.2.4.01.3.55.-
Artículo 13°.- ENCUADRAR el presente trámite en el Artículo 94° y concordantes de la Ley II - N° 76 y el Decreto N° 777/06.-
Artículo 14° - El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, y de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio.-
Artículo 15°.- REGISTRESE, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1096/21