RAWSON, 16 DE NOVIEMBRE DE 2021
VISTO:
El Expediente N° 0296 - M.D.S.F.M. y J. -20; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, se procedió a recaratular Expediente N° 645-MFyPS-19 en virtud de la Ley I N° 667, mediante el cual se gestiona aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados en tareas inherentes al cargo Director del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew y abonar al agente Marcelo Eduardo AMITRANO, la diferencia salarial existente entre su cargo de revista - Chofer - Categoría 4-A - Agrupamiento Personal Servicios Generales - Planta Temporaria, dependiente de la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores y el cargo Director de Internado - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente, ambos cargos con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia, de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, por su desempeño efectivo a cargo de la citada Dirección, sin perjuicio de las facultades disciplinarias por hechos o actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación, conforme lo establecido en el Artículo 105° de la Ley I N° 74, por el período comprendido desde el 25 de marzo de 2019 y hasta el 11 de junio de 2020;
Que a fojas 53/54 obra Decreto N° 896/19, mediante el cual se dejó sin efecto, a partir del 01 de marzo de 2019, la designación del agente Luis Adrián RODRIGUEZ a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescente Varones de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley I N° 114, que fuera otorgada mediante el Artículo 2° del Decreto N° 1217/06;
Que a fojas 89/90 obra Decreto N° 482/20, mediante el cual se designa al agente Marcelo Eduardo AMITRANO, a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescente Varones de la ciudad de Trelew - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico de la Ley 1 N° 114, a partir del 11 de junio de 2020;
Que el agente Marcelo Eduardo AMITRANO, no ha percibido remuneración alguna por sus funciones a cargo de la Dirección del Hogar de Adolescente Varones de la ciudad de Trelew, por el período comprendido desde el 25 de marzo de 2019 y hasta el 11 de junio de 2020;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Programa 92 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Actividad 1 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando pendiente de pago hasta que- se cuente con disponibilidad financiera y/o presupuestaria Ejercicio 2021;
Que la Dirección General de Administración de Personal, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA;
Artículo 1°.- Aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados en tareas inherentes al cargo Director del Hogar de Adolescentes Varones de la ciudad de Trelew y abonar al agente Marcelo Eduardo AMITRANO (M.I. N° 17:933.174 - Clase 1966) la diferencia salarial existente entre su cargo de revista - Chofer - Categoría 4-A - Agrupamiento Personal Servicios Generales Planta Temporaria, dependiente de la Dirección Provincial de Políticas para Adultos Mayores y el cargo Director de Internado - Categoría 1-C - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente, ambos cargos con 44 horas semanales de labor de la Ley I N° 114, dependientes de la Dirección General de la Niñez, la Adolescencia y la Familia, de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del entonces Ministerio de la Familia y Promoción Social, actual Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, por su desempeño efectivo a cargo de la citada Dirección, sin perjuicio de las facultades disciplinarias por hechos o actos que pudieren tener origen en el período objeto de aprobación, conforme lo establecido en el Artículo 105° de la Ley I N° 74 y lo expuesto en los Considerandos que anteceden, por el período comprendido desde el 25 de marzo de 2019 y hasta el 11 de junio de 2020.-
Articulo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - SAF 40 Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Programa 92 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Actividad 1 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando pendiente de pago hasta que se cuente con disponibilidad financiera y/o presupuestaria – Ejercicio 2021.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justicia
Articulo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1092/21