RAWSON, 01 DE NOVIEMBRE DE 2021
VISTO:
El Expediente N° 417/20 - MAGIyC, el Decreto N° 1239/06, la Disposición N° 005/16 DPyFI-MP; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, se tramita la aprobación del proyecto y adjudicación en venta a la firma GARBIN S.A., CUIT N°30-52114737-3, de la Parcela 11, Macizo 4, Sector 2, Circunscripción 2, Ejido 28 con una superficie de SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (6.650 rn2) en la Zona de Industrias Conexas al Aluminio del Parque Industrial de Puerto Madryn, para la radicación de una base para depósito, operaciones y mantenimiento de equipos viales;
Que a fojas 237/238 obra Disposición N° 005/16 DPyFI-MP mediante la cual se reservó a la empresa GARBIN S.A. una fracción de tierras en la Zona de Industrias Conexas al Aluminio del Parque Industrial de Puerto Madryn, a los efectos de presentar proyecto de radicación de una base operativa para depósito, operaciones y mantenimiento de equipos viales de la empresa afectados a obras de la región;
Que a fojas 331 obra Nota N° 229 DGEA-DEP-2016 de la Dirección General de Evaluación Ambiental, dependiente del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentadle, indicando que no se desprenden consideraciones ambientales para el proyecto en cuestión;
Que a fojas 337/338 obra Resolución N° 1770/18 SEyPA, de la Secretaria de Ecología y Protección Ambiental de la Municipalidad de Puerto Madryn, mediante la cual se aprobó el proyecto denominado “OBRA: DEPOSITO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS VIALES”, presentado por la empresa GARBIN S.A;
Que a fojas 339 obra Plano de Mensura de deslinde y fraccionamiento, cursada por Expediente P-835-14, Plano N° 33786, del predio identificado como Parcela 11, Macizo 4, Sector 2, Circunscripción 2, Ejido 28 con una superficie de SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (6.650 m2) en la Zona de Industrias Conexas al Aluminio del Parque industrial de Puerto Madryn;
Que a fojas 402/403 obra Informe Técnico N° 03/2020-SSI-MAGIyC, considerando técnicamente viable el proyecto presentado;
Que a fojas 409/411 obra Dictamen N° 306/20-DGAL, de la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, tomando debida intervención;
Que a fojas 439 y 440 obra Dictamen N° 003 - F.E. 2021 de la Fiscalía de Estado, no encontrando objeciones al presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- APRUÉBASE el proyecto presentado por la firma GARBIN S.A.,
CUIT N° 30-52114737-3, con domicilio en Winter N° 580 de la ciudad de Trelew, para la radicación de una base para depósito, operaciones y mantenimiento de equipos viales.-
Artículo 2°.- ADJUDÍCASE en venta a favor de la firma GARBIN S.A., CUIT N°
30-52114737-3, la Parcela 11, Macizo 4, Sector 2, Circunscripción 2, Ejido 28, con una superficie de SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (6.650 m2) en la Zona de Industrias Conexas al Aluminio del Parque Industrial de Puerto Madryn.-
Artículo 3°.- El adjudicatario depositará en la cuenta N° 203443, Banco del
Chubut, Sucursal 21, Rawson, CUIL N° 33709584869, C.B.U 0830021807002034430076, de la Tesorería General de la Provincia, dentro de los TREINTA (30) días de emitido el presente Decreto, la suma de PESOS OCHENTA Y TRES MIL NOVENTA Y SEIS ($ 83.096) que sumado a la reserva ya ingresada, representa el DIEZ POR CIENTO (10%) del valor vigente. Dicho ingreso significará la total conformidad y aceptación de las tierras adjudicadas en venta, como así las obligaciones que emanan del Decreto N° 1239/06 y de las demás reglamentaciones que rigen la instalación y funcionamiento de empresas dentro de parques y áreas industriales. El pago del saldo restante podrá efectuarse en hasta cuatro (4) cuotas trimestrales de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 209.475) contadas a partir de! pago complementario. Cada una de ellas vencerá automáticamente a los QUINCE (15) días de finalizado el trimestre; la mora hará exigible la cancelación total de las tierras adjudicadas.-
Artículo 4°.- La escritura traslativa de dominio, deberá obligatoriamente ser
otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno, una vez cumplimentados todos los requisitos legales; a tal fin el titular de los derechos otorgados deberá iniciar las tramitaciones correspondientes en un plazo de SEIS (6) MESES contados a partir de la notificación del presente, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 13° del Decreto N° 1239/06 y con expresa mención de las restricciones de dominio contemplados por dicho instrumento.-
Artículo 5°.- NOTIFICASE a la firma GARBIN S.A., que cualquier modificación
al proyecto oportunamente aprobado, deberá contar con la autorización previa y expresa del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio.-
Artículo 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros
Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 70.- REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial
y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO N° 998/21